Gobierno del Estado de México
 

TRASLADO DE DOMINIO

ES EL CAMBIO DE PROPIETARIO DE UN PREDIO, SEA QUE CEDAN LOS DERECHOS O POR VENTA DE UN PREDIO.
AV. LAZÁRO CÁRDENAS No. Ext. 1 No. Int. , Col. OCUILAN DE ARTEAGA, C.P. 52480, Ocuilan, México
 

Costo

RANGO
1
LÍMITE INFERIOR (EN PESOS)
1
LÍMITE SUPERIOR (EN PESOS)
180970
CUOTA FIJA (EN PESOS)
156
FACTOR APLICABLE A CADA RANGO
.01239
RANGO
2
LÍMITE INFERIOR (EN PESOS)
180971
LÍMITE SUPERIOR (EN PESOS)
343840
CUOTA FIJA (EN PESOS)
2400
FACTOR APLICABLE A CADA RANGO
.01317
RANGO
3
LÍMITE INFERIOR (EN PESOS)
343841
LÍMITE SUPERIOR (EN PESOS)
554420
CUOTA FIJA (EN PESOS)
4545
FACTOR APLICABLE A CADA RANGO
.01631
RANGO
4
LÍMITE INFERIOR (EN PESOS)
554421
LÍMITE SUPERIOR (EN PESOS)
973930
CUOTA FIJA (EN PESOS)
7980
FACTOR APLICABLE A CADA RANGO
.01725
RANGO
5
LÍMITE INFERIOR (EN PESOS)
973931
LÍMITE SUPERIOR (EN PESOS)
1618840
CUOTA FIJA (EN PESOS)
15220
FACTOR APLICABLE A CADA RANGO
.01850
RANGO
6
LÍMITE INFERIOR (EN PESOS)
1618841
LÍMITE SUPERIOR (EN PESOS)
2433150
CUOTA FIJA (EN PESOS)
27155
FACTOR APLICABLE A CADA RANGO
.01987
RANGO
7
LÍMITE INFERIOR (EN PESOS)
2433151
LÍMITE SUPERIOR (EN PESOS)
EN ADELANTE
CUOTA FIJA (EN PESOS)
43340
FACTOR APLICABLE A CADA RANGO
.02184
Adicional:
DE ACUERDO A LA TARIFA DEL ARTÍCULO 115 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito y Transferencia.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
TESORERÍA MUNICIPAL
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Ocuilan
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
EN CASO DE QUE SE REQUIERA HACER UN CAMBIO DE PROPIETARIO.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. FORMATO DE SOLICITUD REQUISITADO.
SI
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

2. CÉDULA DE MANIFESTACIÓN CATASTRAL.
SI
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

3. IDENTIFICACIÓN OFICIAL CON FOTOGRAFÍA DEL PROPIETARIO.
SI
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

4. CURP DEL ACTUAL PROPIETARIO.
SI
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

5. DOCUMENTO QUE ACREDITE LA PROPIEDAD.
SI
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

6. RECIBO DE IMPUESTO PREDIAL AL CORRIENTE.
NO
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

7. CARTA PODER DEBIDAMENTE REQUISITADA, EN CASO DE PRESENTARSE UN REPRESENTANTE LEGAL.
SI
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

8. IDENTIFICACIÓN OFICIAL CON FOTOGRAFÍA DEL VENDEDOR O QUIEN CEDE LOS DERECHOS.
SI
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

9. CURP DEL VENDEDOR O QUIEN CEDE LOS DERECHOS.
SI
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

10. DOCUMENTO DE PROPIEDAD ANTECEDENTE.
SI
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. FORMATO DE SOLICITUD REQUISITADO.
SI
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

2. CÉDULA DE MANIFESTACIÓN CATASTRAL.
SI
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

3. IDENTIFICACIÓN OFICIAL CON FOTOGRAFÍA DEL PROPIETARIO.
SI
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

4. CURP DEL ACTUAL PROPIETARIO.
SI
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

5. DOCUMENTO CON EL QUE SE ACREDITE LA PROPIEDAD.
SI
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

6. RECIBO DE IMPUESTO PREDIAL AL CORRIENTE.
NO
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

7. CARTA PODER DEBIDAMENTE REQUISITADA, EN CASO DE SOLICITARLO UN REPRESENTANTE LEGAL.
SI
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

