1. ¿SE PUEDE REALIZAR UNA QUEJA DE MANERA ANÓNIMA?
SI, SOLO DEBE MANIFESTARLO EN SU ESCRITO DE QUEJA O EN SU DECLARACIÓN.
2. ¿PUEDO OPINAR SOBRE LA LABOR DE ALGÚN SERVIDOR PÚBLICO?
SÍ, EL RECONOCIMIENTO QUE LA CIUDADANÍA OTORGA AL SERVIDOR PÚBLICO ES IMPORTANTE PARA INCENTIVAR A ÉSTE Y LO INHIBE DE COMETER IRREGULARIDADES ADMINISTRATIVAS.
3. ¿CÓMO PUEDO PRESENTAR DENUNCIAS, SUGERENCIAS O RECONOCIMIENTOS?
DE MANERA PRESENCIAL EN LAS OFICINAS DE LA CONTRALORÍA INTERNA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE JIQUIPILCO, UBICADA EN PLAZA DE LA REFORMA NÚMERO 1; ASÍ MISMO ATREVES DE EN LOS BUZOS UBICADOS EN LOS EDIFICIOS PÚBLICOS (CENTRO DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, CASA DE CULTURA, SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, UNIDAD DEPORTIVA LOS CUALES ESTÁN UBICADOS EN CABECERA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE JIQUIPILCO) Y A TRAVÉS DEL CORREO ELECTRÓNICO contraloriajiquipilco@gmail.com
4. ¿QUÉ REQUISITOS NECESITO PARA PONER UNA DENUNCIA?
FORMALES NINGUNO, SOLO DEBE IDENTIFICAR CONTRA QUIEN ES SU DENUNCIA, ADSCRIPCIÓN Y DEPENDENCIA, LA FECHA Y EL LUGAR EN EL QUE OCURRIERON LOS HECHOS Y PRECISAR LAS CIRCUNSTANCIAS DE CÓMO OCURRIERON, APORTAR EL MAYOR NÚMERO DE DATOS Y EN SU CASO LOS ELEMENTOS CON QUE CUENTE PARA ACREDITARLA.
5. ¿PUEDO PRESENTAR UNA DENUNCIA POR LA COMISIÓN DE ALGÚN DELITO?
NO, EL SISTEMA RECIBE DENUNCIAS EN CONTRA DE SERVIDORES PÚBLICOS QUE EN EL EJERCICIO DE SU EMPLEO, CARGO O COMISIÓN COMETEN ALGUNA IRREGULARIDAD ADMINISTRATIVA Y DE PARTICULARES VINCULADOS CON FALTAS ADMINISTRATIVAS PREVISTAS EN LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
6. ¿SE PUEDEN PRESENTAR DENUNCIAS EN CONTRA DE CUALQUIER PERSONA?
NO, SOLAMENTE EN CONTRA DE SERVIDORES PÚBLICOS Y PARTICULARES VINCULADOS CON FALTAS ADMINISTRATIVAS PREVISTAS EN LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.