Gobierno del Estado de México
 

Declaración para el pago del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles.

Cambio de propietario por: compra-venta total, donación o cesión total; escritura actual dueño, acta constitutiva, sentencia con ejecutoria, acta de entrega de inmuebles de interés social, cedula de contratación con CORETT; título, certificado o cesión de derechos agrarios ejidales o comunales totales con sentencia e inmatriculación administrativa.
Avenida Morelos No. Ext. 12 No. Int. , Col. Centro, C.P. 51100, Santo Tomás, México
 

Costo

Límite Inferior
1
Límite Superior
180,970
Cuota Fija
214.00
Factor
0.01300
Límite Inferior
180,971
Límite Superior
310,474
Cuota Fija
2,353.00
Factor
0.01418
Límite Inferior
310,475
Límite Superior
532,669
Cuota Fija
4,404.00
Factor
0.01542
Límite Inferior
532,670
Límite Superior
913,882
Cuota Fija
8,214.00
Factor
0.01677
Límite Inferior
913,883
Límite Superior
1,567,915
Cuota Fija
15,321.00
Factor
0.01823
Límite Inferior
1,567,916
Límite Superior
2,690,015
Cuota Fija
28,573.00
Factor
0.01982
Límite Inferior
2,690,026
Límite Superior
4,615,162
Cuota Fija
53,306.00
Factor
0.02154
Límite Inferior
4,615,163
Límite Superior
7,918,066
Cuota Fija
99,430.00
Factor
0.02342
Límite Inferior
7,918,067
Límite Superior
13,584,739
Cuota Fija
185,463.00
Factor
0.02547
Límite Inferior
13,584,740
Límite Superior
23,306,845
Cuota Fija
345,936.00
Factor
0.03769
Límite Inferior
23,306,846
Límite Superior
39,999,999
Cuota Fija
645,260.00
Factor
0.03000
Límite Inferior
40,000,000
Límite Superior
En adelante
Cuota Fija
1,200,000.00
Factor
0.03252
Límite Inferior
 
Límite Superior
 
Cuota Fija
 
Factor
 
Adicional:
ART 113. 114, 115, 116 Y 117 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2021 al 31/12/2021.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Tesorería Municipal
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Santo Tomás
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Para regularización o actualización.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito o en el formato establecido.
SI
NO
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

2. Contrato privado de compra-venta total o de donación o de cesión, (cuando no tenga escritura pública, además deben estar hechos ante el juez municipal) escritura actual dueño, escritura autorizada o certificada por notario, cedula de contratación con CORETT., resolución administrativa o judicial con ejecutoria , sentencia con ejecutoria: (juicio de usucapión, inmatriculación, juicio intestamentario, información testimonial, juicio ad-perpetúan o remate judicial), acta de entrega de inmuebles de interés social, acta constitutiva, titulo agrario con sentencia (salvo autorización del tesorero).
NO
2, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

3. Recibo predial al corriente.
NO
2, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

4. Copia identificación oficial del comprador y del vendedor.
NO
2, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

5. Copia CURP del comprador y del vendedor.
NO
2, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

6. Copia del croquis del terreno a registrar, con medidas, colindancias, orientación y superficie.
NO
2, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

7. Cuando sea subdivisión, fusión, deslinde, alta de construcción, ampliación de construcción o demolición y no tenga escritura pública, debe traer autorización de obras publicas.
SI
NO
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

8. Pago del servicio
Nota: si el documento es del 2013, debe pagar seis años de predial, según su valor catastral, si el terreno está construido: traer medidas de construcción, separando la construcción que tenga lamina de la que tenga colado. Informar en que año se construyó y numero de niveles
Si es la primera vez que se va a inscribir, debe pagar igual.
NO
1, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

9. Copia identificación oficial de la persona autorizada y original carta poder, además de los requisitos arriba mencionados.
SI
1, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

10. Copia identificación oficial del representante legal y original documento notarial, además de los requisitos arriba mencionados.
SI
1, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

11. Identificación oficial y CURP de los compradores y vendedores.
NO
1, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito o en el formato establecido.
SI
NO
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

2. Contrato privado de compra-venta total o de donación o de cesión, (cuando no tenga escritura pública, además deben estar hechos ante el juez municipal) escritura actual dueño, escritura autorizada o certificada por notario, cedula de contratación con CORETT., resolución administrativa o judicial con ejecutoria , sentencia con ejecutoria: (juicio de usucapión, inmatriculación, juicio intestamentario, información testimonial, juicio ad-perpetúan o remate judicial), acta de entrega de inmuebles de interés social, acta constitutiva, titulo agrario con sentencia (salvo autorización del tesorero)
NO
2, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

