Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito o en el formato establecido por el área de Catastro.
SI
1, Simple
Artículos 166 Fracción III, 170 Fracción XII, 171 y 173 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículos 5 Fracción I, 21, 22 Fracción II inciso C y 23 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, denominado del Catastro.
2. Presentar ante la autoridad catastral, los documentos que acredite la propiedad o posesión del inmueble, el cual puede ser cualesquiera de los siguientes:
Escritura pública.
Contrato privado de compra-venta, cesión o donación.
Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria.
Manifestación de adquisición de inmuebles u otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por la autoridad fiscal respectiva y el recibo de pago correspondiente.
Acta de entrega cuando se trate de inmuebles de interés social.
Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra.
Título, certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunales, así como sentencia emitida por el tribunal agrario.
Inmatriculación administrativa o judicial.
NO
1, Simple
Artículos 166 Fracción III, 170 Fracción XII, 171 y 173 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículos 5 Fracción I, 21, 22 Fracción II inciso C y 23 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, denominado del Catastro.
3. Comprobante de pago de predial vigente.
NO
1, Simple
Artículos 166 Fracción III, 170 Fracción XII, 171 y 173 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículos 5 Fracción I, 21, 22 Fracción II inciso C y 23 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, denominado del Catastro.
4. Identificación oficial vigente (INE) del propietario, poseedor o copropietarios del inmueble y de la persona autorizada mediante carta poder o representante legal.
NO
1, Simple
Artículos 166 Fracción III, 170 Fracción XII, 171 y 173 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículos 5 Fracción I, 21, 22 Fracción II inciso C y 23 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, denominado del Catastro.
5. Comprobante de pago del servicio conforme a la tarifa vigente.
NO
1, Simple
Artículos 166 Fracción III, 170 Fracción XII, 171 y 173 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículos 5 Fracción I, 21, 22 Fracción II inciso C y 23 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, denominado del Catastro.