Gobierno del Estado de México
 

Asesoría y Acompañamiento a Víctimas de Violencia de Género

Consiste en Asesorar y salvaguardar los derechos de la víctima u ofendido con base al Protocolo de Actuación Policial (Detención, Identificación, Intervención, Atención y Protección.)
Calle Zempoala No. Ext. Sin Número No. Int. , Col. Ignacio López Rayón, C.P. 52986, Atizapán de Zaragoza, México
Telefono1: ( 55 ) 3622 2800
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando exista la solicitud por parte del ciudadano que se encuentre en una situación de Violencia Familiar y/o de Género

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Credencial Oficial Vigente
SI
NO
Artículos 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 4 Fracción XVII y XVIII de la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de México.

Atención presencial
1.-El ciudadano se presenta a las oficinas de la Subdirección de Prevención del Delito para solicitar asesoría.
2.- Se registra en la recepción para ser atendido.
3.- Se canaliza al área de trabajo social para brindar la atención.
La atención consiste en asesorías jurídicas, contención y atención psicológica, acompañamiento durante el proceso de denuncia, así como canalizaciones a diversas instituciones y albergues.
Atención vía telefónica
1.- El ciudadano se comunica vía telefónica a las oficinas de la Subdirección de Prevención del Delito, solicitando asesoría.
2.- Se brinda información vía telefónica, así mismo se realiza Trabajo Social, para realizar la atención.
La atención consiste en asesorías jurídicas, contención y atención psicológica, acompañamiento durante el proceso de denuncia, así como canalizaciones a diversas instituciones y albergues.
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Dr. En Seg. Pub. Fabián Ricardo Gómez Calcáneo
Cargo del titular:
Director
Domicilio:
Calle Zempoala No. Ext. Sin Número No. Int. , Col. Ignacio López Rayón, C.P. 52986, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 3622 2800 Ext: 2730
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: juridicoseguridad@atizapan.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Asesoría y Acompañamiento por parte de personal profesional y capacitado en la materia que se ocupa.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
1 hora(s)
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 hora(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Cuál es el alcance?
Se brinda asesoría Jurídica y Psicológica posteriormente se hace el acompañamiento a la Instancia correspondiente para iniciar la Denuncia.
2. ¿Cuentan con redes de apoyo?
No, pero se canaliza a una institución para su ayuda.
3. ¿Cuáles son las Instituciones a las cuales puedo presentar una denuncia de violencia?
Agencia del Ministerio Público, Agencia del Ministerio Público Especializada en Violencia Familiar y de Género, Módulos de Denuncia Exprés,
Juzgados de lo Familiar, Pre denuncia en línea.
Fundamento legal:
Artículos 21 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 1, 2, 7 frac: X, 40 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Artículos 1, 2, 3, 7 frac IV de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia.
Artículos 256 Frac I; 257 frac. III y V de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.
Artículos 1, 2, 3, 8, 15, 16. 20, 23, Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Artículos 1, 2, 3, 4 y 20 frac. II, de la Ley de Seguridad del Estado de México.
Artículos 1,2, 3 Frac. IV, 5, 7, 8, 23 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados Del Estado de México y Municipio.
Artículos 54 y 55 del Bando Municipal 2024 de Atizapán de Zaragoza.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
A partir de la presentación de la solicitud, para dar asesoramiento o seguimiento, o en lo que considere necesario.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Natural.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando exista la solicitud por parte del ciudadano que se encuentre en una situación de Violencia Familiar y/o de Género
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
26/02/2024 01:23 pm



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