Gobierno del Estado de México
 

Expedición de Constancia de Alineamiento.

Con el fin de evitar la invasión en zonas federales o derechos de vías, los propietarios de bienes inmuebles deben solicitar una constancia de alineamiento en la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal.
Plaza Benito Juárez. No. Ext. 1 No. Int. 0, Col. Centro., C.P. 50400, Temascalcingo, México
 

Costo

A) $671.53
A) $67.15
B) $453.82
B) $45.38
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2017 al 31/12/2017.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Tesorería Municipal.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Temascalcingo
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
1 día(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Como requisito para licencia de construcción, así como para acreditar que no invada predios vecinos o áreas públicas.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito.
SI
1, Simple
Artículo 5.59 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México y Artículo 143 Fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Documento que acredite la propiedad (escritura o contrato privado de compra venta).
NO
1, Simple
Artículo 5.59 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México y Artículo 143 Fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. Último recibo de pago predial.
NO
1, Simple
Artículo 5.59 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México y Artículo 143 Fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Identificación oficial.
NO
1, Simple
Artículo 5.59 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México y Artículo 143 Fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito.
SI
1, Simple
Artículo 5.59 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México y Artículo 143 Fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Documento que acredite la propiedad (escritura o contrato privado de compra venta).
NO
1, Simple
Artículo 5.59 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México y Artículo 143 Fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. Último recibo de pago predial.
NO
1, Simple
Artículo 5.59 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México y Artículo 143 Fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Identificación oficial.
NO
1, Simple
Artículo 5.59 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México y Artículo 143 Fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

5. Acta constitutiva de la persona moral.
NO
1, Simple
Artículo 5.59 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México y Artículo 143 Fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

6. Poder notarial del representante legal.
SI
1, Simple
Artículo 5.59 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México y Artículo 143 Fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

7. Identificación oficial del representante legal.
NO
1, Simple
Artículo 5.59 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México y Artículo 143 Fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito.
SI
1, Simple
Artículo 5.59 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México y Artículo 143 Fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Documento que acredite la propiedad (escritura o contrato privado de compra venta).
NO
1, Simple
Artículo 5.59 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México y Artículo 143 Fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. Último recibo de pago predial.
NO
1, Simple
Artículo 5.59 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México y Artículo 143 Fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Identificación oficial.
NO
1, Simple
Artículo 5.59 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México y Artículo 143 Fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

5. Nombramiento oficial del director o responsable de la institución.
NO
1, Simple
Artículo 5.59 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México y Artículo 143 Fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

6. Identificación oficial del director o responsable de la institución.
NO
1, Simple
Artículo 5.59 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México y Artículo 143 Fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Una vez que se cumpla con los requisitos establecidos, acudir a la Dirección de Desarrollo Urbano para agendar cita para verificación del predio.
Una vez realizada la verificación del predio y que cumpla con el alineamiento establecido se deja la documentación para realización del mismo, el cual se entregará de dos a tres días hábiles.
El día de la entrega del mismo se entrega una orden para que realice el pago correspondiente en Tesosería Municipal.
Ya que se realiza el pago correspondiente regresa a la oficina de Desarrollo Urbano para entrega de la Constancia de Alineamiento.
Dependencia u organismo:
Municipio Temascalcingo
Dirección general:
Plaza Benito Juárez.
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Desarrollo Urbano.
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. Jesús Galindo Romero.
Cargo del titular:
Director de Desarrollo Urbano.
Domicilio:
Plaza Benito Juárez. No. Ext. 1 No. Int. 0, Col. Centro., C.P. 50400, Temascalcingo, México
Contacto:
Telefono1: ( 718 ) 1260005 Ext: 124
Telefono2: ( 718 ) 1260020
Telefono3: ( 718 ) 120145
Fax: 7181260167
Correo electrónico: du_temascalcingo@hotmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Constancia de Alineamiento.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
Duración del trámite o servicio:
1 día(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Por qué debo de realizar éste trámite?
Para tener la seguridad de que el predio no invade zonas federales ni derecho de vías.
2. ¿Para qué otro trámite me sirve la Constancia de Alineamiento?
Para realizar la licencia de construcción, escrituras públicas, licencia de uso de suelo, licencia de cambio de uso de suelo, zonificación y de dictamen de impacto regional.
3. ¿Aplica descuento para las personas de la tercera edad?
No, los descuentos no son aplicables en éste trámite.
Fundamento legal:
Artículo 5.59 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México y Artículo 143 Fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Al cumplir con los requisitos señalados se expide, a falta de alguno de ellos se resuelve en forma negativa.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Como requisito para licencia de construcción, así como para acreditar que no invada predios vecinos o áreas públicas.
Trámites o servicios relacionados:
Última actualización:
24/05/2017 12:23 pm



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