Gobierno del Estado de México
 

Procedimiento Arbitral en Accidente de Tránsito Terrestre.

Consiste en iniciar un procedimiento arbitral por motivo de un accidente de tránsito terrestre en su modalidad de choque, siempre y cuando los conductores involucrados no lleguen a un acuerdo en cuanto a la responsabilidad y reparación del daño.
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. Colonia
El Potrero, C.P. , Atizapán de Zaragoza, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando los involucrados no logren un acuerdo conciliatorio.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Cuando los conductores involucrados después de haber agotado la etapa de conciliación no lleguen a un acuerdo en cuanto a la responsabilidad y reparación del daño.
Artículos 63, 64 y 65 del Reglamento de Justicia Cívica del Municipio de Atizapán de Zaragoza.

2. Aceptar las formalidades del procedimiento arbitral desde su inicio hasta su conclusión.
Artículos 63, 64 y 65 del Reglamento de Justicia Cívica del Municipio de Atizapán de Zaragoza.

3. Identificación oficial del conductor involucrado
SI
1, Simple
Artículos 63, 64 y 65 del Reglamento de Justicia Cívica del Municipio de Atizapán de Zaragoza.

4. Tarjeta de circulación del vehículo involucrado.
SI
1, Simple
Artículos 63, 64 y 65 del Reglamento de Justicia Cívica del Municipio de Atizapán de Zaragoza.

5. Acreditar propiedad del vehículo involucrado con factura (misma que tendrá que estar a nombre del interesado o endosada a nombre del interesado), en caso de acreditar propiedad con carta factura esta tendrá que estar vigente.
SI
1, Simple
Artículos 63, 64 y 65 del Reglamento de Justicia Cívica del Municipio de Atizapán de Zaragoza.

6. Acreditar propiedad del vehículo involucrado con factura (misma que tendrá que estar a nombre del interesado o endosada a nombre del interesado), en caso de acreditar propiedad con carta factura esta tendrá que estar vigente.
SI
1, Simple
Artículos 63, 64 y 65 del Reglamento de Justicia Cívica del Municipio de Atizapán de Zaragoza.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Cuando los conductores involucrados no lleguen a un acuerdo en cuanto a la responsabilidad y reparación del daño.
Artículos 63, 64 y 65 del Reglamento de Justicia Cívica del Municipio de Atizapán de Zaragoza.

2. Presentar poder notarial que acredite la personalidad del representante legal.
SI
1, Simple
Artículo 118 fracción I, II y III del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

3. Aceptar las formalidades del procedimiento arbitral
Artículos 63, 64 y 65 del Reglamento de Justicia Cívica del Municipio de Atizapán de Zaragoza.

4. Identificación oficial del conductor involucrad
SI
1, Simple
Artículos 63, 64 y 65 del Reglamento de Justicia Cívica del Municipio de Atizapán de Zaragoza.

5. Tarjeta de circulación del vehículo involucrado.
SI
1, Simple
Artículos 63, 64 y 65 del Reglamento de Justicia Cívica del Municipio de Atizapán de Zaragoza.

6. Acreditar propiedad del vehículo involucrado con factura (misma que tendrá que estar a nombre del interesado o endosada a nombre del interesado), en caso de acreditar propiedad con carta factura esta tendrá que estar vigente
SI
1, Simple
Artículos 63, 64 y 65 del Reglamento de Justicia Cívica del Municipio de Atizapán de Zaragoza.

7. Rendir declaración ante el Oficial Calificador en turno
Artículos 63, 64 y 65 del Reglamento de Justicia Cívica del Municipio de Atizapán de Zaragoza.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Cuando los conductores involucrados no lleguen a un acuerdo en cuanto a la responsabilidad y reparación del daño.
Artículos 63, 64 y 65 del Reglamento de Justicia Cívica del Municipio de Atizapán de Zaragoza.

2. Presentar poder notarial que acredite la personalidad del representante legal.
SI
1, Simple
Artículo 118 fracción I, II y III del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

3. Aceptar las formalidades del procedimiento arbitral desde su inicio hasta su conclusión.
Artículos 63, 64 y 65 del Reglamento de Justicia Cívica del Municipio de Atizapán de Zaragoza.

4. Identificación oficial del conductor involucrado.
SI
1, Simple
Artículos 63, 64 y 65 del Reglamento de Justicia Cívica del Municipio de Atizapán de Zaragoza.

5. Tarjeta de circulación del vehículo involucrado
SI
1, Simple
Artículos 63, 64 y 65 del Reglamento de Justicia Cívica del Municipio de Atizapán de Zaragoza.

6. Acreditar propiedad del vehículo involucrado con factura (misma que tendrá que estar a nombre del interesado o endosada a nombre del interesado), en caso de acreditar propiedad con carta factura esta tendrá que estar vigente
SI
1, Simple
Artículos 63, 64 y 65 del Reglamento de Justicia Cívica del Municipio de Atizapán de Zaragoza.

7. Rendir declaración ante el Oficial Calificador en turno.
Artículos 63, 64 y 65 del Reglamento de Justicia Cívica del Municipio de Atizapán de Zaragoza.

1.-Al ingresar a la Oficialía Calificadora se les hace de conocimiento si es su deseo iniciar el procedimiento arbitral en accidente de tránsito terrestre
2.-Se solicita al medico en turno emita certificado médico de conductores
3.-Se procede a tomar la declaración de los conductores
4.-Se les hace de su conocimiento que serán citados una vez que se cuente con dictamen en tránsito terrestre con la finalidad de determinar la responsabilidad y la valuación de daños en el presente procedimiento
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Secretaría del Ayuntamiento
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Sergio Hernández Olvera
Cargo del titular:
Secretario del Ayuntamiento
Domicilio:
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. Colonia
El Potrero, C.P. , Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( ) 553622 2804 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Otras oficinas que prestan el servicio:
Oficina:
Departamento de Oficialías Calificadoras y Oficialías Mediadoras Conciliadoras
Domicilio Zempoala No. Ext. S/N No. Int. N/A, Col. Ignacio López Rayón,
C.P. 52986, Municipio Atizapán de Zaragoza, México
Municipios que atiende: Atizapán de Zaragoza
Titular de la oficina:
Lic. Oscar Cuevas Corona
Cargo del titular:
Subsecretario de Apoyo Institucional
Teléfonos:
01 5536222700 Ext 2995
Fax:
No Aplica
Correo electrónico:
No Aplica
Horario y días de atención:
Las 24 horas de 365 Días al año
Resultado o documento a obtener:
Acuerdo conciliatorio o Laudo arbitral emitido por el oficial calificador.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
1 hora(s)
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 hora(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Por estar involucrado en un procedimiento arbitral en accidente de tránsito terrestre soy acreedor algún tipo de multa ante el oficial calificador?
No
2. ¿Tiene costo la emisión del laudo arbitral?
No, es gratuita
3. ¿Tiene costo la emisión del dictamen en tránsito terrestre?
No, es gratuita
Fundamento legal:
Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Articulo 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, Articulo 150 fracción II inciso h) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; Artículos 40, fracción III y IV, 41 fracción II, II.II, del Reglamento Orgánico de la Administración Pública de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, Artículos 63, 64 y 65 del Reglamento de Justicia Cívica del Municipio de Atizapán de Zaragoza, Artículos 46 y 111 del Bando Municipal 2023.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Aceptar las formalidades del procedimiento arbitral desde su inicio hasta su conclusión.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando los involucrados no logren un acuerdo conciliatorio.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
15/06/2023 09:43 am



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