Gobierno del Estado de México
 

Atención y Prevención de Riesgos

El Departamento de Prevención y Análisis de Riesgos, es el encargado de llevar a cabo las acciones y mecanismos para identificar la ocurrencia de riesgos con la finalidad de evitarlos o disminuir su impacto destructivo sobre las personas, sus bienes y su entorno, así como incorporar y adecuar permanentemente mecanismos, instrumentos y procedimientos de carácter técnico operativo, de servicios y logística que permitan prevenir y atender la eventualidad de un desastre
Avenida Hidalgo esquina con Calle Zumpango No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Telefono1: ( 55 ) 5553906548
Telefono2: n/a
Telefono3: n/a
Fax: n/a
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tlalnepantla de Baz
Vigencia del trámite o servicio:
1 año(s)
Duración del trámite o servicio:
5 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición del interesado

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. 1. Solicitud por escrito, ingresar ante Oficialía de Partes de la Coordinación Municipal de Protección Civil
SI
1, Simple
1. Artículo 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2. Artículos 1, 3, 73, 74, 75 fracción I, 76, 85 fracción V, de la Ley General de Protección Civil,
3. Artículo 1.1 fracción V, 1.4, 6.1, 6.2, 6.3 fracción IV, 6.4. 6.14, 6.32, 6.33, del Código Administrativo del Estado de México.
4. Artículos 1, 2 Artículos 4, fracción XLI, del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México.
5. Artículos 45, fracciones I, IV, XIX, 61 y 62, fracciones I, II y VI, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz.

2. 2. Vía telefónica en la Coordinación Municipal de Protección Civil Tel. 53-09-65-48 y 55-65-36-38, informando sobre el tipo de atención que requiere
1. Artículo 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2. Artículos 1, 3, 73, 74, 75 fracción I, 76, 85 fracción V, de la Ley General de Protección Civil,
3. Artículo 1.1 fracción V, 1.4, 6.1, 6.2, 6.3 fracción IV, 6.4. 6.14, 6.32, 6.33, del Código Administrativo del Estado de México.
4. Artículos 1, 2 Artículos 4, fracción XLI, del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México.
5. Artículos 45, fracciones I, IV, XIX, 61 y 62, fracciones I, II y VI, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz.

3. 3. Verbal o por medio electrónico, donde describa el riesgo que identifica
1. Artículo 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2. Artículos 1, 3, 73, 74, 75 fracción I, 76, 85 fracción V, de la Ley General de Protección Civil,
3. Artículo 1.1 fracción V, 1.4, 6.1, 6.2, 6.3 fracción IV, 6.4. 6.14, 6.32, 6.33, del Código Administrativo del Estado de México.
4. Artículos 1, 2 Artículos 4, fracción XLI, del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México.
5. Artículos 45, fracciones I, IV, XIX, 61 y 62, fracciones I, II y VI, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. 1. Solicitud por escrito, ingresar ante Oficialía de Partes de la Coordinación Municipal de Protección Civil
SI
1, Simple
1. Artículo 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2. Artículos 1, 3, 73, 74, 75 fracción I, 76, 85 fracción V, de la Ley General de Protección Civil,
3. Artículo 1.1 fracción V, 1.4, 6.1, 6.2, 6.3 fracción IV, 6.4. 6.14, 6.32, 6.33, del Código Administrativo del Estado de México.
4. Artículos 1, 2 Artículos 4, fracción XLI, del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México.
5. Artículos 45, fracciones I, IV, XIX, 61 y 62, fracciones I, II y VI, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz.

2. 2. Vía telefónica en la Coordinación Municipal de Protección Civil Tel. 53-09-65-48 y 55-65-36-38, informando sobre el tipo de atención que requiere
1. Artículo 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2. Artículos 1, 3, 73, 74, 75 fracción I, 76, 85 fracción V, de la Ley General de Protección Civil,
3. Artículo 1.1 fracción V, 1.4, 6.1, 6.2, 6.3 fracción IV, 6.4. 6.14, 6.32, 6.33, del Código Administrativo del Estado de México.
4. Artículos 1, 2 Artículos 4, fracción XLI, del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México.
5. Artículos 45, fracciones I, IV, XIX, 61 y 62, fracciones I, II y VI, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz.

3. 3. Verbal o por medio electrónico, donde describa el riesgo que identifica
1. Artículo 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2. Artículos 1, 3, 73, 74, 75 fracción I, 76, 85 fracción V, de la Ley General de Protección Civil,
3. Artículo 1.1 fracción V, 1.4, 6.1, 6.2, 6.3 fracción IV, 6.4. 6.14, 6.32, 6.33, del Código Administrativo del Estado de México.
4. Artículos 1, 2 Artículos 4, fracción XLI, del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México.
5. Artículos 45, fracciones I, IV, XIX, 61 y 62, fracciones I, II y VI, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. 1. Solicitud por escrito, ingresar ante Oficialía de Partes de la Coordinación Municipal de Protección Civil
SI
1, Simple
1. Artículo 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2. Artículos 1, 3, 73, 74, 75 fracción I, 76, 85 fracción V, de la Ley General de Protección Civil,
3. Artículo 1.1 fracción V, 1.4, 6.1, 6.2, 6.3 fracción IV, 6.4. 6.14, 6.32, 6.33, del Código Administrativo del Estado de México.
4. Artículos 1, 2 Artículos 4, fracción XLI, del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México.
5. Artículos 45, fracciones I, IV, XIX, 61 y 62, fracciones I, II y VI, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz.

