Gobierno del Estado de México
 

Contratación de Toma y/o Drenaje

Consiste en registrar en el Padrón de Usuarios la contratación de los servicios, asignándole un número de contrato.
Avenida Océano Pacífico No. Ext. 80 No. Int. , Col. Lomas Lindas, C.P. 52947, Atizapán de Zaragoza, México
 

Costo

COSTO
 
Adicional:
Decreto 122, artículo TERCERO, artículo 135, publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México tomo CCXIV, No. 116, de fecha 21 de diciembre del 2022, en donde se aprueban las Tarifas Aplicables al Pago de los Derechos por los Servicios Públicos Municipales de Agua Potable, Drenaje, Alcantarillado y Recepción de los Caudales de Aguas Residuales para su Tratamiento, diferentes a las establecidas en el Código Financiero del Estado de México y Municipios para el ejercicio 2023.
Decreto por el que se expide la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2016.
Decreto por el que el Instituto Nacional de Estadística y Geográfica da a conocer el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, vigente a partir del 1º de febrero de 2023 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero del 2023.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2023 al 31/12/2023.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Están obligados a contratar y pagar los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, saneamiento tratamiento de aguas residuales y disposición final de los productos residuales resultantes y servicio de conducción, todos los predios con construcción o sin ella (domestico, de servicio, industrial) cuando al frente del inmueble exista infraestructura hidráulica para la prestación del servicio.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Acudir al Departamento de Liquidaciones y Padrón del Organismo para realizar el llenado del formato que se otorga, donde precise el trámite a realizar, acreditar su personalidad ante la autoridad y acompañar el formato de:
SI
NO
Artículo 1, 2 Fracción I a V,4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

2. Identificación oficial vigente del solicitante, pudiendo ser: Credencial INE, Pasaporte o Cédula Profesional
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V,4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

3. Acreditar la propiedad pudiendo ser: Escritura Pública o Traslado de Dominio
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V,4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

4. Recibo de pago del impuesto predial vigente
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V,4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

5. Croquis de ubicación donde se ubicara la toma.
SI
NO
Artículo 1, 2 Fracción I a V,4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

6. Posterior a la inspección, pagar los derechos del servicio solicitado y presentar copia simple del mismo
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V,4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

7. EN CASO DE TRAMITAR UN TERCERO
Además de los solicitado en los puntos anteriores
Carta Poder autorizando a realizar el trámite, acompañada de copias de las identificaciones oficiales de los que en ella intervienen, pudiendo ser: Credencial del INE, Pasaporte o Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V,4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentar la solicitud por escrito en formato otorgado por el Organismo, en la Oficialía de Partes del Organismo, donde precise el trámite a realizar, acreditar su personalidad ante la autoridad
SI
NO
Artículo 1, 2 Fracción I a V,4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

2. Identificación del apoderado y/o representante legal pudiendo ser: Credencial INE, Pasaporte o Cédula Profesional
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V,4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

3. Acta constitutiva.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V,4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

4. Poder notarial.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V,4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

5. Documento que acredite la propiedad, pudiendo ser: Escrituras publica o contrato de compra venta o sesión de derechos.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V,4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

6. Pagar los derechos del servicio solicitado y presentar el recibo
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V,4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

7. Croquis de ubicación donde se instalará la toma.
SI
NO
Artículo 1, 2 Fracción I a V,4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

8. EN CASO DE TRAMITAR UN TERCERO;

Carta poder autorizando el tramité e Identificación Oficial de ambos pudiendo ser: Credencial de INE, Cédula Profesional o Pasaporte.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V,4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Acudir al Departamento de Liquidaciones y Padrón del Organismo para realizar el llenado del formato que se otorga, donde precise el trámite a realizar, acreditar su personalidad ante la autoridad y acompañar el formato de:
SI
NO
Artículo 1, 2 Fracción I a V,4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

2. Identificación del apoderado y/o representante legal pudiendo ser: Credencial INE, Pasaporte o Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V,4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

3. Decreto de creación
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

4. Acreditar la propiedad pudiendo ser: Escritura Pública o Traslado de Dominio
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V,4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

5. Recibo de pago del impuesto predial vigente, en su caso.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V,4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

6. Croquis de ubicación donde se instalará la toma.
SI
NO
Artículo 1, 2 Fracción I a V,4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

7. Posterior a la inspección, pagar los derechos del servicio solicitado y presentar copia simple del mismo
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V,4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

8. EN CASO DE TRAMITAR UN TERCERO
Además de los solicitado en los puntos anteriores
Poder Notarial o Carta poder en hoja membretada de la Institución autorizando a realizar el trámite, acompañada de copias de las identificaciones oficiales de los que en ella intervienen, pudiendo ser: Credencial del INE, Pasaporte o Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V,4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

1. El ciudadano deberá presentarse en el departamento de Liquidaciones y Padrón para revisión de los documentos solicitados y llenar el formato que es proporcionado por el Organismo.
2. El ciudadano pagará los derechos por el servicio de inspección.
3. El ciudadano agendará una fecha para la inspección de contratación de toma y/o drenaje.
4. Como resultado de la inspección, el ciudadano acudirá a las Oficinas a conocer el estimado del pago por los servicios de contratación.
5.- El ciudadano pagará los derechos del servicio solicitado y presentará el recibo de pago de Derechos ante el departamento de Liquidaciones y Padrón.
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. Jaime Alejandro Vences Mejia
Cargo del titular:
Director del Organismo Público Descentralizado S.A.P.A.S.A.
Domicilio:
Avenida Océano Pacífico No. Ext. 80 No. Int. , Col. Lomas Lindas, C.P. 52947, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 10-83-67-00 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Recibo de pago de Derechos
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
15 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Debe estar presente el titular en el domicilio durante la inspección?
Es necesario que al momento de la inspección se encuentre alguien para realizar la diligencia.
2. ¿Se puede realizar pago en parcialidades para la contratación?
Si, se puede realizar convenio de pago
3. Una vez realizado el pago de contratación ¿Cuánto tiempo tengo para que SAPASA haga la instalación de la toma?
No existe un tiempo específico para la instalación de la toma, el usuario puede solicitarla en cualquier momento una vez realizado el pago.
Fundamento legal:
Artículos 129, 130, 130 Bis., 132, 133, 134, 135, 136, y 139 del Código Financiero de Estado de México y Municipios.
Artículos 70, 71, 73, 74 y 76 de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios.
Artículo 94 fracción VIII y 96 fracción II del Reglamento Orgánico Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Atizapán de Zaragoza, México, conocido como S.A.P.A.S.A.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Se otorgará el trámite una vez cumplidos los requisitos establecidos en la presente Cédula, siempre y cuando el organismo tenga infraestructura hidráulica frente al predio.
No se concederá el trámite si no se cumplen la totalidad de los requisitos y/o no se tenga infraestructura hidráulica frente al predio
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Están obligados a contratar y pagar los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, saneamiento tratamiento de aguas residuales y disposición final de los productos residuales resultantes y servicio de conducción, todos los predios con construcción o sin ella (domestico, de servicio, industrial) cuando al frente del inmueble exista infraestructura hidráulica para la prestación del servicio.
Última actualización:
25/05/2023 02:40 pm



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