Gobierno del Estado de México
 

Solicitud de Cambio de Uso del Suelo

Para el caso en el que una construcción en un predio particular no cumpla con la normativa de Uso del Suelo que tiene asignado en el Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Atizapan de Zaragoza (PMDUAZ) vigente; para otorgar la autorización de Cambio de Uso del Suelo, de Densidad, del Coeficiente de Ocupación, del Coeficiente de Utilización y de Altura de Edificaciones de un lote o predio, en el caso de que la solicitud corresponda a unidades económicas, comerciales industriales y/o de servicios, ya establecidas con anterioridad al 1° de enero del 2019.
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
 

Costo

 
125UMAS
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2021 al 31/01/2021.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición de parte, cuando una construcción no cumpla con una normativa del Uso Especifico del Suelo que contempla el Plan de Desarrollo Urbano de Atizapán de Zaragoza (PMDUAZ) vigente.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentar ante el Titular de la Tesorería Municipal, el Formato Único de Solicitud mediante el cual se solicita el Cambio de Uso del Suelo, de Densidad, del Coeficiente de Ocupación, del Coeficiente de Utilización y de Altura de Edificaciones de un lote o predio, acompañando los documentos siguientes:
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

2. Original o copia certificada del documento que acredite la propiedad inscrita en el Instituto de la Función Registral del Estado de México.
SI
1, Simple
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

3. Original o copia certificada del poder notarial otorgado por el propietario del predio, que faculte al solicitante para realizar el trámite e identificación oficial del apoderado.
SI
1, Simple
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

4. Plano de localización del predio o inmueble con sus medidas y colindancias, con coordenadas UTM, este último en medio digital.
SI
1, Simple
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

5. Anteproyecto del desarrollo y su memoria descriptiva que contendrá las características físicas del predio o inmueble, de su superficie, accesos viales, colindancias y nombre de las calles circundantes, así como descripción de las actividades que pretende, en su caso, acreditando el funcionamiento de la Unidad Económica con antelación al primero de enero del año 2019, cumpliendo con lo dispuesto por el acuerdo de Cabildo aprobado en la Séptima Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 16 de abril del año 2020.
SI
NO
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

6. Anteproyecto arquitectónico, impreso y en medio digital.
SI
NO
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

7. Dictamen Único de Factibilidad o Evaluación de Impacto Estatal, en caso de cambio de uso de suelo a otro Uso de Impacto Regional (los indicados en el Art. 5.35 Código Administrativo del Estado de México, aquellos que señale el Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Atizapán de Zaragoza vigente).
SI
1, Simple
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

8. Para los casos que no causen impacto regional, Dictamen de factibilidad de servicios de agua potable y drenaje, así como de incorporación a los sistemas de agua potable y alcantarillado, en el que se definan los puntos de conexión de agua potable y los de descarga de aguas residuales, el cual será emitido por el Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable Alcantarillado SAPASA.
SI
1, Simple
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentar ante el Titular de la Tesorería Municipal, la solicitud de Cambio de Uso del Suelo, de Densidad, del Coeficiente de Ocupación, del Coeficiente de Utilización y de Altura de Edificaciones de un lote o predio, mediante el Formato Único de Solicitud acompañando los documentos siguientes:
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

2. Original o copia certificada del documento que acredite la propiedad inscrita en el Instituto de la Función Registral del Estado de México.
SI
1, Simple
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

3. Copia del acta constitutiva o del contrato respectivo tratándose de fideicomisos, dichos documentos deberán estar inscritos en el instituto de la Función Registral del Estado de México IFREM.
SI
1, Simple
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

4. Original o copia certificada del poder notarial otorgado por el propietario del predio, que faculte al solicitante para realizar el trámite e identificación oficial del apoderado.
SI
1, Simple
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

5. Plano de localización del predio o inmueble con sus medidas y colindancias, con coordenadas UTM, este último en medio digital.
SI
NO
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

6. Anteproyecto del desarrollo y su memoria descriptiva que contendrá las características físicas del predio o inmueble, de su superficie, accesos viales, colindancias y nombre de las calles circundantes, así como descripción de las actividades que pretende, en su caso.
SI
NO
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

7. Anteproyecto arquitectónico, impreso y en medio digital.
SI
NO
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

8. Dictamen Único de Factibilidad, en caso de cambio de uso de suelo a otro Uso de Impacto Regional (los indicados en el Art. 5.35 Código Administrativo del Estado de México, aquellos que señale el Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Atizapán de Zaragoza vigente).
SI
1, Simple
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

9. Para los casos que no causen impacto regional, Dictamen de factibilidad de servicios de agua potable y drenaje, así como de incorporación a los sistemas de agua potable y alcantarillado, en el que se definan los puntos de conexión de agua potable y los de descarga de aguas residuales, el cual será emitido por el Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable Alcantarillado SAPASA.
SI
1, Simple
Artículo 146 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Presentarse en las oficinas para solicitar informes y Formato Único de Tramite.
Presentar todos los requisitos en la ventanilla Única de tramites, para la Regularización de Uso de suelo.
Pagar los derechos por concepto del tramite.
Notificarse la Resolución que recaiga al Tramite solicitado.
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Tesorería Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Dr. en A.P. José Ortega Ríos
Cargo del titular:
Tesorero Municipal
Domicilio:
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 3622 28 00 Ext: Ext. 2711
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: joseortega@atizapan.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Acuerdo de procedencia o improcedencia de Cambio de Uso del Suelo, de Densidad, del Coeficiente de Ocupación de Suelo, Coeficiente de Utilización del Suelo y Altura.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿En dónde obtengo el formato para solicitar el Cambio de Uso del Suelo?
En la Tesorería Municipal.
2. ¿Cuánto tarda el trámite?
Una vez que se recepción 15 días hábiles.
3. ¿Se puede Cambiar el Uso del Suelo de un inmueble en construcción?
No, solamente de unidades económicas que acrediten su funcionamiento con antelación al 1 de enero del año 2019.
Fundamento legal:
Artículos 8 y 115 fracción V incisos A) y D) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, 125, 137 y 138 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 3, 7 y 11 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 1, 2, 3, 15, 31 fracciones I, XXI, XXXVII y XLI, 49 y 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1.1 fracción IV, 1.2, 1.3, 1.4, 1.7, 1.9, 1.5, 5.1, 5.5, 5.6 y 5.10 fracciones I, VII, VIII, XIX, y XXI del Código Administrativo del Estado de México; 1, 4, 6, 8, 9, 140, 141, 142 y Cuarto Transitorio del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México; así como en el acuerdo de Cabildo en fecha dieciséis de abril de dos mil veinte, publicado en la Gaceta Municipal el día diecisiete de abril del mismo año, por el que el H. Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, delega facultades al Titular de la Tesorería Municipal, para otorgar la autorización de Cambio de Uso del Suelo, de Densidad, del Coeficiente de Ocupación, del Coeficiente de Utilización y de Altura de Edificaciones de un Lote o Predio?, en términos de lo establecido en la Ley en la materia.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Solo se autorizará el cambio pretendido cuando ocurran los supuestos contenidos en el artículo 5.57 del Código Administrativo del Estado de México y cuando se trate de regularización de predios y unidades económicas que acrediten su funcionamiento con anterioridad al primero de enero de dos mil diecinueve.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición de parte, cuando una construcción no cumpla con una normativa del Uso Especifico del Suelo que contempla el Plan de Desarrollo Urbano de Atizapán de Zaragoza (PMDUAZ) vigente.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
16/04/2021 09:34 am



Arriba