Gobierno del Estado de México
 

Contratación de Toma y/o Drenaje

Consiste en registrar en el Padrón de Usuarios la contratación de los servicios, asignándole un número de contrato.
Avenida Océano Pacífico No. Ext. 80 No. Int. , Col. Lomas Lindas, C.P. 52947, Atizapán de Zaragoza, México
 

Costo

COSTO
 
Adicional:
Decreto 227, artículo TERCERO, artículo 135, publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México tomo CCXVI, No. 118 de fecha 28 de diciembre del 2023 en donde se aprueban las Tarifas Aplicables al Pago de los Derechos por los Servicios Públicos Municipales de Agua Potable, Drenaje, Alcantarillado y Recepción de los Caudales de Aguas Residuales para su Tratamiento, diferentes a las establecidas en el Código Financiero del Estado de México y Municipios para el ejercicio 2024.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2024 al 31/12/2024.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Están obligados a contratar y pagar los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, saneamiento tratamiento de aguas residuales y disposición final de los productos residuales resultantes y servicio de conducción, todos los predios con construcción o sin ella (domestico, de servicio, industrial) cuando al frente del inmueble exista infraestructura hidráulica para la prestación del servicio.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Acudir al Departamento de Liquidaciones y Padrón del Organismo para realizar el llenado de la solicitud, donde precise el trámite a realizar, acreditar su personalidad ante la autoridad y acompañar el formato de:
SI
NO
Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

2. Identificación oficial vigente del solicitante, pudiendo ser: Credencial INE, Pasaporte o Cédula Profesional
SI
1, Simple
Artículo 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

3. Documento para acreditar la propiedad pudiendo ser: Escritura Pública o Traslado de Dominio
SI
1, Simple
Artículo 36 Fracción VI del Reglamento de Operación para la prestación del Servicio de Agua Potable, Drenaje Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales del Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

4. Recibo de pago del impuesto predial vigente
SI
1, Simple
Artículo 118 Fracción II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

5. Croquis de ubicación donde se ubicara la toma.
SI
NO
Artículo 36 Fracción III del Reglamento de Operación para la prestación del Servicio de Agua Potable, Drenaje Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales del Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

6. Posterior a la inspección, pagar los derechos del servicio solicitado y presentar copia simple del mismo
SI
1, Simple
Artículo 118 Fracción II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

7. EN CASO DE TRAMITAR UN TERCERO
Además de los solicitado en los puntos anteriores
Carta Poder autorizando a realizar el trámite, acompañada de copias de las identificaciones oficiales de los que en ella intervienen, pudiendo ser: Credencial del INE, Pasaporte o Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 112 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Acudir al Departamento de Liquidaciones y Padrón del Organismo para realizar el llenado de la solicitud, donde precise el trámite a realizar, acreditar su personalidad ante la autoridad y acompañar el formato de:
SI
NO
Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

2. Identificación del apoderado y/o representante legal pudiendo ser: Credencial INE, Pasaporte o Cédula Profesional
SI
1, Simple
Artículo 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

3. Acta constitutiva.
SI
1, Simple
Artículo 118 Fracción II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

4. Documento que acredite la propiedad, pudiendo ser: Escrituras publica o contrato de compra venta o sesión de derechos.
SI
1, Simple
Artículo 36 Fracción VI del Reglamento de Operación para la prestación del Servicio de Agua Potable, Drenaje Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales del Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

5. Recibo de pago del impuesto predial vigente
SI
1, Simple
Artículo 118 Fracción II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

6. Croquis de ubicación donde se instalará la toma.
SI
NO
Artículo 36 Fracción III del Reglamento de Operación para la prestación del Servicio de Agua Potable, Drenaje Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales del Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

7. Posterior a la inspección, pagar los derechos del servicio solicitado y presentar copia simple del mismo
SI
1, Simple
Artículo 118 Fracción II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

