Gobierno del Estado de México
 

Certificado de Plano Manzanero

Representación gráfica de un bien inmueble así como los datos de identificación del mismo
Municipio Libre No. Ext. 1 No. Int. N/P, Col. Centro, C.P. 56530, Ixtapaluca, México
Costo:
$ 217 pesos.
Adicional:
De acuerdo al Artículo 166 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Ventanilla de la Subdirección de Recaudación
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Ixtapaluca
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando algún Ciudadano requiera identificar plenamente un bien inmueble.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato de solicitud debidamente llenado
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis



Manual catastral del Estado de México
ACC003
ACC004
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis



Manual catastral del Estado de México
ACC003
ACC004

2. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble. Para acreditar la propiedad o posesión del inmueble
SI
1,
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

3. EN CASO DE COLONIAS *Testimonio notarial *Contrato de compra-venta, cesión o donación (original para cotejo) *Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria, escritura o cedula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra (CORETT o IMEVIS) * Titulo, certificado o cesión de derechos agrarios ejidales o comunales *Inmatriculación Administrativa o judicial
SI
1,
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

4. EN CASO DE UNIDADES HABITACIONALES *Copia simple de la escritura certificada, con anexo de la memoria descriptiva (medidas, colindancia e indiviso), en caso de traspaso anexar: Contrato de compra venta y poder notarial o sentencia de adjudicación.
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

5. Manifestación de Traslado de Dominio (en su caso)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

6. Manifestación de Traslado de Dominio (en su caso)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

7. Identificación Oficial del Propietario (IFE, INE, CEDULA PROF. O PASAPORTE VIGENTE AL 200%)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

8. C.U.R.P. de propietario
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

9. Último recibo de pago del impuesto predial
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

10. Croquis de ubicación, en caso de Colonia (foto de fachada)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

11. Carta de presentación del notario
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

12. Carta poder para la realización del trámite (cuando lo realiza una persona distinta al propietario)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

13. Identificación oficial del Gestor (en su caso)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

14. Cubrir el pago de derechos correspondientes
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato de solicitud debidamente llenado
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis



Manual catastral del Estado de México
ACC003
ACC004
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis



Manual catastral del Estado de México
ACC003
ACC004

2. .- Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble. Para acreditar la propiedad o posesión del inmueble
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

3. EN CASO DE COLONIAS *Testimonio notarial *Contrato de compra-venta, cesión o donación (original para cotejo) *Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria, escritura o cedula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra (CORETT o IMEVIS) * Titulo, certificado o cesión de derechos agrarios ejidales o comunales *Inmatriculación Administrativa o judicial
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

4. EN CASO DE UNIDADES HABITACIONALES *Copia simple de la escritura certificada, con anexo de la memoria descriptiva (medidas, colindancia e indiviso), en caso de traspaso anexar: Contrato de compra venta y poder notarial o sentencia de adjudicación.
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

5. Manifestación de Traslado de Dominio (en su caso)
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

6. Identificación Oficial del Propietario (IFE, INE, CEDULA PROF. O PASAPORTE VIGENTE AL 200%)
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

7. C.U.R.P. de propietario
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

8. Último recibo de pago del impuesto predial
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

9. Croquis de ubicación, en caso de Colonia (foto de fachada)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

10. Carta de presentación del notario
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

11. Carta poder para la realización del trámite (cuando lo realiza una persona distinta al propietario)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

12. Identificación oficial del Gestor (en su caso)
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato de solicitud debidamente llenado
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis



Manual catastral del Estado de México
ACC003
ACC004
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis



Manual catastral del Estado de México
ACC003
ACC004

2. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble. Para acreditar la propiedad o posesión del inmueble
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

3. EN CASO DE COLONIAS *Testimonio notarial *Contrato de compra-venta, cesión o donación (original para cotejo) *Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria, escritura o cedula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra (CORETT o IMEVIS) * Titulo, certificado o cesión de derechos agrarios ejidales o comunales *Inmatriculación Administrativa o judicial
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

4. EN CASO DE UNIDADES HABITACIONALES *Copia certificada de la escritura, con anexo de la memoria descriptiva (medidas, colindancia e indivisos)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

5. Identificación Oficial del Propietario
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

6. C.U.R.P. de propietario
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

7. Último recibo de pago del impuesto predial
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

8. Croquis de ubicación
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

9. Carta de presentación del notario
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

10. Carta poder para la realización del trámite (cuando lo realiza una persona distinta al propietario)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

11. Identificación oficial del Gestor (en su caso)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

12. Cubrir el pago de derechos correspondientes
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios Artículo 181, 182 y 182 bis

Presentar la documentación requerida en las oficinas de Subdirección Catastro
Dependencia u organismo:
Municipio Ixtapaluca
Dirección general:
Dirección de Administración y Finanzas
Unidad administrativa responsable:
Subdirección Catastro
Titular de la unidad administrativa responsable:
María Yazmín López Castellano
Cargo del titular:
Director
Domicilio:
Municipio Libre No. Ext. 1 No. Int. N/P, Col. Centro, C.P. 56530, Ixtapaluca, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 597-285-00 Ext: 2067
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: N/P
Horario y días de atención:
De 9:00 a 15:00 horas de Lunes a Sábado
Resultado o documento a obtener:
Certificado de Plano Manzanero
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
8 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
8 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Puedo realizar mi trámite vía internet?
No, ya que se debe realizar la integración del expediente físico
2. ¿Los documentos que se presentan para el trámite, se quedan?
No, se les regresa el día en que recogen su trámite
3. ¿Se puede realizar el trámite por medio de un tercero?
Si, mediante carta poder
Fundamento legal:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Articulo 115
Constitución Política del Estado Libre y soberano de México, Artículos 112 y 113
Artículo 173 Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
En el tiempo en el que sean cumplidos todos y cada uno de los requisitos enunciados en la presente cedula y se negará el servicio cuando no se encuentre dentro de nuestra jurisdicción, sea un inmueble irregular, no se acredite el interés jurídico y legítimo, etc.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando algún Ciudadano requiera identificar plenamente un bien inmueble.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
22/10/2020 09:55 am



Arriba