Gobierno del Estado de México
 

Autorización para Poda, Derribo y/o Trasplante de árbol (es)

El interesado llena el formato de solicitud de poda, derribo y/o trasplante de árbol (es), en el cual se piden los datos generales del solicitante, motivo de la solicitud antes mencionada, la cantidad de árboles que se va a afectar, así como el croquis de ubicación de la casa habitación, empresa o negocio donde se pretende realizar la poda, derribo o trasplante del árbol (es), se analiza la información en el Departamento Jurídico y de Normatividad Ambiental, posteriormente se realiza la inspección en la ubicación descrita en la solicitud, donde se toman los datos del árbol (es), (especie, diámetro, altura, cobertura de copa, coordenadas de localización, el estado físico y fotografías), para su posterior autorización.
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada No. Ext. S/N No. Int. , Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tlalnepantla de Baz
Vigencia del trámite o servicio:
3 mes(es)
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se pretenda realizar la poda, trasplante o derribo de especies arbóreas.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. .- Asistir a la Dirección de Sustentabilidad Ambiental y Movilidad por el formato de solicitud de poda, derribo y/o trasplante de árbol (es), una vez llenado ingresarlo por Oficialía de Partes y darle seguimiento en la Dirección de Sustentabilidad para su respuesta
SI
1, Simple
Artículos 115 fracción II, III fracción V inciso g) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

2. Identificación oficial
NO
1, Simple
Artículos 122 y 123 la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México

3. Comprobante de domicilio
NO
1, Simple
Artículos 125 y 126 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México

4. Anexar tres fotografías del árbol (es) que muestren las afectaciones provocadas a la propiedad
SI
1, Simple
Artículo 4 y 8 fracciones II, XVI y XVII de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

5. En caso de que el (los) árbol (es) colinde con otro predio o estén en áreas comunes deberán anexar anuencia (firma autorizada) del vecino
NO
1, Simple
Norma Técnica Estatal Ambiental NTEA-018-SeMAGEM-RS-2017, publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México de fecha 7 de febrero de 2018Artículo 2.6 fracción III, 2.9 fracciones XXIV y XXXIV, 2.263 fracciones IV, VII y VIII; 2.35 fracciones III y X del Código para la Biodiversidad del Estado de México

6. En el caso de ser una obra favor de anexar planos autorizados y licencia de construcción por la autoridad correspondiente
NO
1, Simple
Artículos 118 y 119 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

7. Manifestación de Impacto Ambiental en caso de ser obra
NO
1, Simple
Artículos 266 fracciones I, III, VI, VII, XXIII, XXIV y XLVII, Artículo 272 fracciones II, III, V y XIV del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, México

8. En caso de que el trámite lo realice un tercero deberá anexar carta poder con las cuatro identificaciones correspondientes en copia
SI
1, Simple
Artículo 17 fracciones XV, XIX, XXII y LXII, 69 del Bando Municipal de Tlalnepantla de Baz

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Asistir a la Dirección de Sustentabilidad Ambiental y Movilidad por el formato de solicitud de poda, derribo y/o trasplante de árbol (es), una vez llenado ingresarlo por Oficialía de Partes y darle seguimiento en la Dirección de Sustentabilidad para su respuesta
SI
1, Simple
Artículos 115 fracción II, III fracción V inciso g) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

2. Identificación oficial
NO
1, Simple
Artículos 122 y 123 la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México

3. Comprobante de domicilio
NO
1, Simple
Artículos 125 y 126 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México

4. Anexar tres fotografías del árbol (es) que muestren las afectaciones provocadas a la propiedad
SI
1, Simple
Artículo 4 y 8 fracciones II, XVI y XVII de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

5. En caso de que el árbol (es) colinde con otro predio o estén en áreas comunes deberán anexar anuencia (firma autorizada) del vecino
NO
1, Simple
Artículo 2.6 fracción III, 2.9 fracciones XXIV y XXXIV, 2.263 fracciones IV, VII y VIII; 2.35 fracciones III y X del Código para la Biodiversidad del Estado de México

6. En el caso de ser una obra favor de anexar planos autorizados y licencia de construcción por la autoridad correspondiente.
NO
1, Simple
Artículos 118 y 119 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

7. Manifestación de Impacto Ambiental en caso de ser obra
NO
1, Simple
Norma Técnica Estatal Ambiental NTEA-018-SeMAGEM-RS-2017, publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México de fecha 7 de febrero de 2018

8. Anexar poder notarial o acta constitutiva
SI
NO
Artículos 266 fracciones I, III, VI, VII, XXIII, XXIV y XLVII, Artículo 272 fracciones II, III, V y XIV del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, México

