Fundamento legal:
Artículo: 115 Fracción III inciso g) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículos: 122 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
Artículos: 125 y 126 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México
Artículos: 65 y 84 Fracción VII del Bando Municipal Vigente.
Artículos: 1, 3, 15 Fracciones XI y XVI, 21 Fracción I.X, 72, 73 Fracciones VI, X y XII y 74 Fracciones II.III.II del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
Artículos 1, 3 Fracción IV, 9 Fracciones IV y XII, 31 Fracciones I, II y III y 34 Fracción I del Reglamento de los Servicios que presta la Dirección de Servicios Públicos del Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Factores externos y fuera del alcance de la dirección, cuando cumpla con todos los requisitos que se solicitan y no incluyan.
Únicamente el peticionario firma a su entera satisfacción la orden de servicio por el trabajo realizado.
No es posible validar en 10 minutos el tiempo de respuesta en virtud de que la Oficialía Común de Partes nos envía el oficio de petición al día siguiente de su recepción y estamos obligados a dar respuesta en un lapso no mayor a quince días.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.