Gobierno del Estado de México
 

VERIFICACIÓN DE LINDEROS

RECORRIDO DE CAMPO PARA VERIFICAR LOS LIMITES DEL INMUEBLE Y MEDICIÓN DE LOS MISMOS,CONSIDERANDO LA DESCRIPCIÓN DEL DOCUMENTO QUE ACREDITA LA PROPIEDAD O POSESIÓN CORRESPONDIENTE.LOS LIMITES DEL PREDIO DEBEN SER RECONOCIBLES A TRAVÉS DE EVIDENCIAS FÍSICAS COMO BARDAS,CERCAS,CANALES,VIALIDADES ENTRE OTROS.
ADOLFO LÓPEZ MATEOS No. Ext. 72 No. Int. NA, Col. BARRIO SEÑOR DE LOS MILAGROS, C.P. 54880, Melchor Ocampo, México
 

Costo

Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2021 al 31/12/2021.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito y Transferencia.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
TESORERÍA MUNICIPAL
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Melchor Ocampo
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
I.CUANDO EN EL DOCUMENTO QUE ACREDITA LA PROPIEDAD O POSESIÓN COINCIDAN O NO LA SUPERFICIE,LAS MEDIDAS O LAS ORIENTACIONES DE LAS COLINDANCIAS,RESPECTO A LAS DIMENSIONES REALES DEL INMUEBLE.
II.CUANDO EL PREDIO HAYA TENIDO ALGUNA AFECTACIÓN O RESTRICCIÓN Y SE CUENTE CON EL DOCUMENTO EN EL CUAL LA AUTORIDAD COMPETENTE LO HACE CONSTAR.
III.CUANDO EL PROPIETARIO O POSEEDOR REQUIERA INCORPORARLO AL PADRÓN CATASTRAL.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. DOCUMENTO QUE ACREDITE LA POSESIÓN O PROPIEDAD DEL INMUEBLE(CONTRATO DE COMPRA VENTA,DONACIÓN,ESCRITURA PUBLICA,ETC)
NO
1, Simple
ARTICULO 171, FRACC VII DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. -ARTÍCULO 1, 22, FRACC. VI Y XXXVII DEL REGLAMENTO DEL TITULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

2. RECIBO DE PAGO DE IMPUESTO PREDIAL ACTUALIZADO AL PRESENTE AÑO.
NO
1, Simple
ARTICULO 171, FRACC VII DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. -ARTÍCULO 1, 22, FRACC. VI Y XXXVII DEL REGLAMENTO DEL TITULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

3. RECIBO DE PAGO DE IMPUESTO DE TRASLADO DE DOMINIO.
NO
1, Simple
ARTICULO 171, FRACC VII DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. -ARTÍCULO 1, 22, FRACC. VI Y XXXVII DEL REGLAMENTO DEL TITULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

4. PLANO TOPOGRÁFICO(SI ES MAYOR A 2000M2).
NO
1, Simple
ARTICULO 171, FRACC VII DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. -ARTÍCULO 1, 22, FRACC. VI Y XXXVII DEL REGLAMENTO DEL TITULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

5. NOTA: EL PAGO SE CALCULA DE ACUERDO A LA SUPERFICIE DE TERRENO
NO
1, Simple
-ARTICULO 170 FRACCIÓN V -ARTICULO 171 FRACCIÓN VII -ARTICULO 172 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. -ARTICULO 8 FRACCIÓN VIII -ARTICULO 17,21,22 FRACCIÓN V -ARTICULO 37 DEL REGLAMENTO DEL TITULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

6. RECIBO DE PAGO POR LOS DERECHOS SOLICITADOS.
NO
1, Simple
ARTICULO 171, FRACC VII DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. -ARTÍCULO 1, 22, FRACC. VI Y XXXVII DEL REGLAMENTO DEL TITULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

7. TRASLADO DE DOMINIO.
NO
1, Simple
ARTICULO 171, FRACC VII DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. -ARTÍCULO 1, 22, FRACC. VI Y XXXVII DEL REGLAMENTO DEL TITULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

8. IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE.
NO
1, Simple
ARTICULO 171, FRACC VII DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. -ARTÍCULO 1, 22, FRACC. VI Y XXXVII DEL REGLAMENTO DEL TITULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

9. LLENAR SOLICITUD DE SERVICIOS CATASTRALES.
NO
1, Simple
ARTICULO 171, FRACC VII DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. -ARTÍCULO 1, 22, FRACC. VI Y XXXVII DEL REGLAMENTO DEL TITULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. RECIBO DE PAGO DE IMPUESTO DE TRASLADO DE DOMINIO.
NO
1, Simple
ARTICULO 171, FRACC VII DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. -ARTÍCULO 1, 22, FRACC. VI Y XXXVII DEL REGLAMENTO DEL TITULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

2. PLANO TOPOGRÁFICO(SI ES MAYOR A 2000M2).
NO
1, Simple
ARTICULO 171, FRACC VII DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. -ARTÍCULO 1, 22, FRACC. VI Y XXXVII DEL REGLAMENTO DEL TITULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

