Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud firmada por el representante legal
SI
NO
Art. 18.35 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.
Art. 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México
Art. 107 del Código Financiero del Estado de México y Municipios. Articulo 158 Fracción V del Bando Municipal vigente.
2. Identificación oficial vigente con fotografía
SI
1, Simple
Art. 18.35 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.
Art. 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México
Art. 107 del Código Financiero del Estado de México y Municipios. Articulo 158 Fracción V del Bando Municipal vigente.
3. Poder notarial del representante legal
SI
1, Simple
Art. 18.35 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.
Art. 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México
Art. 107 del Código Financiero del Estado de México y Municipios. Articulo 158 Fracción V del Bando Municipal vigente.
4. Acta constitutiva y/o escritura, o contrato de arrendamiento, en su caso.
SI
1, Simple
Art. 18.35 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.
Art. 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México
Art. 107 del Código Financiero del Estado de México y Municipios. Articulo 158 Fracción V del Bando Municipal vigente.
5. Recibo del impuesto predial vigente
NO
1, Simple
Art. 18.35 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.
Art. 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México
Art. 107 del Código Financiero del Estado de México y Municipios. Articulo 158 Fracción V del Bando Municipal vigente.
6. Croquis de localización del predio
SI
NO
Art. 18.35 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.
Art. 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México
Art. 107 del Código Financiero del Estado de México y Municipios. Articulo 158 Fracción V del Bando Municipal vigente.