Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. SOLICITUD DE SERVICIO.
SI
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 166, FRACCIÓN VI, 171, FRACCIÓN VII, XII, XIII, XVII Y XVIII, Y 173. REGLAMENTO DEL TÍTULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO. ART. 22.
2. ORIGINAL Y COPIA DE IDENTIFICACIÓN OFICIAL CON FOTOGRAFÍA DEL REPRESENTANTE LEGAL.
SI
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 166, FRACCIÓN VI, 171, FRACCIÓN VII, XII, XIII, XVII Y XVIII, Y 173. REGLAMENTO DEL TÍTULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO. ART. 22.
3. DOCUMENTO QUE ACREDITE LA PROPIEDAD.
SI
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 166, FRACCIÓN VI, 171, FRACCIÓN VII, XII, XIII, XVII Y XVIII, Y 173. REGLAMENTO DEL TÍTULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO. ART. 22.
4. RECIBO DE IMPUESTO PREDIAL AL CORRIENTE.
NO
4, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 166, FRACCIÓN VI, 171, FRACCIÓN VII, XII, XIII, XVII Y XVIII, Y 173. REGLAMENTO DEL TÍTULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO. ART. 22.
5. RECIBO DE PAGO POR EL SERVICIO SOLICITADO.
SI
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 166, FRACCIÓN VI, 171, FRACCIÓN VII, XII, XIII, XVII Y XVIII, Y 173. REGLAMENTO DEL TÍTULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO. ART. 22.
6. CARTA PODER DEBIDAMENTE REQUISITADA DEL REPRESENTANTE LEGAL.
SI
1, Simple
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ART. 166, FRACCIÓN VI, 171, FRACCIÓN VII, XII, XIII, XVII Y XVIII, Y 173. REGLAMENTO DEL TÍTULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO. ART. 22.