Fundamento legal:
Capítulo V, artículo 16, de la Ley para la Prevención y Erradicación de la Violencia Familiar en el Estado de México vigente.
Título I, Capítulo II, artículo 15, fracción II y Capítulo III artículo 21 del Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México.
Título Cuarto, Capítulo III, artículo 38, fracciones III, IV y VII Título Quinto, Capítulo IV, artículo 79. número 4, numeral 4.4, artículo 80. número 15, Título Séptimo, Capitulo I, artículo 106, 107 del Bando Municipal 2024.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Que la mujer se encuentre en alguna situación de violencia y/o formas análogas que lesionen o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad o libertad.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.