Gobierno del Estado de México
 

Asignación de Clave Catastral

Identificar, inscribir y registrar los inmuebles ubicados en una jurisdicción territorial e integrar, controlar y actualizar de manera homogénea el inventario analítico de la propiedad raíz de un municipio y agregación del padrón catastral del Estado.
Municipio Libre No. Ext. 1 No. Int. N/P, Col. Centro, C.P. 56530, Ixtapaluca, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Ixtapaluca
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Por asignación, baja y reasignación de Clave Catastral.
Se requiere, cuando la información que manifiesta el contribuyente difiere en la información del registro gráfico digital a nivel predio, con que cuenta la oficina

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Croquis de ubicación, en caso de Colonia (foto de fachada)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

Manual catastral del Estado de México
ACC003
ACC004

2. C.U.R.P. de propietario
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

Manual catastral del Estado de México
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ACC004

3. Identificación oficial del Gestor (en su caso)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

Manual catastral del Estado de México
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4. Carta poder para la realización del trámite (cuando lo realiza una persona distinta al propietario)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

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5. 2.- Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble. Para acreditar la propiedad o posesión del inmueble puede presentar copia simple de cualquiera de los siguientes documentos:


A) EN CASO DE COLONIAS
*Testimonio notarial
*Contrato de compra-venta, cesión o donación (original para cotejo)
*Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria, escritura o cedula de contratación que la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra (CORETT o IMEVIS)
* Titulo, certificado o cesión de derechos agrarios ejidales o comunales
*Inmatriculación Administrativa o judicial
B) EN CASO DE UNIDADES HABITACIONALES
*Copia simple de la escritura certificada, con anexo de la memoria descriptiva (medidas, colindancia e indiviso), en caso de traspaso anexar: Contrato de compra venta y poder notarial o sentencia de adjudicación.
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

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6. 1.- Formato de solicitud debidamente llenado
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

Manual catastral del Estado de México
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ACC004
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis



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7. Carta de presentación del notario
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

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8. Último recibo de pago del impuesto predial
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis



Manual catastral del Estado de México
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9. Identificación Oficial del Propietario (IFE, INE, CEDULA PROF. O PASAPORTE VIGENTE AL 200%)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

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10. 3.-Manifestacion de Traslado de Dominio (en su caso)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis



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Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Identificación Oficial del Propietario al 200%
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

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2. Acta Constitutiva
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

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3. Formato de solicitud debidamente llenado
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

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4. Poder Notarial del Representante Legal
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

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5. Identificación oficial del Gestor (en su caso)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis
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6. 2.- Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble. Para acreditar la propiedad o posesión del inmueble puede presentar copia simple de cualquiera de los siguientes documentos:

A) EN CASO DE COLONIAS
*Testimonio notarial
*Contrato de compra-venta, cesión o donación (original para cotejo)
*Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria, escritura o cedula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra (CORETT o IMEVIS)
* Titulo, certificado o cesión de derechos agrarios ejidales o comunales
*Inmatriculación Administrativa o judicial



B)EN CASO DE UNIDADES HABITACIONALES
*Copia certificada de la escritura, con anexo de la memoria descriptiva (medidas, colindancia e indivisos)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

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7. Manifestación de Traslado de Dominio (en su caso)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

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8. Carta poder para la realización del trámite (cuando lo realiza una persona distinta al propietario o apoderado)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis
Manual catastral del Estado de México
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9. C.U.R.P. de propietario
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

Manual catastral del Estado de México
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10. Croquis de ubicación
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

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11. Último recibo de pago del impuesto predial
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

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Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Identificación Oficial del Propietario
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

Manual catastral del Estado de México
ACC003
ACC004

2. Carta poder para la realización del trámite (cuando lo realiza una persona distinta al propietario)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

Manual catastral del Estado de México
ACC003
ACC004

3. Croquis de ubicación
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

Manual catastral del Estado de México
ACC003
ACC004

4. Carta de presentación del notario
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

Manual catastral del Estado de México
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ACC004

5. Manifestación de Traslado de Dominio (en su caso)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

Manual catastral del Estado de México
ACC003
ACC004

6. Formato de solicitud debidamente llenado
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis
Manual catastral del Estado de México
ACC003
ACC004

7. C.U.R.P. de propietario
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

Manual catastral del Estado de México
ACC003
ACC004

8. 2.- Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble. Para acreditar la propiedad o posesión del inmueble puede presentar copia simple de cualquiera de los siguientes documentos:

A)EN CASO DE COLONIAS

*Testimonio notarial
*Contrato de compra-venta, cesión o donación.
*Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria, escritura o cedula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra (CORETT o IMEVIS)
* Titulo, certificado o cesión de derechos agrarios ejidales o comunales
*Inmatriculación Administrativa o judicial




B)EN CASO DE UNIDADES HABITACIONALES
*Copia certificada de la escritura, con anexo de la memoria descriptiva (medidas, colindancia e indivisos)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

Manual catastral del Estado de México
ACC003
ACC004

9. Identificación oficial del Gestor (en su caso)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

Manual catastral del Estado de México
ACC003
ACC004

10. Último recibo de pago del impuesto predial
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

Manual catastral del Estado de México
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Presentar la documentación requerida en las oficinas de Subdirección Catastro
Dependencia u organismo:
Municipio Ixtapaluca
Dirección general:
Dirección de Administración y Finanzas
Unidad administrativa responsable:
Subdirección Catastro
Titular de la unidad administrativa responsable:
María Yazmín López Castellano
Cargo del titular:
Director
Domicilio:
Municipio Libre No. Ext. 1 No. Int. N/P, Col. Centro, C.P. 56530, Ixtapaluca, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 597-285-00 Ext: 2067
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: N/P
Horario y días de atención:
De 9:00 a 15:00 horas de Lunes a Sábado
Resultado o documento a obtener:
N/P
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
8 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
8 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Puedo realizar mi trámite vía internet?
No, ya que se debe realizar la integración del expediente físico
2. ¿Los documentos que se presentan para el trámite, se quedan?
No, se les regresa el día en que recogen su trámite
3. ¿Se puede realizar el trámite por medio de un tercero?
Si, mediante carta poder
Fundamento legal:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Articulo 115
Constitución Política del Estado Libre y soberano de México, Artículos 112 y 113
Artículo 171 fracción II, Artículo 179 fracción I Código Financiero del Estado de México y Municipios
Artículo 24, 26 y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Criterios de resolución del trámite o servicio:
En el tiempo en el que sean cumplidos todos y cada uno de los requisitos enunciados en la presente cedula y se negará el servicio cuando no se encuentre dentro de nuestra jurisdicción, sea un inmueble irregular, no se acredite el interés jurídico y legítimo, etc.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Por asignación, baja y reasignación de Clave Catastral.
Se requiere, cuando la información que manifiesta el contribuyente difiere en la información del registro gráfico digital a nivel predio, con que cuenta la oficina
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
20/10/2020 01:36 pm



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