Gobierno del Estado de México
 

Instalación de Panel de Emergencia.

Consiste en instalar un dispositivo electrónico que contiene un comunicador digital preparado para transmitir emergencias por línea telefónica. Posee tres teclas de emergencia: 1) de pánico, para cuestiones de seguridad. 2) médica para emergencias médicas, para cuestiones relacionadas con incidentes de emergencias médicas. 3) bomberos, para cuestiones relacionadas con incidentes de emergencia relacionadas con elementos del h. Cuerpo de bomberos. Al presionar cualquier botón durante 3 segundos, se emitirá una alerta inmediata al centro del control, comando, cómputo y comunicaciones (c4), desde donde se coordinará y se accionará la respuesta necesaria para el tipo de alerta requerida.
Calle Zempoala No. Ext. Sin Número No. Int. , Col. Ignacio López Rayón, C.P. 52986, Atizapán de Zaragoza, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el (la) ciudadano (a), requiera de manera pronta y discreta, dar aviso de la existencia de algún incidente de emergencia al centro de control, comando, cómputo y comunicaciones (c4), que es el área encargada del tramite.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Elaborar la solicitud por escrito dirigida al Comisario de Seguridad Pública y Tránsito Municipal y presentarla en la oficialía común de partes de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, en la que señale el domicilio donde se instalará el panel de emergencia.
SI
1, Simple
Art. 8 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos.
Art. 116 Del Código De Procedimientos Administrativos Del Estado De México.

2. Contar con una pila cuadrada de 9 volts.
Art. 8 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos.
Art. 116 Del Código De Procedimientos Administrativos Del Estado De México.

3. Crear una palabra clave que servirá como contraseña.
Art. 8 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos.
Art. 116 Del Código De Procedimientos Administrativos Del Estado De México.

4. Contar con una línea telefónica fija activa.
Art. 8 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos.
Art. 116 Del Código De Procedimientos Administrativos Del Estado De México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Elaborar la solicitud por escrito dirigida al Comisario de Seguridad Pública y Tránsito Municipal y presentarla en la oficialía común de partes de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, en la que señale el domicilio donde se instalará el panel de emergencia.
SI
1, Simple
Art. 8 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos.
Art. 116 Del Código De Procedimientos Administrativos Del Estado De México.

2. Contar con una pila cuadrada de 9 volts.
Art. 8 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos.
Art. 116 Del Código De Procedimientos Administrativos Del Estado De México.

3. Crear una palabra clave que servirá como contraseña
Art. 8 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos.
Art. 116 Del Código De Procedimientos Administrativos Del Estado De México.

4. Contar con una línea telefónica fija activa.
Art. 8 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos.
Art. 116 Del Código De Procedimientos Administrativos Del Estado De México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Elaborar la solicitud por escrito dirigida al Comisario de Seguridad Pública y Tránsito Municipal y presentarla en la oficialía común de partes de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, en la que señale el domicilio donde se instalará el panel de emergencia.
SI
1, Simple
Art. 8 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos.
Art. 116 Del Código De Procedimientos Administrativos Del Estado De México.

2. Contar con una pila cuadrada de 9 volts
Art. 8 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos.
Art. 116 Del Código De Procedimientos Administrativos Del Estado De México.

3. Crear una palabra clave que servirá como contraseña.
Art. 8 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos.
Art. 116 Del Código De Procedimientos Administrativos Del Estado De México.

4. Contar con una línea telefónica fija activa
Art. 8 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos.
Art. 116 Del Código De Procedimientos Administrativos Del Estado De México.

1. Acude el ciudadano a dejar su solicitud a la Oficilia de Partes de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal
2. Se da respuesta al solicitante por parte del personal asignado a paneles de emergencia de C4, se programa la instalación con el solicitante
3. Se realiza la instalación y verificación del funcionamiento con lo que concluye el servicio
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Dr. En Seg. Pub. Fabián Ricardo Gómez Calcáneo
Cargo del titular:
Director
Domicilio:
Calle Zempoala No. Ext. Sin Número No. Int. , Col. Ignacio López Rayón, C.P. 52986, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 3622 2800 Ext: 2730
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: juridicoseguridad@atizapan.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Instructivo de uso del dispositivo conocido como panel de emergencia
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Para qué se utiliza la palabra clave?
Para poder cancelar el servicio de emergencia solicitado ya que de no proporcionar esta palabra clave se asumirá que el ciudadano se encuentra en peligro y llegará una unidad de seguridad Pública para corroborar que fue una activación por error.
2. ¿Como puedo saber si mi panel sigue funcionando?
Si no ha utilizado el panel de emergencia en un periodo de 3 meses deberá hacer una prueba de funcionamiento, que consiste en oprimir cualquier botón como si lo activara en una situación real, si el panel funciona recibirá una llamada telefónica desde el C4 para corroborar la emergencia y usted indicara que se trata de una prueba de funcionamiento, en caso de no recibir la llamada deberá marcar al número telefónico 53 66 71 93 para informar que su panel no funciona, con esto recibirá la atención técnica necesaria.
3. ¿Alguna recomendación para el correcto funcionamiento del dispositivo?
Se sugiere el remplazo de Batería de 9 V. (cuadrada) cada 4 meses.
Mantener su servicios telefónico activo
Fundamento legal:
Artículos 21 y 115 fracción II y III de la Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 40, 41 de la Ley General Del Sistema Nacional De Seguridad Pública.
Artículo 100 b) en la fracción primera, de la Ley De Seguridad Del Estado De México.
Artículo I fracción II, 18 y 25 de la ley que regula el uso de las Tecnologías De La Información Y Comunicación Para La Seguridad Pública Del Estado De México.
Artículo 54 fracción I del Reglamento Orgánico De La Administración Pública Municipal De Atizapán De Zaragoza.
Sección octava, articulo 54, 55, 56, 57 y 58 del Bando Municipal 2024 Del H. Ayuntamiento De Atizapán De Zaragoza
Criterios de resolución del trámite o servicio:
De acuerdo con la disponibilidad de dispositivos como panel de emergencia, se dará prioridad a personas de los grupos: adultos mayores y personas con capacidades diferentes.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el (la) ciudadano (a), requiera de manera pronta y discreta, dar aviso de la existencia de algún incidente de emergencia al centro de control, comando, cómputo y comunicaciones (c4), que es el área encargada del tramite.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
19/06/2024 11:00 am



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