Gobierno del Estado de México
 

Constancia de Regularización, Dirección de Desarrollo Urbano Nezahualcóyotl.

Tiene por objeto regular las construcciones privadas que se realizaron en el territorio, sin haber obtenido previamente la licencia de construcción correspondiente.
Avenida Chimalhuacán, entre calle Faisán y Caballo Bayo No. Ext. S/N No. Int. N/A, Col. Benito Juarez., C.P. 57000, Nezahualcóyotl, México
 

Costo

TRAMITE
CONST REG (HAB)
COSTO
$ 31.75
UNIDAD DE MEDIDA
M2
TRAMITE
CONST REG (COM)
COSTO
$ 53.88
UNIDAD DE MEDIDA
M2
Adicional:
Nota: el costo total del trámite variará de acuerdo a los metros cuadrados de construcción, el uso de suelo (ya sea habitacional, comercial o mixto), y las sanciones aplicadas por incumplimiento a la ley o norma, o ya sea en caso de ampliación de la construcción no aplica la permanencia de esta constancia. Si es que existieran.
Conforme al artículo 143 fracción V y 144 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios; se pagarán los derechos por los servicios prestados por desarrollo urbano.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2022 al 31/12/2022.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Lugares de pago:
Bancos y Otro.
Otras alternativas:
Ventanilla seis de tesorería, lobby del palacio municipal de Nezahualcóyotl, avenida Chimalhuacán s/n entre faisán y, calle caballo bayo, col. Benito Juárez y ventanilla de tesorería unidad administrativa del h. Ayuntamiento de cd. Nezahualcóyotl (la bola), av. Hank González. Col. Campestre guadalupana.
Elektra, banco azteca, bbva bancomer.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Nezahualcóyotl
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se construye sin la licencia correspondiente

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción I del Libro Décimo Octavo de las Construcciones; artículo 8 fracción I inciso a, b, c, d, e, f y fracción II inciso a, b, y c del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

2. Identificación oficial vigente con fotografía del solicitante y en su caso, del representante legal.
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso a, del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

3. En su caso, los que acrediten la personalidad del solicitante y de su representante legal.
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso b, del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

4. Documento que acredite la propiedad inscrito en el Instituto de la Función Registral del Estado de México (escrituras públicas y resoluciones judiciales o administrativas).
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracción II del Libro Décimo Octavo de las Construcciones, artículo 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

5. Constancia de Alineamiento y Número Oficial.
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracción III inciso a, no. 2 del Libro Décimo Octavo de las Construcciones del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 18.21 fracción III inciso a, no. 2 del Libro Décimo Octavo de las Construcciones del Código Administrativo del Estado de México.

6. Planos arquitectónicos del proyecto, firmados por director responsable de obra y/o corresponsable de obra.
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracción III inciso a, no. 3 del Libro Décimo Octavo de las Construcciones del Código Administrativo del Estado de México.

7. Constancia de seguridad estructural firmada por D.R.O. (deberá contener: datos del propietario, ubicación, superficie del terreno, superficie existente y superficie a modificar, uso del inmueble, niveles, altura total).
NO
1, Simple
Artículo 18.19 ter. Inciso c y d del Código Administrativo del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción I del Libro Décimo Octavo de las Construcciones; artículo 8 fracción I inciso a, b, c, d, e, f y fracción II inciso a, b, y c del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

2. Identificación oficial vigente con fotografía del solicitante y en su caso, del representante legal.
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso a, del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

3. En su caso, los que acrediten la personalidad del solicitante y de su representante legal.
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso b, del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

4. Documento que acredite la propiedad inscrito en el Instituto de la Función Registral del Estado de México (escrituras públicas y resoluciones judiciales o administrativas).
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracción II del Libro Décimo Octavo de las Construcciones, artículo 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

5. Constancia de Alineamiento y Número Oficial.
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracción III inciso a, no. 2 del Libro Décimo Octavo de las Construcciones del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 18.21 fracción III inciso a, no. 2 del Libro Décimo Octavo de las Construcciones del Código Administrativo del Estado de México.

6. Planos arquitectónicos del proyecto, firmados por director responsable de obra y/o corresponsable de obra.
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracción III inciso a, no. 3 del Libro Décimo Octavo de las Construcciones del Código Administrativo del Estado de México.

