Gobierno del Estado de México
 

Constancia de Identidad Catastral

Documento donde se plasman las características catastrales del inmueble.
José Vicente Villada No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 52280, San Antonio la Isla, México
Costo:
$ 217 pesos.
Adicional:
Según el Artículo 166 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, 2.5 UMAS.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2020 al 31/12/2020.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito y Cheque.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Ventanilla de Tesorería y Administración Municipal
Ámbito:
Municipal
Municipio:
San Antonio la Isla
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el inmueble sufrió de alguna modificación y el contribuyente realizará algún trámite referente a su predio.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito libre dirigido al titular de la Unidad Administrativa de Catastro Municipal solicitando el trámite.
SI
NO
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 166 Fracción II, 170 Fracción XII, 171 Fracción XVIII, 173 y 183.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 5 Fracción I, 21, 22 y 23.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACGC001, ACGC003, ACGC004 y ACGC007.

2. Documento que acredite la propiedad, puede ser cualquiera de los siguientes:
-Escritura pública
-Contrato privado de compra-venta, cesión o donación
-Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria
-Manifestación del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por autoridad fiscal respectiva y el recibo de pago correspondiente
-Acta de entrega, cuando se trate de inmuebles de interés social
-Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra
-Título, certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes; así como la sentencia emitida por el Tribunal Agrario
-Inmatriculación administrativa o judicial
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 166 Fracción II, 170 Fracción XII, 171 Fracción XVIII, 173 y 183.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 5 Fracción I, 21, 22 y 23.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACGC001, ACGC003, ACGC004 y ACGC007.

3. Identificación oficial del titular.
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 166 Fracción II, 170 Fracción XII, 171 Fracción XVIII, 173 y 183.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 5 Fracción I, 21, 22 y 23.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACGC001, ACGC003, ACGC004 y ACGC007.

4. Último recibo de pago predial.
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 166 Fracción II, 170 Fracción XII, 171 Fracción XVIII, 173 y 183.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 5 Fracción I, 21, 22 y 23.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACGC001, ACGC003, ACGC004 y ACGC007.

5. Cita para verificación del predio, la cual puede solicitar en las oficinas de la Unidad Administrativa de Catastro Municipal al momento de entregar su documentación.
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 166 Fracción II, 170 Fracción XII, 171 Fracción XVIII, 173 y 183.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 5 Fracción I, 21, 22 y 23.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACGC001, ACGC003, ACGC004 y ACGC007.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito libre dirigido al titular de la Unidad Administrativa de Catastro Municipal solicitando el trámite
SI
NO
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 166 Fracción II, 170 Fracción XII, 171 Fracción XVIII, 173 y 183.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 5 Fracción I, 21, 22 y 23.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACGC001, ACGC003, ACGC004 y ACGC007.

2. Carta poder
SI
NO
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 166 Fracción II, 170 Fracción XII, 171 Fracción XVIII, 173 y 183.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 5 Fracción I, 21, 22 y 23.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACGC001, ACGC003, ACGC004 y ACGC007.

3. Identificación de titular, quien acepta el poder y de los testigos
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 166 Fracción II, 170 Fracción XII, 171 Fracción XVIII, 173 y 183.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 5 Fracción I, 21, 22 y 23.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACGC001, ACGC003, ACGC004 y ACGC007.

4. Documento que acredite la propiedad, puede ser cualquiera de los siguientes:
-Escritura pública
-Contrato privado de compra-venta, cesión o donación
-Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria
-Manifestación del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por autoridad fiscal respectiva y el recibo de pago correspondiente
-Acta de entrega, cuando se trate de inmuebles de interés social
-Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra
-Título, certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes; así como la sentencia emitida por el Tribunal Agrario
-Inmatriculación administrativa o judicial
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 166 Fracción II, 170 Fracción XII, 171 Fracción XVIII, 173 y 183.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 5 Fracción I, 21, 22 y 23.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACGC001, ACGC003, ACGC004 y ACGC007.

5. Último recibo de pago predial
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 166 Fracción II, 170 Fracción XII, 171 Fracción XVIII, 173 y 183.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 5 Fracción I, 21, 22 y 23.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACGC001, ACGC003, ACGC004 y ACGC007.

6. Cita para verificación del predio, la cual puede solicitar en las oficinas de la Unidad Administrativa de Catastro Municipal al momento de entregar su documentación.
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 166 Fracción II, 170 Fracción XII, 171 Fracción XVIII, 173 y 183.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 5 Fracción I, 21, 22 y 23.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACGC001, ACGC003, ACGC004 y ACGC007.

Presentarse en las instalaciones de la Unidad Administrativa de Catastro Municipal para recibir la orientación e información respecto al trámite (requisitos).
Entregar en la Unidad Administrativa de Catastro Municipal los requisitos para la realización del trámite, para su validación; asimismo, agendar cita para verificación del predio.
Una vez realizada la verificación del predio y después de transcurrido el periodo necesario para el proceso del resultado del trámite, acudir a las oficinas de la Unidad Administrativa de Catastro para recibir la Constancia de Identidad Catastral.
Dependencia u organismo:
Municipio San Antonio la Isla
Dirección general:
Tesorería y Administración Municipal
Unidad administrativa responsable:
Tesorería y Administración Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Nohemí Judith Chávez Camacho
Cargo del titular:
Tesorera y Administradora Municipal
Domicilio:
José Vicente Villada No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 52280, San Antonio la Isla, México
Contacto:
Telefono1: ( 717 ) 1046335 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: catastrosali@gmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Constancia de Identidad Catastral
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
4 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
4 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Puedo hacer el trámite por internet?
No, es únicamente presencial, en la Unidad Administrativa de Catastro Municipal.
2. ¿Cuándo debo solicitar una Constancia de Identidad Catastral?
Se solicita para la realización de trámites relacionados al predio.
3. ¿Dónde encuentro el formato para solicitar la Constancia de Identidad Catastral?
No existe un formato predeterminado; Usted puede solicitar el trámite mediante escrito libre, dirigido al titular de la Unidad Administrativa de Catastro Municipal.
Fundamento legal:
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 166 Fracción II, 170 Fracción XII, 171 Fracción XVIII, 173 y 183.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 5 Fracción I, 21, 22 y 23.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACGC001, ACGC003, ACGC004 y ACGC007.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
-Cumplir con todos los requisitos.
-En caso que en la verificación de campo se identifique que existe un conflicto entre particulares, Catastro se abstiene de realizar algún trámite o servicio.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el inmueble sufrió de alguna modificación y el contribuyente realizará algún trámite referente a su predio.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
11/09/2020 12:53 pm



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