Gobierno del Estado de México
 

Expedición de Pre Cartilla de Servicio Militar Nacional

Es el registro que se realiza ante la junta municipal de reclutamiento ya que por disposición constitucional los ciudadanos mexicanos al cumplir la mayoría de edad, tienen la obligación de recibir instrucción cívica-militar, para integrarse a las reservas del ejército mexicano.
Plaza de la Constitución No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Centro, C.P. 55900, Otumba, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Otumba
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el ciudadano cumpla la mayoría de edad.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Acta de nacimiento certificada del libro de actas, con los datos legibles y correctos, sin tachaduras, enmendaduras o alteraciones.
SI
1, Simple
Ley del Servicio Militar y Reglamento del Servicio Militar Nacional.
Los documentos se utilizan para crear el expediente que se queda a resguardo de la Secretaria del Ayuntamiento.

2. Clave Única Registro de Población (CURP).
NO
1, Simple
Ley del Servicio Militar y Reglamento del Servicio Militar Nacional.
El documento se utiliza para crear el expediente que se queda a resguardo de la Secretaria del Ayuntamiento.

3. Comprobante de domicilio (recibo de agua, luz, teléfono, predial, etc. vigente).
NO
1, Simple
Ley del Servicio Militar y Reglamento del Servicio Militar Nacional.
El documento se utiliza para crear el expediente que se queda a resguardo de la Secretaria del Ayuntamiento.

4. Comprobante del grado máximo de estudios (certificado de primaria, secundaria, preparatoria, etc.)
NO
1, Simple
Ley del Servicio Militar y Reglamento del Servicio Militar Nacional.
El documento se utiliza para crear el expediente que se queda a resguardo de la Secretaria del Ayuntamiento.

5. Cuatro fotografías recientes de 35x45mm, del nacimiento normal del cabello al borde inferior de la barbilla debe medir 21mm, no instantáneas, no digitalizadas, en papel mate, corte del cabello casquete corto o corte militar, de frente, a color o blanco y negro (con playera blanca cuello redondo), con fondo blanco; que las facciones del interesado se distingan con claridad; sin gorra, sombrero, lentes, barba, percing, etc. sin bigote ni patilla recortados, sin retoque.
SI
NO
Ley del Servicio Militar y Reglamento del Servicio Militar Nacional.
Las fotografías se utilizan para crear el documento y el expediente que se queda a resguardo de la Secretaria del Ayuntamiento.

6. Personal remiso (aquel que no obtuvo su cartilla al cumplir 18 años de edad), deberá presentar una constancia de no inscripción emitida por la junta municipal o delegacional de reclutamiento del lugar donde nació en que se especifique que no se le ha expedido cartilla de identidad del servicio militar naciónal.
SI
NO
Ley del Servicio Militar y Reglamento del Servicio Militar Nacional.
El documento se utiliza para crear el expediente que se queda a resguardo de la Secretaria del Ayuntamiento.

7. Llenar formato que se les entregará dentro del área.
SI
NO
Ley del Servicio Militar y Reglamento del Servicio Militar Nacional. Los documentos se utilizan para crear expediente, que se queda a resguardo de la Secretaria del Ayuntamiento.

El ciudadano acude a la Secretaria Municipal para Solicitar el trámite de la Cartilla del
Servicio Militar Nacional y entrega la
documentación.
El auxiliar administrativo recibe toda la documentación si esta completa le entrega al solicitante el formato azul para que lo llene con sus datos correctos.
El ciudadano procede a llenar el formato y lo entrega a la auxiliar administrativa.
El auxiliar recibe el formato y llena la pre cartilla original, duplicado y triplicado y se la entrega al ciudadano para que la firme y ponga sus huellas dactilares.
El ciudadano firma la pre cartilla y pone sus huellas dactilares.
El auxiliar pasa a firma los formatos correspondientes con el Secretario del Ayuntamiento y Presidente Municipal.
El ciudadano se presenta 8 días hábiles después de haber llenado su formato con copia de su Identificación Oficial para recoger su pre cartilla.
El auxiliar entrega la pre cartilla y le da la indicación al ciudadano que se presente en el mes de noviembre para el sorteo con su pre cartilla.
El auxiliar coloca el sello de BOLA BLANCA o
BOLA NEGRA según sea el caso.
Dependencia u organismo:
Municipio Otumba
Dirección general:
Secretaría del Ayuntamiento
Unidad administrativa responsable:
Secretaría del Ayuntamiento de Otumba
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. ALAN GUSTAVO GUTIERREZ MENESES
Cargo del titular:
Secretario del H. Ayuntamiento
Domicilio:
Plaza de la Constitución No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Centro, C.P. 55900, Otumba, México
Contacto:
Telefono1: ( 592 ) 92 2 23 44 Ext: 105
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: gustavogm.secretaria2224@gmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Precartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Si realice el tramite en otro municipio que procede?
No se puede duplicar la matricula, por lo cual tiene que dar seguimiento al tramite en el lugar donde se registro por primera vez.
2. ¿Que pasa si tengo mas de 40 años?
Tiene que acudir a la base aérea militar Nº 37/a, Santa Lucia para obtener una constancia por ser mayor de 40 años y no haber obtenido la cartilla de identidad del SMN.
3. ¿Las mujeres también pueden tramitar su cartilla?
Si.
Fundamento legal:
Artículo 91 fracción V y X de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, Articulo 33 fracción IV del Bando Municipal Otumba 2023 y Articulo 145 fracción XXV del Código Reglamentario Otumba, Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Se atiende a todo el que lo solicite siempre que cumpla con todos los requisitos, resida en el Municipio y sea menor de 40 años.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el ciudadano cumpla la mayoría de edad.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
07/02/2023 03:52 pm



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