Gobierno del Estado de México
 

Certificación de Documentos

Es el acto jurídico-administrativo por el que, el Secretario del Ayuntamiento hace constar que un documento emanado por la Administración Pública Municipal, es fiel reproducción de su original, el cual lo tuvo a la vista, para que surta los efectos legales a los que haya lugar
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada No. Ext. S/N. No. Int. S/N, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Costo:
$ 92 pesos.
Adicional:
$92.00 La primera Foja
$45.00 Foja excedente
147 fracciones I incisos A y B del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito y Tarjeta de Débito.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Cajas de la Tesorería Municipal
En Bancos según se les indique con cuales se tiene convenio
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tlalnepantla de Baz
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
5 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se tiene interés o cuando lo solicita una autoridad competente

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito de petición dirigido al Secretario del Ayuntamiento, donde deberá proporcionarse
a) Nombre del peticionario.
b) Domicilio físico y electrónico para oír y recibir notificaciones en el municipio de Tlalnepantla de Baz, Estado de México, así como.
c) La especificación de la causa de la solicitud. Agregar los datos del documento solicitado (tipo de documento, fecha de emisión, número de oficio o folio del documento o identificación del documento solicitado y autoridad que lo emitió)
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 9 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Artículo 52 del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios

2. Documento mediante el cual acredite su personalidad (identificación oficial vigente).
SI
1, Simple
Artículo 2.5 Bis del Código Civil del Estado de México

3. En caso, de que no se gestione a nombre propio, deberá anexar carta poder a la cual deberá anexar identificación oficial de las personas que intervienen en la misma
SI
1, Simple
Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito de petición signado por el representante legal de la persona jurídico colectiva que cuenta con el derecho para solicitar copias certificadas, dirigido al Secretario del Ayuntamiento, donde deberá proporcionarse:
a) Nombre del Representante legal.
b) Domicilio físico y electrónico para oír y recibir notificaciones en el municipio de Tlalnepantla de Baz, Estado de México, así como,
c) La especificación de la causa de la solicitud. Agregar los datos del documento solicitado (tipo de documento, fecha de emisión, número de oficio o folio del documento o identificación del documento solicitado y autoridad que lo emitió).
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 9 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 1.8 fracción XIII del Código Administrativo del Estado de México

2. Documento mediante el cual acredite su personalidad como persona moral
SI
1, Simple
Artículo 52 del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito de petición signado por el servidor público de la Institución que cuenta con derecho para solicitar copias certificadas, dirigido al Secretario del Ayuntamiento y deberá contener:
a) Nombre del servidor público de la Institución;
b) Domicilio físico y electrónico para oír y recibir notificaciones (dentro del territorio del Estado de México); y
c) Precisar el nombre del documento, fecha y dependencia de la Administración Pública Municipal, en el que obra el o los instrumentos a certificar (Adjuntando copia simple de la documental solicitada, en caso de contar con ella.)
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 9 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 52 del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios

1. Ingresar petición en la Secretaría del Ayuntamiento cumpliendo con todos los requisitos.
2. Acudir a realizar el pago en las Cajas de la Tesorería Municipal o en los Bancos según se les indique con cuales se tiene convenio, cuando así proceda.
3. Recibe la Copia (s) Certificada (s) solicitadas.
Dependencia u organismo:
Municipio Tlalnepantla de Baz
Dirección general:
Secretaria del Ayuntamiento.
Unidad administrativa responsable:
Secretaria del Ayuntamiento.
Titular de la unidad administrativa responsable:
Mtro. Edmundo Rafael Ranero Barrera.
Cargo del titular:
Secretario del Ayuntamiento.
Domicilio:
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada No. Ext. S/N. No. Int. S/N, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 53663800 Ext: 3857
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax: n/a
Correo electrónico: edmundo.ranero@tlalnepantla.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Copia (s) Certificada (s)
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
Duración del trámite o servicio:
5 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Se puede certificar un contrato de compra venta de un inmueble de un ciudadano?
No, por ser un acto entre particulares.
2. ¿Si no conozco dónde se encuentra el documento, se puede certificar?
No
3. ¿Cuál es la foja excedente?
Son las páginas adicionales posteriores a la primera
Fundamento legal:
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano; 91 fracción X de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México;35 y 37 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios; 1.8 fracción XIII del Código Administrativo del Estado de México; 147 fracción I incisos A y B del Código Financiero del Estado de México y Municipios;7, 9, 116, 118 y 119 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; 2.5 Bis del Código Civil del Estado de México; 52 del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios; 66 fracciones XVII y XIX, y 68 fracción III del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, Estado
Criterios de resolución del trámite o servicio:
La certificación se entrega siempre que exista el documento original en los archivos de alguna Dependencia de la Administración Pública Municipal, o que la legislación en materia de transparencia lo permita.
Las copias se expedirán previo cumplimiento de los requisitos, y pago correspondiente
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se tiene interés o cuando lo solicita una autoridad competente
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
27/05/2024 12:02 pm



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