2. 2. Vía telefónica en la Coordinación Municipal de Protección Civil Tel. 53-09-65-48 y 55-65-36-38, informando sobre el tipo de atención que requiere
1. Artículo 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2. Artículos 1, 3, 73, 74, 75 fracción I, 76, 85 fracción V, de la Ley General de Protección Civil,
3. Artículo 1.1 fracción V, 1.4, 6.1, 6.2, 6.3 fracción IV, 6.4. 6.14, 6.32, 6.33, del Código Administrativo del Estado de México.
4. Artículos 1, 2 Artículos 4, fracción XLI, del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México.
5. Artículos 45, fracciones I, IV, XIX, 61 y 62, fracciones I, II y VI, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz.

3. 3. Verbal o por medio electrónico, donde describa el riesgo que identifica
1. Artículo 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2. Artículos 1, 3, 73, 74, 75 fracción I, 76, 85 fracción V, de la Ley General de Protección Civil,
3. Artículo 1.1 fracción V, 1.4, 6.1, 6.2, 6.3 fracción IV, 6.4. 6.14, 6.32, 6.33, del Código Administrativo del Estado de México.
4. Artículos 1, 2 Artículos 4, fracción XLI, del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México.
5. Artículos 45, fracciones I, IV, XIX, 61 y 62, fracciones I, II y VI, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz.

Puede realizar su reporte vía telefónica en la Coordinación Municipal de Protección Civil a los Teléfonos: 53-09-65-48 y 55-65-36-38, o acudir personalmente al Departamento de Prevención y Análisis de Riesgos en la Coordinación Municipal de Protección Civil, en Av. Hidalgo s/n, col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, municipio de Tlalnepantla de Baz, Estado de México, con todos los requisitos para ingresar su solicitud y entregarle en un máximo de 03 días hábiles su Respuesta por escrito.
Dependencia u organismo:
Municipio Tlalnepantla de Baz
Dirección general:
Dirección de Protección Civil
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Protección Civil
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. Fabrizio Montiel Jaramillo
Cargo del titular:
Dirección de Protección Civil
Domicilio:
Avenida Hidalgo esquina con Calle Zumpango No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 5553906548 Ext: n/a
Telefono2: ( ) n/a
Telefono3: ( ) n/a
Fax: n/a
Correo electrónico: proteccioncivil@tlalnepantla.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Respuesta por escrito
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
Duración del trámite o servicio:
5 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
1 año(s)
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. En caso de que se encuentre un árbol en riesgo dentro de mi propiedad, ¿Protección Civil puede derribarlo?
Una vez recibido el reporte, se envía personal a valorar el estado que guarda el mismo, si existe un riesgo inminente se procede a su derribo, si solo requiere mantenimiento, se dan las recomendaciones al particular, toda vez que los recursos municipales no pueden ser aplicados para la atención de particulares a menos que se trate de situaciones que atenten contra la integridad física de las personas
2. Si detecto grietas en mi propiedad, ¿Qué hace Protección Civil en estos casos?
Se envía personal de protección civil para que realice una visita de inspección, emita las recomendaciones al usuario y en caso de ser mayor la afectación, semita la Coordinación General de Protección Civil, un dictamen de riesgo, se delimitan las zonas afectadas, se sugiere la desocupación temporal del inmueble o en caso de riesgo inminente, se puede llegar a ordenar la demolición parcial o total de la zona afectada
3. ¿Qué necesito para que protección civil me dé un dictamen de riesgo?
Se debe hacer la solicitud ante la dependencia municipal, para que se envíe personal, se realice una inspección y se pueda determinar si existe un riesgo, en su caso de que se constate el mismo, se le dan los pasos a seguir al particular, sobre el trámite que debe realizar para dar formalidad a su solicitud y poder emitir el documento solicitado
Fundamento legal:
1. Artículo 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2. Artículos 1, 3, 73, 74, 75 fracción I, 76, 85 fracción V, de la Ley General de Protección Civil,
3. Artículo 1.1 fracción V, 1.4, 6.1, 6.2, 6.3 fracción IV, 6.4. 6.14, 6.32, 6.33, del Código Administrativo del Estado de México.
4. Artículos 1, 2 Artículos 4, fracción XLI, del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México.
5. Artículos 45, fracciones I, IV, XIX, 61 y 62, fracciones I, II y VI, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Se realiza inspección en el lugar, se evalúa lo que se aprecia en el lugar, se emiten recomendaciones y si la situación es de alto riesgo, se delimita la zona afectada, determinando las acciones preventivas, de mitigación riesgos, o de gestión ante las instancias, municipales estatales y federales, según sea el caso.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición del interesado
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
27/05/2021 10:26 am



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