Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. TENER 60 AÑOS CUMPLIDOS
ARTÍCULO III, EN MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL, FRACCIÓN III DEL BANDO MUNICIPAL 2020.
ARTÍCULO 5, FRACCIÓN VI DE LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES.
2. ACTA DE NACIMIENTO
NO
1, Simple
ARTÍCULO III, EN MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL, FRACCIÓN III DEL BANDO MUNICIPAL 2020.
ARTÍCULO 5, FRACCIÓN VI DE LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES.
3. INE
SI
1, Simple
ARTÍCULO III, EN MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL, FRACCIÓN III DEL BANDO MUNICIPAL 2020.
ARTÍCULO 5, FRACCIÓN VI DE LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES.
4. CURP NUEVO FORMATO
NO
1, Simple
ARTÍCULO III, EN MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL, FRACCIÓN III DEL BANDO MUNICIPAL 2020.
ARTÍCULO 5, FRACCIÓN VI DE LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES.
5. 2 FOTOGRAFIAS TAMAÑO INFANTIL (BLANCO Y NEGRO O A COLOR)
SI
NO
ARTÍCULO III, EN MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL, FRACCIÓN III DEL BANDO MUNICIPAL 2020.
ARTÍCULO 5, FRACCIÓN VI DE LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES.
6. PROPORCIONAR NOMBRE DE FAMILIAR RESPONSABLE Y NUMERO TELEFÓNICO
ARTÍCULO III, EN MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL, FRACCIÓN III DEL BANDO MUNICIPAL 2020.
ARTÍCULO 5, FRACCIÓN VI DE LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES.