Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito que deberá contener lo siguiente:
a) Nombre, domicilio, datos generales del/la interesado/a o de la persona que solicite la aclaración o complementación, firma y huella;
b) Los datos del acta de cuya aclaración o complementación se solicita;
c) El señalamiento preciso de los errores u omisiones que contenga el acta;
SI
NO
Artículo 3.41 del Código Civil vigente en el Estado de México.
Artículos 44, 45 y 46 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Artículo 142 fracción XVII del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
2. Credencial de Elector vigente
NO
1, Simple
Artículo 3.41 del Código Civil vigente en el Estado de México.
Artículos 44, 45 y 46 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Artículo 142 fracción XVII del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
3. CURP
NO
1, Simple
Artículo 3.41 del Código Civil vigente en el Estado de México.
Artículos 44, 45 y 46 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Artículo 142 fracción XVII del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
4. En caso de tratarse de acta de matrimonio deberán solicitarlo personalmente ambos cónyuges. Si hubiese fallecido uno de ellos, y se tratare únicamente de error mecanográfico o caligráfico en el asentamiento del nombre y/o apellidos, o de la omisión de los datos registrales del acta, bastará la solicitud del cónyuge supérstite.
Artículo 3.41 del Código Civil vigente en el Estado de México.
Artículos 44, 45 y 46 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Artículo 142 fracción XVII del Código Financiero del Estado de México y Municipios.