Gobierno del Estado de México
 

DENUNCIA AMBIENTAL CIUDADANA

SE RECIBEN DENUNCIAS POR CONTAMINACION O DAÑO AL MEDIO AMBIENTE
Palacio Municipal No. Ext. S/N No. Int. N/A, Col. Centro, C.P. 55940, Axapusco, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Axapusco
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
CUANDO LA CIUDADANÍA OBSERVE O DETECTE CASOS DE CONTAMINACIÓN O DAÑO AL MEDIO AMBIENTE.

EL HORARIO DE LOS SÁBADOS ES DE 9:00 A 13:00 HRS.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentar en la oficina de la Dirección de Ecología la evidencia del daño ambiental a denunciar
SI
NO
Artículo 167 del Bando Municipal de Axapusco

PRESENTAR LA DENUNCIA AMBIENTAL CIUDADANA EN LA DIRECCIÓN DE ECOLOGÍA DEL MUNICIPIO DE AXAPUSCO
Dependencia u organismo:
Municipio Axapusco
Dirección general:
Dirección de Ecología
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Ecología
Titular de la unidad administrativa responsable:
Jaime Ramirez Garcia
Cargo del titular:
Director
Domicilio:
Palacio Municipal No. Ext. S/N No. Int. N/A, Col. Centro, C.P. 55940, Axapusco, México
Contacto:
Telefono1: ( ) Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 15:00 horas de Lunes a Sábado
Resultado o documento a obtener:
COMO RESULTADO DE LA INSPECCIÓN SE PROCEDE A INICIAR EL PROCEDIMIENTO QUE DETERMINE LA SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA ACTIVIDAD QUE ORIGINA EL DAÑO AL AMBIENTE
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿QUIEN PUEDE REALIZAR UNA DENUNCIA AMBIENTAL?
CUALQUIER CIUDADANO QUE DETECTE DAÑO AL MEDIO AMBIENTE
2. ¿QUIEN REALIZA LA INSPECCION?
PERSONAL ADSCRITO A LA DIRECCION DE ECOLOGIA DEL MUNICIPIO DE AXAPUSCO
3. ¿SON VALIDAS LAS FOTOGRAFÍAS COMO EVIDENCIAS?
SI, SIEMPRE QUE SEAN RECIENTES, PARA DAR INICIO A UNA VERIFICACIÓN
Fundamento legal:
ART. 103 DEL BANDO MUNICIPAL DE AXAPUSCO
ARTICULO 2.9 FRACCION XX, ARTICULO 2.31 Y 2.290 DEL CODIGO PARA LA BIODIVERSIAD
Criterios de resolución del trámite o servicio:
UNA VEZ REALIZADA LA INSPECCION SE DETERMINA QUE AUTORIDAD TIENE LA ATRIBUCION PARA DAR SOLUCION
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Fiscal.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
CUANDO LA CIUDADANÍA OBSERVE O DETECTE CASOS DE CONTAMINACIÓN O DAÑO AL MEDIO AMBIENTE.

EL HORARIO DE LOS SÁBADOS ES DE 9:00 A 13:00 HRS.
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Última actualización:
24/08/2020 08:35 pm



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