Gobierno del Estado de México
 

Expedición de cédula de empadronamiento, temporada especial (permiso en vía pública de temporada)

Es el acto administrativo que emite la autoridad, por el cuál autoriza (por medio de la expedición de un documento) a una persona física o jurídica colectiva a desarrollar actividades económicas en temporada especial, previo cumplimiento de requisitos de Ley.
Plaza Hombres Ilustres No. Ext. 13 No. Int. N/A, Col. centro, C.P. 52700, Capulhuac, México
Costo:
$ 261 pesos.
Adicional:
Artículos 99, 100 y 101 del Bando Municipal vigente, 154 bis del Código financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2020 al 31/12/2020.
Formas de pago:
Efectivo, Transferencia y Cheque.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Tesorería municipal
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Capulhuac
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se pretenda establecerse en la vía pública para realizar una actividad económica, por temporada especial (día de muertos día de la madre, día del niño, clausuras escolares, etc.)

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato de solicitud, debidamente llenado. (Se entrega en ventanilla)
SI
NO
Artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 31 Fracciones I Ter y XLIV, 48 fracciones XIII Ter, XVI Ter, 96 Quáter fracciones II y XVIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 21 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el ejercicio fiscal 2020; 1, 4 fracción VIII, 5 fracciones II, V y VI, 7 fracciones I, II y III, 8, 21 y 33 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, 101, 102, 103, 105 y 106 del Bando Municipal vigente, Artículo 18 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Identificación oficial vigente con fotografía
SI
1, Simple
Artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 31 Fracciones I Ter y XLIV, 48 fracciones XIII Ter, XVI Ter, 96 Quáter fracciones II y XVIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 21 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el ejercicio fiscal 2020; 1, 4 fracción VIII, 5 fracciones II, V y VI, 7 fracciones I, II y III, 8, 21 y 33 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, 101, 102, 103, 105 y 106 del Bando Municipal vigente, Artículo 18 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. Cubrir pago correspondiente.
SI
1, Simple
Artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 31 Fracciones I Ter y XLIV, 48 fracciones XIII Ter, XVI Ter, 96 Quáter fracciones II y XVIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 21 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el ejercicio fiscal 2020; 1, 4 fracción VIII, 5 fracciones II, V y VI, 7 fracciones I, II y III, 8, 21 y 33 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, 101, 102, 103, 105 y 106 del Bando Municipal vigente, Artículo 18 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Colocarse en el lugar que se le indique, respetar metraje y giro.
SI
NO
Artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 31 Fracciones I Ter y XLIV, 48 fracciones XIII Ter, XVI Ter, 96 Quáter fracciones II y XVIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 21 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el ejercicio fiscal 2020; 1, 4 fracción VIII, 5 fracciones II, V y VI, 7 fracciones I, II y III, 8, 21 y 33 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, 101, 102, 103, 105 y 106 del Bando Municipal vigente, Artículo 18 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Acudir a la Dirección de Desarrollo Económico, ubicada en el interior del palacio municipal sito en plaza hombres ilustres número 13, en horario de 9 a 2 de lunes a viernes, para poder iniciar su trámite.
Solicitar formato de solicitud, llenarlo, firmarlo y adjuntarle documentación requerida.
Se resuelve de manera afirmativa o negativa, la autorización del trámite de acuerdo con el diagnóstico realizado con por la dirección de desarrollo económico.
En caso de ser positivo se expide orden de pago para realizar el pago correspondiente
Se presenta pago y se expide cédula de empadronamiento.
Dependencia u organismo:
Municipio Capulhuac
Dirección general:
DIRECCIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICO
Unidad administrativa responsable:
DIRECCIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICO
Titular de la unidad administrativa responsable:
L.E. Lorena Belinda Vega Espinoza
Cargo del titular:
Directora
Domicilio:
Plaza Hombres Ilustres No. Ext. 13 No. Int. N/A, Col. centro, C.P. 52700, Capulhuac, México
Contacto:
Telefono1: ( 713 ) 1354172 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: desecoac@hotmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Cédula de empadronamiento para ejercer actividad comercial en vía pública por temporada. (permiso en vía pública de temporada)
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿En qué se diferencia un permiso de temporada con un permiso en vía pública?
El permiso de temporada es un permiso en vía pública el cual solo es concedido por un periodo de tiempo y es resultado de un día festivo como Carnaval, Feria del pueblo, día de la madre, 14 de febrero, etc.
2. ¿Puede vender cualquier persona en permisos de temporada?
Sí, siempre y cuando haya espacio donde se llevará a cabo la venta de temporada, y se establezcan en el lugar que se les sea asignado, ya que se le da prioridad a las personas que pagan año con año y tienen permiso previo.
3. ¿Qué costo tiene el permiso de temporada?
De 3 a 10 UMAS dependiendo de la cantidad de metros que utilicen.
Fundamento legal:
Artículos 4, 21, 33 y 66 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México; 81 Fracción IX, XIII, 99, 101, 102, 103, 105 y 106 del Bando Municipal vigente.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
- Cumplir con los requisitos solicitados. y/o firmar carta compromiso.
- Qué haya espacio autorizado en el lugar donde se realizará la actividad comercial.
- No aplica afirmativa ficta.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se pretenda establecerse en la vía pública para realizar una actividad económica, por temporada especial (día de muertos día de la madre, día del niño, clausuras escolares, etc.)
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
04/11/2020 03:53 pm



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