3. TRASLADO DE DOMINIO.
NO
1, Simple
ARTICULO 171, FRACC VII DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. -ARTÍCULO 1, 22, FRACC. VI Y XXXVII DEL REGLAMENTO DEL TITULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

4. DOCUMENTO QUE ACREDITE LA POSESIÓN O PROPIEDAD DEL INMUEBLE(CONTRATO DE COMPRA VENTA,DONACIÓN,ESCRITURA PUBLICA,ETC)
NO
1, Simple
ARTICULO 171, FRACC VII DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. -ARTÍCULO 1, 22, FRACC. VI Y XXXVII DEL REGLAMENTO DEL TITULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

5. NOTA:EL PAGO SE CALCULA DE ACUERDO A LA SUPERFICIE DE TERRENO.
NO
1, Simple
ARTICULO 171, FRACC VII DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. -ARTÍCULO 1, 22, FRACC. VI Y XXXVII DEL REGLAMENTO DEL TITULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

6. RECIBO DE PAGO POR LOS DERECHOS SOLICITADOS.
NO
1, Simple
ARTICULO 171, FRACC VII DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. -ARTÍCULO 1, 22, FRACC. VI Y XXXVII DEL REGLAMENTO DEL TITULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

7. IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE.
NO
1, Simple
ARTICULO 171, FRACC VII DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. -ARTÍCULO 1, 22, FRACC. VI Y XXXVII DEL REGLAMENTO DEL TITULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

8. LLENAR SOLICITUD DE SERVICIOS CATASTRALES.
NO
1, Simple
ARTICULO 171, FRACC VII DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. -ARTÍCULO 1, 22, FRACC. VI Y XXXVII DEL REGLAMENTO DEL TITULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

9. RECIBO DE PAGO DE IMPUESTO PREDIAL ACTUALIZADO AL PRESENTE AÑO.
NO
1, Simple
ARTICULO 171, FRACC VII DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. -ARTÍCULO 1, 22, FRACC. VI Y XXXVII DEL REGLAMENTO DEL TITULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

1.EL CIUDADANO DEBE ACUDIR A LA COORDINACIÓN DE CATASTRO A SOLICITAR LA VERIFICACIÓN DE LINDEROS.
2.SI LA DOCUMENTACIÓN ES CORRECTA SE ASIGNA FECHA DE INSPECCIÓN.
3.SE REALIZA EL PAGO EN TESORERÍA MUNICIPAL
Dependencia u organismo:
Municipio Melchor Ocampo
Dirección general:
MUNICIPIO DE MELCHOR OCAMPO
Unidad administrativa responsable:
JEFATURA DE CATASTRO
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. ROBERTO LEONARDO GUTIÉRREZ MEJÍA
Cargo del titular:
JEFE
Domicilio:
ADOLFO LÓPEZ MATEOS No. Ext. 72 No. Int. NA, Col. BARRIO SEÑOR DE LOS MILAGROS, C.P. 54880, Melchor Ocampo, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 5558780111 Ext:
Telefono2: ( ) 5558780742
Telefono3: ( )
Fax: NA
Correo electrónico: catastro@melchor-ocampo.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
VERIFICACIÓN DE LINDEROS Y PLANO AL REVERSO.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿QUE INFORMACIÓN SE COLOCA EN LA VERIFICACIÓN?
LAS MEDIDAS Y NOMBRES DE LOS COLINDANTES,ASÍ COMO LA SUPERFICIE DEL TERRENO.
2. ¿TIENE EL DIBUJO DE LA UBICACIÓN DEL PREDIO?
SI AL REVERSO DE LA VERIFICACIÓN SE COLOCA EL DIBUJO CON SUS MEDIDAS
3. ¿ES NECESARIO QUE EL PROPIETARIO O POSESOR CONOZCA SUS LINDEROS?
SI, YA QUE DE NO SER ASÍ SE DA POR SUSPENDIDA LA DILIGENCIA
Fundamento legal:
ARTICULO 171 FRACCIÓN VII DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
ARTICULOS1,22 FRACCIÓN VI Y 37 DEL REGLAMENTO DEL TITULO QUINTO DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
UNA VEZ REALIZADO EL PAGO DE DERECHOS,SE ENTREGA LA VERIFICACIÓN DE LINDEROS.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
I.CUANDO EN EL DOCUMENTO QUE ACREDITA LA PROPIEDAD O POSESIÓN COINCIDAN O NO LA SUPERFICIE,LAS MEDIDAS O LAS ORIENTACIONES DE LAS COLINDANCIAS,RESPECTO A LAS DIMENSIONES REALES DEL INMUEBLE.
II.CUANDO EL PREDIO HAYA TENIDO ALGUNA AFECTACIÓN O RESTRICCIÓN Y SE CUENTE CON EL DOCUMENTO EN EL CUAL LA AUTORIDAD COMPETENTE LO HACE CONSTAR.
III.CUANDO EL PROPIETARIO O POSEEDOR REQUIERA INCORPORARLO AL PADRÓN CATASTRAL.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
18/11/2021 04:42 pm



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