1. ¿QUE ES UNA QUEJA?
Reclamación o protesta por parte del ciudadano que se asienta en acta administrativa circunstanciada ante la conducta constante en un acto u omisión que se determina en el incumplimiento de los servidores públicos establecido en los artículos 6, 7, 49, 50 y 51 de la Ley General de Responsabilidades Admlnlstrativas 6, 7, 50, 51 y 52 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.
2. ¿QUE SANCIONES EXISTEN?
Por faltas graves y no graves: Amonestación, suspensión del empleo, cargo o comisión e Inhabilitación temporal, destitución del empleo, cargo o comisión.
3. ¿CUAL ES EL TRAMITE CORRESPONDIENTE?
Las autoridades Investigadoras llevarán de oficio o a petición de parte las auditorias o Investigaciones debidamente fundadas y motivadas respecto de las conductas de los servidores públicos y particulares que puedan constituir responsabilidades administrativas en el ámbito de su competencia.