7. Constancia de seguridad estructural firmada por D.R.O. (deberá contener: datos del propietario, ubicación, superficie del terreno, superficie existente y superficie a modificar, uso del inmueble, niveles, altura total).
NO
1, Simple
Artículo 18.19 ter. Inciso c y d del Código Administrativo del Estado de México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción I del Libro Décimo Octavo de las Construcciones; artículo 8 fracción I inciso a, b, c, d, e, f y fracción II inciso a, b, y c del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

2. Identificación oficial vigente con fotografía del solicitante y en su caso, del representante legal.
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso a, del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

3. En su caso, los que acrediten la personalidad del solicitante y de su representante legal.
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso b, del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

4. Documento que acredite la propiedad inscrito en el Instituto de la Función Registral del Estado de México (escrituras públicas y resoluciones judiciales o administrativas).
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracción II del Libro Décimo Octavo de las Construcciones, artículo 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

5. Constancia de Alineamiento y Número Oficial.
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracción III inciso a, no. 2 del Libro Décimo Octavo de las Construcciones del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 18.21 fracción III inciso a, no. 2 del Libro Décimo Octavo de las Construcciones del Código Administrativo del Estado de México.

6. Planos arquitectónicos del proyecto, firmados por director responsable de obra y/o corresponsable de obra.
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracción III inciso a, no. 3 del Libro Décimo Octavo de las Construcciones del Código Administrativo del Estado de México.

7. Constancia de seguridad estructural firmada por D.R.O. (deberá contener: datos del propietario, ubicación, superficie del terreno, superficie existente y superficie a modificar, uso del inmueble, niveles, altura total).
NO
1, Simple
Artículo 18.19 ter. Inciso c y d del Código Administrativo del Estado de México.

1. Contribuyente: se presenta ante la ventanilla de desarrollo urbano con la solicitud de licencia de construcción elaborada indicando que es para la obtención de constancia de regularización, así como con los documentos necesarios para realizar su trámite en cuestión.
2. Contribuyente: se le entrega la línea de captura y/o orden de pago y realiza el pago correspondiente en la tesorería municipal.
3. Contribuyente: ya que haya efectuado el pago correspondiente, regresa a ventanilla de desarrollo urbano y entrega copia del recibo de pago.
4. Contribuyente: se presenta ante ventanilla de desarrollo urbano con el acuse de, solicitud de licencia de construcción (constancia de regularización ) y el recibo de pago original.
5. El contribuyente asiste a las oficinas de desarrollo urbano para la entrega de la licencia de construcción (constancia de regularización).
Dependencia u organismo:
Municipio Nezahualcóyotl
Dirección general:
Dirección de Desarrollo Urbano
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Desarrollo Urbano
Titular de la unidad administrativa responsable:
Ing. Juan Carlos Vicente Barcenas
Cargo del titular:
Director
Domicilio:
Avenida Chimalhuacán, entre calle Faisán y Caballo Bayo No. Ext. S/N No. Int. N/A, Col. Benito Juarez., C.P. 57000, Nezahualcóyotl, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 57169070 Ext: 1804
Telefono2: ( ) N/A
Telefono3: ( ) N/A
Fax: N/A
Correo electrónico: desarrollourbanoneza@neza.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 15:00 horas de Lunes a Viernes
Otras oficinas que prestan el servicio:
Oficina:
Subdireccion de Desarrollo Urbano de la Unidad Administrativa Nezahualcoyotl.
Domicilio Calle 35, entre Av. 6 y Av. 8 No. Ext. S/N No. Int. N/A, Col. Campestre Guadalupana,
C.P. 57120, Municipio Nezahualcóyotl, México
Municipios que atiende: Nezahualcóyotl
Titular de la oficina:
Carlos Quetzalcoatl Cabello Avila
Cargo del titular:
Subdirector.
Teléfonos:
55 5517107822
Correo electrónico:
uadmin@nezahualcoyotl.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 15:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
CONSTANCIA DE REGULARIZACIÓN
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿En qué casos es necesaria la regularización?
Cuando se construye sin licencia de construcción
2. ¿Dónde se ingresa la solicitud?
Dependiendo de su domicilio
3. ¿Se puede realizar vía electrónica?
Por el momento no se tiene habilitada esta opción
Fundamento legal:
Artículo 115 fracción V inciso f de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 122,123 y 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
Artículo 5.10 fracción VI, Libro Quinto del Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y del Desarrollo Urbano de los Centros de Población, del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 18.35,18.72 fracción III, inciso a, del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México
Artículos 144 fracción X inciso a del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
En caso que la solicitud no sea clara o carezca de alguno de los datos o documentos a que se refiere este artículo, la autoridad que conozca del asunto prevendrá al interesado a efecto que en el plazo no mayor a tres días hábiles subsane lo requerido. En el supuesto de no hacerlo, la solicitud se tendrá por no presentada
Además de lo anterior se sujetará a las reglas siguientes:
I.- deberá solicitarse durante el periodo de vigencia de la licencia o permiso de construcción o su prorroga.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se construye sin la licencia correspondiente
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
27/10/2022 02:40 pm



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