Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud de matrimonio, expedida por el registro civil, que contendrá los nombres, edad, ocupación, lugar de nacimiento y domicilio de los solicitantes y de sus padres, además de las firmas y huellas de los solicitantes, número telefónico y en su caso, correo electrónico de alguno o ambos contrayentes.
SI
NO
Artículos 4. I Bis y 4.2 del Código Civil del Estado de México.
Artículos 79 y 80 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Artículo 142 Fracción V del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
2. Presencia de solicitantes.
SI
NO
Artículos 4. I Bis y 4.2 del Código Civil del Estado de México.
Artículos 79 y 80 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Artículo 142 Fracción V del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
3. Acreditar que los contrayentes hayan cumplido 18 años, salvo lo dispuesto por la legislación civil.
SI
NO
Artículos 4. I Bis y 4.2 del Código Civil del Estado de México.
Artículos 79 y 80 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Artículo 142 Fracción V del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
4. Manifestar que no tienen impedimento alguno y que es su voluntad unirse en matrimonio.
SI
NO
Artículos 4. I Bis y 4.2 del Código Civil del Estado de México.
Artículos 79 y 80 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Artículo 142 Fracción V del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
5. Copia certificada del acta de nacimiento de los solicitantes.
SI
1, Certificada
Artículos 4. I Bis y 4.2 del Código Civil del Estado de México.
Artículos 79 y 80 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Artículo 142 Fracción V del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
6. Convenio que exprese el régimen bajo el cual se desea contraer matrimonio: sociedad conyugal o separación de bienes.
SI
NO
Artículos 4. I Bis y 4.2 del Código Civil del Estado de México.
Artículos 79 y 80 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Artículo 142 Fracción V del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
7. Certificado suscrito por médico titulado o por una institución oficial que haga constar que los solicitantes no padecen enfermedades crónicas e incurables, contagiosas o hereditarias, certificado médico tendrá una vigencia de quince días naturales contados a partir de la fecha de su expedición.
SI
NO
Artículos 4. I Bis y 4.2 del Código Civil del Estado de México.
Artículos 79 y 80 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Artículo 142 Fracción V del Código Financiero del Estado de México y Municipios.