Gobierno del Estado de México
 

Apoyo con seguridad para eventos públicos

Consiste en garantizar y preservar la integridad física de las personas y sus bienes en fiestas patronales, eventos religiosos, ceremonias cívicas, etc., mediante estrategias y acciones eficaces que ayudan a prevenir la inseguridad en el municipio de Ixtlahuaca.
Avenida de la Mujer No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 50740, Ixtlahuaca, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Ixtlahuaca
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se realicen eventos públicos y se requiera auxilio de seguridad pública.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito libre dirigido al Presidente Municipal.
SI
1, Simple
Artículos 16 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 132 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Artículos 40, 41 y 77 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Artículo 2 de la Ley de Seguridad del Estado de México.
Capitulo XIX del Bando Municipal vigente de Ixtlahuaca.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito libre dirigido al Presidente Municipal.
SI
1, Simple
Artículos 16 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 132 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Artículos 40, 41 y 77 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Artículo 2 de la Ley de Seguridad del Estado de México.
Capitulo XIX del Bando Municipal vigente de Ixtlahuaca.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito libre dirigido al Presidente Municipal.
SI
1, Simple
Artículos 16 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 132 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Artículos 40, 41 y 77 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Artículo 2 de la Ley de Seguridad del Estado de México.
Capitulo XIX del Bando Municipal vigente de Ixtlahuaca.

1.- Ingresar solicitud en oficialía de partes del Ayuntamiento.
2.- Acudir por oficio de respuesta en 5 días hábiles.
3.- Si es favorable la petición, se da cumplimiento al servicio el día y hora indicados
Dependencia u organismo:
Municipio Ixtlahuaca
Dirección general:
Dirección de Seguridad Pública, Desarrollo Vial y Tránsito
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Seguridad Pública, Desarrollo Vial y Tránsito
Titular de la unidad administrativa responsable:
Tec. I. C. Antonio Domínguez Montes
Cargo del titular:
Director de Seguridad Pública, Desarrollo Vial y Tránsito
Domicilio:
Avenida de la Mujer No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 50740, Ixtlahuaca, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 2830052 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: seguridad_publica@ixtlahuaca.gob.mx
Horario y días de atención:
Las 24 horas de 365 Días al año
Resultado o documento a obtener:
Oficio de Respuesta
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Pueden atender solicitudes de eventos privados?
No
2. ¿Con cuántos días de anticipo debo ingresar mi solicitud?
Con 15 días anteriores al evento
3. ¿En qué consiste el servicio que brinda seguridad pública?
Inhibir, prevenir, ejecutar medidas de seguridad para evitar se cometan faltas administrativas o delitos
Fundamento legal:
Artículos 16 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 132 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Artículos 40, 41 y 77 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Artículo 2 de la Ley de Seguridad del Estado de México.
Capítulo XIX del Bando Municipal vigente de Ixtlahuaca.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Una vez recibida la solicitud, si se cuenta con los elementos necesarios para cubrir el evento, se realiza la programación y posteriormente el solicitante, deberá acudir por oficio de respuesta en 5 días hábiles.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Natural.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se realicen eventos públicos y se requiera auxilio de seguridad pública.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
15/06/2023 05:53 pm



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