Fundamento legal:
Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 122, 123, 124, 125, 126, 127 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 78 fracción XIII Bando Municipal 2020 Y artículo 6,7,8 y 11 del Reglamento de la Dirección Jurídica, Articulo 32 fracción V. VII inciso f, artículo 47 del Reglamento General de las Oficialías Mediadoras-Conciliadoras y Calificadoras del Municipio de Ixtapaluca, Artículo 9 fracción II, titulo sexto de las aportaciones de mejoras capitulo primero de las Aportaciones Para Obra Pública Y Acciones De Beneficio Social del Código Financiero Del Estado De México Y Municipios
Criterios de resolución del trámite o servicio:
En el tiempo en el que sean cumplidos todos y cada uno de los requisitos enunciados en la presente cédula