Gobierno del Estado de México
 

Factibilidad de los servicios para uso domestico

Consiste en el análisis, estudio y en su caso aprobación del dictamen de factibilidad cuyo fin es garantizar la adecuada incorporación a los servicios que presta el organismo de un inmueble para uso doméstico tipo unifamiliar.
Av. Isidro Fabela No. Ext. 72 A No. Int. , Col. Barrio Nativitas, C.P. 54900, Tultitlán, México
 

Costo

Costo
6.18 UMA vigente
Adicional:
Gaceta del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México publicada el 21 de diciembre de 2022, donde se establecen las tarifas aplicables al pago de los derechos por los servicios públicos municipales de agua potable, drenaje, alcantarillado, y recepción de los caudales de aguas residuales para su tratamiento, diferentes en las previstas en el Código Financiero del Estado de México y Municipios, que presta el Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, México, para el ejercicio fiscal 2023;
En términos de la publicación en el Periódico Oficial, Gaceta Municipal no. 71 volumen 3 de fecha 28 de diciembre de 2022, mediante el cual se autorizan los Precios Públicos aplicables para el ejercicio fiscal 2023.
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito y Transferencia.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Oficinas Centrales del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, México.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tultitlán
Vigencia del trámite o servicio:
1 año(s)
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando los propietarios o poseedores de inmuebles tipo unifamiliar, requieran contratar los servicios para uso doméstico.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Requisitar el formato de solicitud de trámite.
SI
NO
Artículo 118 fracciones I y II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 50 fracciones V, IX, X y XI del Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento del Organismo Público para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán México.

2. Identificación oficial vigente: (credencial para votar, expedida por el instituto nacional electoral, pasaporte o cédula profesional).
SI
1, Simple
Artículo 118 fracciones I y II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 50 fracciones V, IX, X y XI del Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento del Organismo Público para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán México.

3. En caso de no ser el titular. carta poder original, debidamente requisitada, con firmas autógrafas ante dos testigos, sin ratificación de firmas, anexando copia simple de las identificaciones de los que intervienen
SI
NO
Artículo 118 fracciones I y II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 50 fracciones V, IX, X y XI del Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento del Organismo Público para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán México.

4. Comprobante de domicilio o constancia domiciliaria, no mayor a 3 meses de antigüedad, con el domicilio en referencia al trámite.
SI
1, Simple
Artículo 118 fracciones I y II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 50 fracciones V, IX, X y XI del Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento del Organismo Público para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán México.

5. Documento que acredite la legal propiedad o posesión del inmueble como: escritura pública, traslado de dominio, sentencia judicial con declaratoria de haber causado ejecutoria, contrato de compra-venta/notariado: en caso de propiedad social y/o posesión deberá presentar constancia ejidal (a nombre del peticionante), si presenta contrato de compra venta (simple) o cesión de derechos también deberá, presentar la identificación oficial de quien vende o cede según sea el caso y el contrato será innominado, es decir se registrará al "c. usuario de la toma". en caso de trámites de subdivisión y/o fusión, deberá presentar los respectivos planos y dictamen correspondiente, emitido por la autoridad competente
SI
1, Simple
Artículo 118 fracciones I y II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 50 fracciones V, IX, X y XI del Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento del Organismo Público para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán México.

6. Croquis de localización y/o ubicación del inmueble; (especificando nombres de calle y entre que calles adyacentes y/o referencias donde se encuentra el inmueble para el cual requiere el servicio o impresión en Google Maps, acotando la superficie total.
SI
1, Simple
Artículo 118 fracciones I y II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 50 fracciones V, IX, X y XI del Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento del Organismo Público para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán México.

7. Pago de los servicios al corriente (en el caso de fusión o subdivisión).
SI
1, Simple
Artículo 118 fracciones I y II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 50 fracciones V, IX, X y XI del Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento del Organismo Público para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán México.

1. Presentarse ante las oficinas centrales del Organismo (Av. Isidro Fabela, No. 72-A, Barrio Nativitas, Municipio de Tultitlán, Edo. Méx.) con sus requisitos completos.
2. Indicar en ventanilla de este Organismo el trámite o servicio que desea realizar.
3. En su caso ingresara la solicitud del trámite o servicio que requiera o se le remitirá al área responsable quien le recabara sus requisitos y le proporcionara la información adecuada a sus necesidades.
Dependencia u organismo:
Municipio Tultitlán
Dirección general:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán México
Unidad administrativa responsable:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán México
Titular de la unidad administrativa responsable:
Ing. Eloy espinosa Montoya
Cargo del titular:
Director
Domicilio:
Av. Isidro Fabela No. Ext. 72 A No. Int. , Col. Barrio Nativitas, C.P. 54900, Tultitlán, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 5558883333 Ext: 119
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: apast@tultitlan.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Dictamen de factibilidad de los servicios para uso doméstico.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
1 año(s)
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Qué es una factibilidad?
Es la opinión técnica, jurídica y administrativa, que emite el Organismo para determinar la viabilidad para la prestación de los servicios.
2. ¿Es posible solicitar una factibilidad, cuando ya se cuentan con los servicios?
Únicamente en los casos que sea una fusión o subdivisión del predio
3. ¿Se puede convenir el monto resultante de los conceptos que implican la factibilidad de servicios?
No, debido a que el importe a pagar implica llevar a cabo obras y trabajos físicos de conexión de los servicios.
Fundamento legal:
Artículo 13 fracción VI; 61 fracción III; 67 fracción I, II, III, IV, V y VI; 68 fracción II; 69 fracción I, II, III, VI, VII y IX; 70 fracción II, III y VIII; 71, 72, 73, 76, 79 fracción I y II de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios;
Artículo 47, 129 fracción I, II, III, V, VI, VII, IX, X y XII; 130, 130 bis, 132, 133 fracción I, 134 y 135 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 50 fracción IX, XI y XLVII del Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Siempre que se cumpla con los requisitos.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando los propietarios o poseedores de inmuebles tipo unifamiliar, requieran contratar los servicios para uso doméstico.
Última actualización:
12/06/2023 10:36 am



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