Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Identificación con fotografía.
SI
1, Simple
Ley de la Juventud del Estado de México, Artículo 14.- El Instituto es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto planear, programar y ejecutar acciones específicas que garanticen el desarrollo integral de la juventud. El Instituto, para el cumplimiento de su objeto, tiene las atribuciones siguientes: I. Planear, programar, coordinar, promover, ejecutar y evaluar acciones que favorezcan la organización juvenil. / Bando Municipal 2022 de Valle de Chalco Solidaridad, Artículo 98. - La Dirección de Atención a la Juventud será la encargada a través de su titular de garantizar, fortalecer y fomentar la participación de los jóvenes en todos los sectores de la sociedad, impulsando así su desarrollo integral humano a través del ámbito económico, deportivo, cultural, educativo y político, y en general en todas aquellas actividades que, de acuerdo a su capacidad presupuestal, estén orientadas para los mismos fines.
2. Comprobante de domicilio.
SI
1, Simple
Ley de la Juventud del Estado de México, Artículo 14.- El Instituto es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto planear, programar y ejecutar acciones específicas que garanticen el desarrollo integral de la juventud. El Instituto, para el cumplimiento de su objeto, tiene las atribuciones siguientes: I. Planear, programar, coordinar, promover, ejecutar y evaluar acciones que favorezcan la organización juvenil. / Bando Municipal 2022 de Valle de Chalco Solidaridad, Artículo 98. - La Dirección de Atención a la Juventud será la encargada a través de su titular de garantizar, fortalecer y fomentar la participación de los jóvenes en todos los sectores de la sociedad, impulsando así su desarrollo integral humano a través del ámbito económico, deportivo, cultural, educativo y político, y en general en todas aquellas actividades que, de acuerdo a su capacidad presupuestal, estén orientadas para los mismos fines.
3. Llenado de la ficha de registro.
SI
NO
Ley de la Juventud del Estado de México, Artículo 14.- El Instituto es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto planear, programar y ejecutar acciones específicas que garanticen el desarrollo integral de la juventud. El Instituto, para el cumplimiento de su objeto, tiene las atribuciones siguientes: I. Planear, programar, coordinar, promover, ejecutar y evaluar acciones que favorezcan la organización juvenil. / Bando Municipal 2022 de Valle de Chalco Solidaridad, Artículo 98. - La Dirección de Atención a la Juventud será la encargada a través de su titular de garantizar, fortalecer y fomentar la participación de los jóvenes en todos los sectores de la sociedad, impulsando así su desarrollo integral humano a través del ámbito económico, deportivo, cultural, educativo y político, y en general en todas aquellas actividades que, de acuerdo a su capacidad presupuestal, estén orientadas para los mismos fines.