8. IDENTIFICACIÓN OFICIAL CON FOTOGRAFÍA DEL VENDEDOR O QUIEN CEDE LOS DERECHOS.
SI
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

9. CURP DEL VENDEDOR O QUIEN CEDE LOS DERECHOS.
SI
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

10. DOCUMENTO DE PROPIEDAD ANTECEDENTE.
SI
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. FORMATO DE SOLICITUD REQUISITADO.
SI
1, Certificada
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

2. CÉDULA DE MANIFESTACIÓN CATASTRAL.
SI
1, Certificada
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTCA GENERAL ACG004 Y ACG007.

3. IDENTIFICACIÓN OFICIAL CON FOTOGRAFÍA DEL PROPIETARIO.
SI
1, Certificada
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

4. DOCUMENTO QUE ACREDITE LA PROPIEDAD.
SI
1, Certificada
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

5. CURP DEL ACTUAL PROPIETARIO.
SI
1, Certificada
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

6. RECIBO DE PREDIAL AL CORRIENTE.
SI
1, Certificada
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

7. CARTA PODER DEBIDAMENTE REQUISITADA, EN CASO DE NO PRESENTARSE EL PROPIETARIO.
SI
1, Certificada
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

8. CROQUIS DE LOCALIZACIÓN.
SI
1, Certificada
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 173, 175, 181, Y 182.
MANUAL CATASTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO. POLÍTICA GENERAL ACG004 Y ACG007.

ACUDIR A LAS OFICINAS DE LA COORDINACIÓN DE CATASTRO Y PREDIAL CON TODOS LOS REQUISITOS SEÑALADOS
OBTENER EL RECIBO DE PAGO DEL SERVICIO PARA SU PAGO CORRESPONDIENTE EN TESORÍA
ENTREGAR EL RECIBO PAGADO EN LA COORDINACIÓN DE CATASTRO Y PREDIAL PARA AGENDAR LA FECHA DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO
Dependencia u organismo:
Municipio Ocuilan
Dirección general:
COORDINACIÓN DE CATASTRO Y PREDIAL
Unidad administrativa responsable:
CATASTRO Y PREDIAL
Titular de la unidad administrativa responsable:
FERNANDO ENSASTEGUI BERNARDINO
Cargo del titular:
COORDINADOR
Domicilio:
AV. LAZÁRO CÁRDENAS No. Ext. 1 No. Int. , Col. OCUILAN DE ARTEAGA, C.P. 52480, Ocuilan, México
Contacto:
Telefono1: ( 714 ) 1464485 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: catastrocuilan@gmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 15:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
FORMATO DE TRASLADO DE DOMINO EN DOS FOJAS.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
13 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
13 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿UN TRASLADO DE DOMINIO ES IGUAL A UNA CÉDULA DE MANIFESTACIÓN CATASTRAL?
NO. UN TRASLADO DE DOMINIO SE ORIGINA CUANDO UN PREDIO YA ESTÁ INSCRITO EN CATASTRO. Y UNA CÉDULA DE MANIFESTACIÓN CATASTRAL SE REALIZA CUANDO SE INSCRIBE POR VEZ PRIMERA EN EL CATASTRO.
2. ¿EN DONDE PUEDO VERIFICAR QUE LOS COSTOS ESTABLECIDOS SON CORRECTOS?
EN FUNCIÓN DEL ARTÍCULO 115 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
3. ¿SE REQUIEREN TESTIGOS PARA REALIZAR EL TRÁMITE?
ES OPCIONAL PERO SI ES POSIBLE
Fundamento legal:
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 113, 114, 115, 116, 117, 166, 173, 175, 181 Y 182.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
SUJETO A VERIFICACIÓN.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
EN CASO DE QUE SE REQUIERA HACER UN CAMBIO DE PROPIETARIO.
Última actualización:
23/07/2020 12:02 pm



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