Gobierno del Estado de México
 

Convenio para Pago de Agua a plazos

Consiste en la solicitud por la cual el usuario que no se encuentra al corriente en el pago de agua, pueda realizar su pago de agua en parcialidades suscribiendo un convenio; toda vez que el usuario no pueda pagar el adeudo en una sola exhibición.
Avenida Océano Pacífico No. Ext. 80 No. Int. , Col. Lomas Lindas, C.P. 52947, Atizapán de Zaragoza, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
25 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el usuario cumpla con todos y cada uno de los requisitos y no pueda hacer el pago del adeudo en una sola exhibición.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentarse en el Departamento de Ejecución Fiscal del Organismo para solicitar el trámite
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

2. Identificación Oficial del Titular, pudiendo ser: Credencial INE, Pasaporte o Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

3. Documento que acredite la propiedad, pudiendo ser:
a) Boleta predial del año corriente.
b) Escritura Pública o Contrato de Compra Venta, o;
c) Cesión de Derechos
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

4. EN CASO DE TRAMITAR UN TERCERO
Además de los solicitado en los puntos anteriores
Carta Poder autorizando a realizar el trámite, firmada por dos testigos, acompañada de copias de las identificaciones oficiales de los que en ella intervienen, pudiendo ser: Credencial del INE, Pasaporte o Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

5. En caso de que el Titular sea un finado (a), deberán de presentar, además de lo solicitado en el punto 2 y 3, Testamento o equivalente.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentarse en el Departamento de Ejecución Fiscal del Organismo para solicitar el trámite.
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

2. Acta Constitutiva
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

3. Documento que acredite la propiedad, pudiendo ser:
a) Boleta Predial del año corriente.
b) Escritura Pública.
c) Contrato de Compra Venta; o
d) Cesión de Derechos
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

4. Contrato de Arrendamiento, en su caso.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

5. Identificación Oficial del representante legal, pudiendo ser: Credencial INE, Pasaporte o Cédula Profesional
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

6. EN CASO DE TRAMITAR UN TERCERO
Además de los solicitado en los puntos anteriores
Poder Notarial o Carta Poder de la persona Jurídica Colectiva autorizando a realizar el trámite, firmada por dos testigos, acompañada de copias de las identificaciones oficiales de los que en ella intervienen, pudiendo ser: Credencial del INE, Pasaporte o Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentarse en el Departamento de Ejecución Fiscal del organismo para solicitar el trámite.
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

2. Decreto por el que fue creado
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

3. Nombramiento
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

4. Documento que acredite la propiedad, pudiendo ser:
a) Boleta predial del año corriente.
b) Escritura pública
c) Constancia domiciliaria
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

5. Contrato de arrendamiento, en su caso
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

6. Identificación Oficial del representante legal
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

7. EN CASO DE TRAMITAR UN TERCERO
Además de los solicitado en los puntos anteriores
Poder Notarial o Carta poder en hoja membretada de la Institución autorizando a realizar el trámite, firmada por dos testigos, acompañada de copias de las identificaciones oficiales de los que en ella intervienen, pudiendo ser: Credencial del INE, Pasaporte o Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

1. Acudir a la oficina del Departamento de Ejecución Fiscal del Organismo y solicitar la suscripción del convenio.
2. Acreditar la propiedad e identificarse.
3. Realizar el pago inicial, mínimo el 20% del total del adeudo.
4. Firmar el convenio
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. Jaime Alejandro Vences Mejia
Cargo del titular:
Director del Organismo Público Descentralizado S.A.P.A.S.A.
Domicilio:
Avenida Océano Pacífico No. Ext. 80 No. Int. , Col. Lomas Lindas, C.P. 52947, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 10-83-67-00 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Convenio
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
25 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
25 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
25 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿A partir de que cantidad o bimestres adeudados se puede celebrar un convenio?
A partir de tres bimestres adeudados.
2. ¿Cuántas parcialidades como máximo para celebrar convenio?
24 Parcialidades, una por mes de acuerdo con el articulo 32 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
3. Si celebro un convenio, y me atraso en el pago, ¿Existe algún recargo?
Sí, se tendría que pagar el 1.85% por recargo moratorio mensual.
Fundamento legal:
Artículo 32, 129, 130 y 139 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 90 fracción VII del Reglamento Orgánico Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Atizapán de Zaragoza, México, conocido como S.A.P.A.S.A.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Se concederá el trámite de convenio cuando el usuario acredite su dificultad para el pago de servicio de agua en una sola exhibición y su adeudo sea considerable. Para lo cual el usuario cubrirá el 20% del adeudo total y el 1.3% sobre el saldo insoluto por financiamiento.
No se podrá convenir si el usuario no cumple la totalidad de requisitos señalados en la presente cédula.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el usuario cumpla con todos y cada uno de los requisitos y no pueda hacer el pago del adeudo en una sola exhibición.
Última actualización:
25/05/2023 02:27 pm



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