3. Recibo predial al corriente.
NO
2, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

4. Copia identificación oficial del comprador y del vendedor.
NO
2, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

5. Copia CURP del comprador y del vendedor.
NO
2, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

6. Copia del croquis del terreno a registrar, con medidas, colindancias, orientación y superficie.
NO
2, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

7. Cuando sea subdivisión, fusión, deslinde, alta de construcción, ampliación de construcción o demolición y no tenga escritura pública, debe traer autorización de obras públicas.
SI
NO
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

8. Pago del servicio
Nota: si el documento es del 2013, debe pagar seis años de predial, según su valor catastral, si el terreno está construido: traer medidas de construcción, separando la construcción que tenga lamina de la que tenga colado. Informar en que año se construyó y numero de niveles
Si es la primera vez que se va a inscribir, debe pagar igual.
NO
1, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

9. Copia identificación oficial de la persona autorizada y original carta poder, además de los requisitos arriba mencionados.
SI
1, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

10. Copia identificación oficial del representante legal y original documento notarial, además de los requisitos arriba mencionados.
SI
1, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

11. Identificación oficial y CURP de los compradores y vendedores.
NO
1, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito o en el formato establecido.
SI
NO
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

2. Contrato privado de compra-venta total o de donación o de cesión, (cuando no tenga escritura pública, además deben estar hechos ante el juez municipal) escritura actual dueño, escritura autorizada o certificada por notario, cedula de contratación con CORETT., resolución administrativa o judicial con ejecutoria , sentencia con ejecutoria: (juicio de usucapión, inmatriculación, juicio intestamentario, información testimonial, juicio ad-perpetúan o remate judicial), acta de entrega de inmuebles de interés social, acta constitutiva, titulo agrario con sentencia (salvo autorización del tesorero)
NO
2, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

3. Recibo predial al corriente.
NO
2, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

4. Copia identificación oficial del comprador y del vendedor.
NO
2, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

5. Copia CURP del comprador y del vendedor.
NO
2, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

6. Copia del croquis del terreno a registrar, con medidas, colindancias, orientación y superficie.
NO
2, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

7. Cuando sea subdivisión, fusión, deslinde, alta de construcción, ampliación de construcción o demolición y no tenga escritura pública, debe traer autorización de obras públicas.
SI
NO
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

8. Pago del servicio
Nota: si el documento es del 2013, debe pagar seis años de predial, según su valor catastral, si el terreno está construido: traer medidas de construcción, separando la construcción que tenga lamina de la que tenga colado. Informar en que año se construyó y numero de niveles
Si es la primera vez que se va a inscribir, debe pagar igual.
NO
1, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

9. Copia identificación oficial de la persona autorizada y original carta poder, además de los requisitos arriba mencionados.
SI
1, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

10. Copia identificación oficial del representante legal y original documento notarial, además de los requisitos arriba mencionados.
SI
1, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

11. Identificación oficial y CURP de los compradores y vendedores.
NO
1, Simple
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.

1. Revisión de requisitos.
2. Elaboración de orden pago.
3. Emisión de pago en la Tesorería Municipal.
4. Entrega del Traslado de Dominio firmado y sellado.
5. Actualización en el padrón catastral y fiscal.
Dependencia u organismo:
Municipio Santo Tomás
Dirección general:
Tesorería Municipal
Unidad administrativa responsable:
Coordinación de Catastro Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Agustín Pérez Castillo
Cargo del titular:
Coordinador de Catastro Municipal
Domicilio:
Avenida Morelos No. Ext. 12 No. Int. , Col. Centro, C.P. 51100, Santo Tomás, México
Contacto:
Telefono1: ( 726 ) 11-01-264 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: agustinperez@santotomas.gob.mx
Horario y días de atención:
De 8:00 a 15:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Traslado de Dominio
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. Si vengo de la notaria y no traigo completos los requisitos, me expiden el traslado de dominio?
No. Es indispensable contar con todos los requisitos.
2. Se puede registrar un terreno ejidal?
Solo con título parcelario, cesión de derechos ante la mesa directiva.
3. Puedo registrar un terreno ejidal con título parcelario con nombre del ejido de otro municipio.
Si mientras este dentro del territorio del municipio en mención. (Santo Tomas)
Fundamento legal:
Arts. 113, 114, 115, 116 y 117 Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 114. Fracc. IV, y VII. Del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Art. 25. Fracc. XI. Del Reglamento del Título V del Código Financiero del Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
No se otorga, si no cumple con el total de los requisitos
No se otorga, cuando el inmueble está en litigio, hasta que se resuelva
No se otorga, cuando tenga escritura pública y quieran hacer subdivisión, deben ir a Desarrollo Urbano de Valle de Bravo (conjunto CROSA) a solicitar la autorización de la subdivisión.
El tiempo de respuesta depende de la revisión de los requisitos y la firma del tesorero.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Para regularización o actualización.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
24/02/2021 11:07 am



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