9. En caso de que el trámite lo realice un tercero deberá anexar carta poder con las cuatro identificaciones correspondientes en copia
SI
1, Simple
Artículo 17 fracciones XV, XIX, XXII y LXII, 69 del Bando Municipal de Tlalnepantla de Baz

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Asistir a la Dirección de Sustentabilidad Ambiental y Movilidad por el formato de solicitud de poda, derribo y/o trasplante de árbol (es), una vez llenado ingresarlo por Oficialía de Partes y darle seguimiento en la Dirección de Sustentabilidad para su respuesta
SI
1, Simple
Artículos 115 fracción II, III fracción V inciso g) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

2. Identificación oficial
NO
1, Simple
Artículos 122 y 123 la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México

3. Comprobante de domicilio
NO
1, Simple
Artículos 125 y 126 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México

4. Anexar tres fotografías del árbol (es) que muestren las afectaciones provocadas a la propiedad
SI
NO
Artículo 4 y 8 fracciones II, XVI y XVII de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

5. En caso de que el árbol (es) colinde con otro predio o estén en áreas comunes deberán anexar anuencia (firma autorizada) del vecino
NO
1, Simple
Artículo 2.6 fracción III, 2.9 fracciones XXIV y XXXIV, 2.263 fracciones IV, VII y VIII; 2.35 fracciones III y X del Código para la Biodiversidad del Estado de México

6. En caso de que el trámite lo realice un tercero deberá anexar carta poder con las cuatro identificaciones correspondientes en copia
SI
1, Simple
Norma Técnica Estatal Ambiental NTEA-018-SeMAGEM-RS-2017, publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México de fecha 7 de febrero de 2018

Dependencia u organismo:
Municipio Tlalnepantla de Baz
Dirección general:
Dirección de Sustentabilidad Ambiental
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Sustentabilidad Ambiental
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Fidel Rodrigo Velázquez Escalera
Cargo del titular:
Director de Sustentabilidad Ambiental
Domicilio:
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada No. Ext. S/N No. Int. , Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 53 66 38 00 Ext: 8
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Autorización para podar, derribar y/o trasplantar.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
1 mes(es)
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 mes(es)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
3 mes(es)
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Quién realiza la poda de los árboles?
La puede realizar en ciudadano contratando al personal calificado para hacerlo y/o la Dirección de Servicios y Mantenimiento Urbano
2. ¿Cuándo van a ir a realizar la poda?
La Dirección de Sustentabilidad Ambiental y Movilidad solo tiene atribuciones para emitir la autorización para que se realicen los trabajos de poda, derribo y/o trasplante
3. ¿Tengo que sacar permiso para podar mi árbol que tengo en el interior de mi inmueble?
Si, toda persona que pretenda podar, derribar y/o trasplantar árboles tiene que solicitar a la Dirección de Sustentabilidad Ambiental y Movilidad la autorización correspondiente de acuerdo al Bando Municipal Vigente
Fundamento legal:
Artículos 115 fracción II, III fracción V inciso g) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 122 y 123 la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Artículos 125 y 126 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México
Artículo 4 y 8 fracciones II, XVI y XVII de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Artículo 2.6 fracción III, 2.9 fracciones XXIV y XXXIV, 2.263 fracciones IV, VII y VIII; 2.35 fracciones III y X del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 118 y 119 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Norma Técnica Estatal Ambiental NTEA-018-SeMAGEM-RS-2017, publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México de fecha 7 de febrero de 2018.
Artículos 266 fracciones I, III, VI, VII, XXIII, XXIV y XLVII, Artículo 272 fracciones II, III, V y XIV del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, México.
Artículo 17 fracciones XV, XIX, XXII y LXII, 69 del Bando Municipal de Tlalnepantla de Baz.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
LAS SOLICITUDES DE PODA, DERRIBO Y/O TRASPLANTE DE ARBOLES SE VALORARÁ CONFORME AL DICTAMEN DE LOS INSPECTORES CERTIFICADOS POR LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO.
DE NO SER PROCEDENTE LA PETICIÓN SE CONTESTARÁ POR ESCRITO.
EL TRÁMITE ES GRATUITO,EN EL CASO DE DERRIBO Y/O REUBICACIÓN TENDRÁ QUE CUBRIR UNA COMPENSACIÓN POR COBERTURA VEGETAL AFECTADA
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se pretenda realizar la poda, trasplante o derribo de especies arbóreas.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
29/09/2020 01:03 pm



Arriba