Gobierno del Estado de México
 

Autorización para Poda, Tala y/o Trasplante de Arbol (es)

La expedición de autorización de poda, tala o trasplante de arbolado, es un documento expedido por la autoridad municipal, el cual establece las medidas adoptadas para la poda, tala o trasplante de árboles en áreas urbanas siempre apegado a la preservación y cuidado del medio ambiente.
Av. Isidro Fabela No. Ext. 72 No. Int. , Col. Barrio Nativitas, C.P. 54900, Tultitlán, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tultitlán
Vigencia del trámite o servicio:
3 mes(es)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
En el caso de que se requiera podar, talar, trasplantar o derribar un árbol

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito libre Dirigido al Director de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Formato de Solicitud Unico
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

3. Identificación Oficial con Fotografía
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Anexar las fotografías del arbolado
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito libre Dirigido al Director de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Formato Único de Solicitud
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

3. Identificación Oficial con Fotografía
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Anexar Fotografía del Arbolado
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito libre dirigido al Director de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Formato Único de Solicitud
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

3. Identificación Oficial con Fotografía
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Anexar Fotografías
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Ingresar el formato único de solicitud con los documentos solicitados.
Se programa la visita de inspección para la evaluación del arbolado
Se emite el permiso de autorización de poda, derribe y/o trasplante del arbolado.
Se entrega el permiso al ciudadano para que puedan llevar acabo el servicio.
Dependencia u organismo:
Municipio Tultitlán
Dirección general:
Dirección de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente
Titular de la unidad administrativa responsable:
Arq. Ricardo Rojas Sánchez
Cargo del titular:
Director
Domicilio:
Av. Isidro Fabela No. Ext. 72 No. Int. , Col. Barrio Nativitas, C.P. 54900, Tultitlán, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 5558884845 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: medio.ambiente@tultitlan.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Autorización para la Poda, Trasplanta y/o Derribe
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
3 mes(es)
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Hasta qué altura el interesado puede llevar acabo el mantenimiento estético del árbol?
Cuando el árbol no sobrepase los 3 metros de altura
2. ¿el ayuntamiento se puede hacer cargo de la poda, tala y/o trasplante cuando el árbol este dentro de los predios?
Solo cuando este en vía publica o espacios públicos
3. ¿Tiene costo la autorización?
Se solicita resarción del daño de acuerdo a lo establecido en la normativa aplicable
Fundamento legal:
Ley General de Equilibro Ecológico y Protección al Ambiente
Ley General para la Prevención Integral de los Residuos
Código para la Biodiversidad del Estado de México
Norma Técnica Estatal Ambiental NTEA-018-DS-2017 que establece las especificaciones técnicas y criterios que deberán cumplir las autoridades de carácter público, personas físicas, jurídicas, colectivas, privadas y en general todos aquellos que realicen labores de poda, derribo, trasplante y sustitución de árboles en zonas urbanas del Estado de México.
Bando Municipal de Tultitlán
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Siempre que cumpla con los requisitos
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
En el caso de que se requiera podar, talar, trasplantar o derribar un árbol
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
20/06/2023 08:41 am



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