Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito o en el formato establecido.
SI
1, Simple
Artículo 168, 171 Fracción I, 175, 180, 181, 182, y 183 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículos 24, 26 y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado 1 en sus políticas, ACGC004, ACGC006 y ACGC014 del Manual Catastral del Estado de México.
Apartado II política ACC003 del Manual Catastral del Estado de México.
2. Identificación oficial vigente del propietario o poseedor del inmueble (INE, pasaporte, cédula profesional).
SI
1, Simple
Artículo 168, 171 Fracción I, 175, 180, 181, 182, y 183 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículos 24, 26 y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado 1 en sus políticas, ACGC004, ACGC006 y ACGC014 del Manual Catastral del Estado de México.
Apartado II política ACC003 del Manual Catastral del Estado de México.
3. Carta poder en caso de quien realice el trámite no sea el propietario (INE, pasaporte, cédula profesional), de quien recibe, quien otorga el poder y testigos).
SI
1, Simple
Artículo 168, 171 Fracción I, 175, 180, 181, 182, y 183 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículos 24, 26 y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado 1 en sus políticas, ACGC004, ACGC006 y ACGC014 del Manual Catastral del Estado de México.
Apartado II política ACC003 del Manual Catastral del Estado de México.
4. Documento donde se acredite la propiedad o posesión del inmueble pudiendo ser los siguientes:
a. Escritura pública
b. Contrato privado de compraventa, cesión o donación
c. Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria
d. Manifestación del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por la autoridad respectiva y el recibo de pago correspondiente.
e. Acta de entrega, cuando se trate de inmuebles de interés social
f. Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra
g. Título certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes; así como la sentencia emitida por el tribunal agrario
h. Inmatriculación administrativa o judicial, con su ejecutoria.
Nota: la documentación en original y fotocopias se requieren para cotejo, deben estar legibles, sin tachaduras y enmendaduras.
SI
1, Simple
Artículo 168, 171 Fracción I, 175, 180, 181, 182, y 183 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículos 24, 26 y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado 1 en sus políticas, ACGC004, ACGC006 y ACGC014 del Manual Catastral del Estado de México.
Apartado II política ACC003 del Manual Catastral del Estado de México.