Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. 1. Haber acudido a valoración con la médica especialista en rehabilitación.
NO
1, Simple
Gaceta de Gobierno 202/3/001/02, viernes 31 de enero de 2020, pp.451- 461
La utilidad de requisito se va a tramite
2. 2. Carta de petición dirigida a gubernatura, presidencia o dirección general del DIF Estado de México.
SI
1, Simple
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La utilidad de requisito se va a tramite
3. 3. Resumen medico con los datos completos y diagnóstico del paciente, con la prescripción del apoyo solicitado con nombre completo, firma y cedula profesional del Médico Especialista en Rehabilitación
SI
1, Simple
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La utilidad de requisito se va a tramite
4. 4.-Fotografía de cuerpo completo, tamaño postal de la persona.
SI
NO
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5. 5. Identificación del paciente y del familiar ampliada al 200% (del familiar solo cuando el paciente dependa de él o bien sea menos de edad).
NO
2, Simple
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La utilidad de requisito se va a tramite
6. 6. CURP del paciente y familiar (del familiar solo cuando el paciente dependa de él o bien sea menor de edad).
NO
2, Simple
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La utilidad de requisito se va a tramite
7. 7. Acta de nacimiento solo en caso de ser menor de edad.
NO
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La utilidad de requisito se va a tramite
8. 8. Para el trámite de prótesis de miembros, se debe presentar valoración psicológica del paciente, con sus datos completos y diagnóstico, avalada con el nombre completo, firma y cedula profesional del Lic. En Psicología tratante.
SI
1, Simple
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La utilidad de requisito se va a tramite
9. 9. Para el caso de auxiliares auditivos la prescripción deberá ser elaborara da y firmada por un médico especialista en comunicación, audiología o foniatría y el estudio no deberá ser mayor a 5 meses.
SI
1, Simple
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