Gobierno del Estado de México
 

Licencia de Excavación (relleno o movimiento de tierra)

Autorizar excavación, relleno o movimiento de tierra, pudiendo ocupar la vía pública para: cargar y descargar material de construcción y de los productos de excavación o demoliciones, instalación de andamios y tapiales o estructuras provisionales que se requieran para la ejecución de la obra y edificación autorizada, una vez realizado el uso de la vía pública, el titular de las licencias deberá restaurarla a su estado original.
Av. Isidro Fabela No. Ext. 72 No. Int. , Col. Barrio Nativitas, C.P. 54900, Tultitlán, México
Costo:
$ 562.98 pesos.
Adicional:
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Sección Tercera (De los derechos de Desarrollo Urbano y Obras Publicas) Articulo 143, Fracción IV, Articulo 44 fracción II, Inciso C.
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Transferencia y Cheque.
Lugares de pago:
Bancos y Otro.
Otras alternativas:
Cajas de la tesorería municipal de tultitlan
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tultitlán
Vigencia del trámite o servicio:
1 año(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
En caso de nivelar el terreno, ocupar la vía pública, banquetas, guarniciones o arroyo vehicular.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato único de solicitud
SI
1, Simple
Titulo Segundo de las Licencias de Construcción, Capitulo Primero de las Licencias de Construcción, Articulo 18.20 y 18.21 del Libro Decimo del Código Administrativo del Estado de México.

2. Documento que acredite la propiedad del solicitante
SI
1, Simple
Titulo Segundo de las Licencias de Construcción, Capitulo Primero de las Licencias de Construcción, Articulo 18.20 y 18.21 del Libro Decimo del Código Administrativo del Estado de México.

3. Documento que acredite la propiedad o la posesión en concepto del propietario del inmueble.
SI
1, Simple
Titulo Segundo de las Licencias de Construcción, Capitulo Primero de las Licencias de Construcción, Articulo 18.20 y 18.21 del Libro Decimo del Código Administrativo del Estado de México.

4. Croquis de localización del área donde se va realizar.
SI
1, Certificada
Titulo Segundo de las Licencias de Construcción, Capitulo Primero de las Licencias de Construcción, Articulo 18.20 y 18.21 del Libro Decimo del Código Administrativo del Estado de México.

5. Memoria y programa del procedimiento respectivo.
SI
1, Simple
Titulo Segundo de las Licencias de Construcción, Capitulo Primero de las Licencias de Construcción, Articulo 18.20 y 18.21 del Libro Decimo del Código Administrativo del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato de solicitud único
SI
1, Simple
Titulo Segundo de las Licencias de Construcción, Capitulo Primero de las Licencias de Construcción, Articulo 18.20 y 18.21 del Libro Decimo del Código Administrativo del Estado de México.

2. Documento que acredite la personalidad del solicitante.
SI
1, Simple
Titulo Segundo de las Licencias de Construcción, Capitulo Primero de las Licencias de Construcción, Articulo 18.20 y 18.21 del Libro Decimo del Código Administrativo del Estado de México.

3. Documento que acredite la propiedad o la posesión en concepto del propietario del inmueble
SI
1, Simple
Titulo Segundo de las Licencias de Construcción, Capitulo Primero de las Licencias de Construcción, Articulo 18.20 y 18.21 del Libro Decimo del Código Administrativo del Estado de México.

4. Croquis de localización del área donde se va realizar.
SI
1, Simple
Titulo Segundo de las Licencias de Construcción, Capitulo Primero de las Licencias de Construcción, Articulo 18.20 y 18.21 del Libro Decimo del Código Administrativo del Estado de México.

5. Memoria y programa del procedimiento respectivo.
SI
1, Simple
Titulo Segundo de las Licencias de Construcción, Capitulo Primero de las Licencias de Construcción, Articulo 18.20 y 18.21 del Libro Decimo del Código Administrativo del Estado de México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud única con firma del representante legal y/o perito
SI
1, Simple
Titulo Segundo de las Licencias de Construcción, Capitulo Primero de las Licencias de Construcción, Articulo 18.20 y 18.21 del Libro Decimo del Código Administrativo del Estado de México.

2. Expediente técnico
SI
1, Simple
Titulo Segundo de las Licencias de Construcción, Capitulo Primero de las Licencias de Construcción, Articulo 18.20 y 18.21 del Libro Decimo del Código Administrativo del Estado de México.

3. Croquis Arquitectónico
SI
1, Simple
Titulo Segundo de las Licencias de Construcción, Capitulo Primero de las Licencias de Construcción, Articulo 18.20 y 18.21 del Libro Decimo del Código Administrativo del Estado de México.

Ingresar el formato único de solicitud con la documentación solicitada.
Se genera la orden de pago y se le entrega al ciudadano
Realizar el pago de los derechos y se entrega una copia del mismo en las Oficinas.
En término de 3 días hábiles pasar a recoger el resolutivo del trámite solicitado.
Dependencia u organismo:
Municipio Tultitlán
Dirección general:
Dirección de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente
Titular de la unidad administrativa responsable:
Arq. Ricardo Rojas Sánchez
Cargo del titular:
Director
Domicilio:
Av. Isidro Fabela No. Ext. 72 No. Int. , Col. Barrio Nativitas, C.P. 54900, Tultitlán, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 5558884845 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: medio.ambiente@tultitlan.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Licencia de Excavación, Relleno o Movimiento de Tierra
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
1 año(s)
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿A partir de cuantos metros es necesario la licencia?
A partir de los 6 metros
2. ¿Si es dentro de mi propiedad es necesario la licencia?
Si
3. ¿Es necesario que el dueño del predio realice el tramite?
Puede enviar a un representante que presente la carta poder debidamente
Fundamento legal:
?Libro Quinto del Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y del Desarrollo Urbano de los Centros de Población del Código Administrativo del Estado de México.
?Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
?Libro Décimo Octavo de las Construcciones del Código Administrativo del Estado de México.
?Código Financiero del Estado de México y Municipios.
?Plan Municipal de Desarrollo Urbano Vigente.
?Bando Municipal.
?Normas Técnicas.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Siempre que cumpla con los requisitos
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
En caso de nivelar el terreno, ocupar la vía pública, banquetas, guarniciones o arroyo vehicular.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
20/06/2023 09:07 am



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