Fundamento legal:
Artículo 4, 27 párrafo tercero, 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Articulo 15, fracción XI, 24 fracción 11, 55 fracción IX, 144 Artículo 1 fracción I, II, III, VI, VII, 3, 4, 8 fracción IX,44, 45, 46 fracción IX de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, NOM-015-SEMARNAT/SAGARPA-2007, Articulo 31 fracción XXIII, XXIV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, Articulo 1.1 fracción 1, 1.5, 1.6 fracciones III y V, fracción III, 2.1 fracciones VI, VIII, XVIII, 2.3 fracciones IV, VIII 2.5, 2.61, 2.290, 2.291, 3.14 fracción XX del Código para de la Biodiversidad del Estado de México, Articulo 218 fracción XXIII del Bando Municipal Jocotitlán 2023.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Una zona natural de Dominio Público dentro del territorio del municipio que se encuentre azolvada de materia orgánica forestal para prevenir agentes nocivos (incendios) para su conservación y restauración.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.