8. EN CASO DE TRAMITAR UN TERCERO;

Carta poder autorizando el tramité e Identificación Oficial de ambos pudiendo ser: Credencial de INE, Cédula Profesional o Pasaporte.
SI
1, Simple
Artículo 112 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Acudir al Departamento de Liquidaciones y Padrón del Organismo para realizar el llenado de la solicitud, donde precise el trámite a realizar, acreditar su personalidad ante la autoridad y acompañar el formato de:
SI
NO
Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

2. Identificación del apoderado y/o representante legal pudiendo ser: Credencial INE, Pasaporte o Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

3. Decreto de creación
SI
1, Simple
Artículo 118 Fracción II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

4. Documento para acreditar la propiedad pudiendo ser: Escritura Pública o Traslado de Dominio
SI
1, Simple
Artículo 36 Fracción VI del Reglamento de Operación para la prestación del Servicio de Agua Potable, Drenaje Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales del Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

5. Recibo de pago del impuesto predial vigente, en su caso.
SI
1, Simple
Artículo 118 Fracción II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

6. Croquis de ubicación donde se instalará la toma.
SI
NO
Artículo 36 Fracción III del Reglamento de Operación para la prestación del Servicio de Agua Potable, Drenaje Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales del Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

7. Posterior a la inspección, pagar los derechos del servicio solicitado y presentar copia simple del mismo
SI
1, Simple
Artículo 118 Fracción II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

8. EN CASO DE TRAMITAR UN TERCERO
Además de los solicitado en los puntos anteriores
Poder Notarial o Carta poder en hoja membretada de la Institución autorizando a realizar el trámite, acompañada de copias de las identificaciones oficiales de los que en ella intervienen, pudiendo ser: Credencial del INE, Pasaporte o Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 112 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

1. El Ciudadano se presenta en oficinas centrales del Organismo, entrega la documentación requerida al asesor Comercial y llena la Solicitud.
2. El asesor Comercial espera la fecha de programación de la inspección y consulta el resultado de la misma para determinar el importe de la contratación e informa al Ciudadano.
3. El Ciudadano realiza el pago correspondiente en las cajas del Organismo y entregar copia de pago al asesor.
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. Jaime Alejandro Vences Mejia
Cargo del titular:
Director del Organismo Público Descentralizado S.A.P.A.S.A.
Domicilio:
Avenida Océano Pacífico No. Ext. 80 No. Int. , Col. Lomas Lindas, C.P. 52947, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 10-83-67-00 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Recibo de pago de Derechos
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
15 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Debe estar presente el titular en el domicilio durante la inspección?
Es necesario que al momento de la inspección se encuentre alguien para realizar la diligencia.
2. ¿Se puede realizar pago en parcialidades para la contratación?
Si, se puede realizar convenio de pago
3. Una vez realizado el pago de contratación ¿Cuánto tiempo tengo para que SAPASA haga la instalación de la toma?
No existe un tiempo específico para la instalación de la toma, el usuario puede solicitarla en cualquier momento una vez realizado el pago.
Fundamento legal:
Artículos 79 de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios; Artículos 129 del Código Financiero de Estado de México y Municipios; Artículos 94 fracción VIII y 96 fracción II del Reglamento Orgánico Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Atizapán de Zaragoza, México, conocido como S.A.P.A.S.A.; y Artículo 34 del Reglamento de Operación para la prestación del Servicio de Agua Potable, Drenaje Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales del Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Se otorgará el trámite una vez cumplidos los requisitos establecidos en la presente Cédula, siempre y cuando el organismo tenga infraestructura hidráulica frente al predio.
No se concederá el trámite si no se cumplen la totalidad de los requisitos y/o no se tenga infraestructura hidráulica frente al predio
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Están obligados a contratar y pagar los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, saneamiento tratamiento de aguas residuales y disposición final de los productos residuales resultantes y servicio de conducción, todos los predios con construcción o sin ella (domestico, de servicio, industrial) cuando al frente del inmueble exista infraestructura hidráulica para la prestación del servicio.
Última actualización:
12/06/2024 03:15 pm



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