Gobierno del Estado de México
 

Atención de Accidentes Viales

Consiste en brindar atención a la Ciudadanía que reporte o participe en algún accidente vial, dentro del Municipio de Tlalnepantla de Baz, acudiendo personal del Departamento de Percances Vehiculares para dar el auxilio y la atención requerida.
Telefono1: ( 55 ) 75 88 31 00
Telefono2: ( 55 ) 53 66 39 00
Fax: n/a
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tlalnepantla de Baz
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando exista un hecho de tránsito en su modalidad de choque, existiendo o no daños materiales (bienes particulares, bienes del municipio, estatales) y/o personas lesionadas

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. 1.La o el solicitante podrá requerir el servicio a través de los números telefónicos de la Central de Emergencias (C-4):
Zona Poniente al: 55 53 66 44 44
Zona Oriente al: 55 57 15 93 14
El número que deberá marcar dependerá de la ubicación donde se encuentre el accidente, informando: Nombre Completo, ubicación y de ser posible tipo de vehículo (marca, modelo, color, placas de circulación
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 546 Fracción I Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, Estado de México.

1.- La o el ciudadana (o) que requiera el apoyo de atención accidentes viales deberán solicitar vía telefónica a los números de emergencia del C4.
2.-EI operador de C4 recibe la llamada preguntando que emergencia solicita.
3.-EI radio operador canaliza las unidades de atención accidentes viales dependiendo a lo solicitado por la o el ciudadana (o).
4.-Personal de accidentes viales genera un reporte de servicio el cual contiene nombre completo, ubicación, tipo de vehículo (marca, modelo, color, placas de circulación) el cual deberá ser llenado y firmado por el ciudadano al que se le brinda el apoyo vial, para control interno del Departamento.
5.-la unidad que atiende el reporte del C4 informan los hechos ocurridos y a conclusión de la emergencia.
Dependencia u organismo:
Municipio Tlalnepantla de Baz
Dirección general:
Comisaría General de Seguridad Pública y Tránsito Municipal
Unidad administrativa responsable:
Comisaría General de Seguridad Pública y Tránsito Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Arturo Centeno Cano
Cargo del titular:
Comisario General de Seguridad Pública y Tránsito Municipal
Domicilio:
Avenida Ayuntamiento. No. Ext. 166 No. Int. s/n, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 75 88 31 00 Ext: n/a
Telefono2: ( 55 ) 53 66 39 00
Telefono3: ( )
Fax: n/a
Correo electrónico: n/a
Horario y días de atención:
Las 24 horas de 365 Días al año
Resultado o documento a obtener:
Acompañamiento y atención
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
30 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
30 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Quién determina a que corralón envían un vehículo que participe en un accidente de tránsito?
Según sea el caso y lo determina el Ministerio Público o Juez Calificador en materia de Percances.
2. ¿Tiene algún costo la grúa?
Si, toda vez que son grúas concesionadas y los montos van de acuerdo al tabulador establecido por la Secretaria de Movilidad del Gobierno del Estado.
3. ¿Pueden enviar mi vehículo al corralón por participar en un accidente de tránsito?
Si, en caso de no llegar a un acuerdo o bien si hubiese lesionados o deceso, el Ministerio Público o el Juez Calificador de Percances pueden remitir el vehículo al corralón y este puede estar en el territorio de Tlalnepantla de Baz o en algún otra demarcación donde la empresa de gruas tenga corralon.
Fundamento legal:
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 14, Fracción VI, 104, 105 y 118 Fracción VII del Reglamento de Tránsito del Estado de México.
Artículos 542 fracción II, y 546 Fracción I, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz; Estado de México
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Cuando el personal de Percances Vehiculares acuda al lugar para verificar un choque:
1.- En caso que ambas partes decidan llegar a un acuerdo en el lugar, el personal de Percances Vehiculares se retira de la ubicación, solo si no existen personas lesionadas o no existen daños materiales (bienes municipales o estatales). En estos casos los ajustadores proporcionan pase médico a los lesionados para que acudan a un hospital.
2.- En caso que las partes involucradas en el hecho de tránsito en modalidad de choque, por alguna razón, no lleguen a un acuerdo en el lugar, ya sea porque una o ambas partes no cuentan con seguro vehicular, el Personal de Percances Vehiculares trasladará a las partes involucradas al Departamento Calificador de Percances, haciéndose cargo de los mismos el Juez Calificador, y en caso, de existir personas lesionadas, el personal de Percances Vehiculares, solicitará una ambulancia a la Central de Emergencias (C-4) para la valoración de los lesionados y en su caso el traslado de los mismos a un hospital para la atención necesaria.
3.- En caso que, a consecuencia del accidente vehicular exista un deceso, el personal de Percances Vehiculares, trasladara a las partes involucradas a la Agencia del Ministerio Público para deslindar responsabilidades y dará aviso a dicha instancia para que envíen personal para el levantamiento del cuerpo correspondiente y realicen los trámites a que haya lugar.
4.-En los casos en los que exista el traslado de vehículos a alguna instancia como el juez calificador en percances o agencia de Ministerio Publico, se solicitará una grúa concesionada y se hará la apuesta a disposición correspondiente.
6.-Acuerdo entre conductores, el cual deberá ser firmado por los conductores que participaron en un hecho de tránsito en modalidad de choque, para control interno del Departamento de Percances Vehiculares
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Natural.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando exista un hecho de tránsito en su modalidad de choque, existiendo o no daños materiales (bienes particulares, bienes del municipio, estatales) y/o personas lesionadas
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
02/07/2024 01:49 pm



Arriba