Gobierno del Estado de México
 

Licencia de Construcción para Barda Perimetral

Documento mediante el cual se permite la construcción de una barda perimetral
Plaza de la Constitución No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Centro, C.P. 55900, Otumba, México
 

Costo

por metro cuadrado
$7.30 m2
Adicional:
El cobro se realiza de conformidad a lo establecido en el articulo 144, fracción II, inciso d) del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2024 al 31/12/2024.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Tesorería Municipal.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Otumba
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el titular pretende construir una barda que delimite un predio.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud de licencia de construcción previamente requisitada
SI
1, Simple
Articulo 5.1 fracción VI, 18.20, 18.21 inciso E y 18.23 del Código Administrativo del Estado de México

2. Documento que acredite la personalidad del solicitante (INE, pasaporte, etc...)
NO
1, Simple
Articulo 5.1 fracción VI, 18.20, 18.21 inciso E y 18.23 del Código Administrativo del Estado de México

3. Documento que acredite la propiedad o posesión en concepto de propietario del inmueble.
NO
1, Simple
Articulo 5.1 fracción VI, 18.20, 18.21 inciso E y 18.23 del Código Administrativo del Estado de México

4. Recibo de pago de impuesto predial al corriente; en su caso.
NO
1, Simple
Articulo 5.1 fracción VI, 18.20, 18.21 inciso E y 18.23 del Código Administrativo del Estado de México

5. Croquis arquitectónico a escala y debidamente acotado, señalando el área donde se va a trabajar
NO
1, Simple
Articulo 5.1 fracción VI, 18.20, 18.21 inciso E y 18.23 del Código Administrativo del Estado de México

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud de licencia de construcción previamente requisitada
SI
1, Simple
Articulo 5.1 fracción VI, 18.20, 18.21 inciso E y 18.23 del Código Administrativo del Estado de México

2. Documento que acredite la personalidad del solicitante (INE, pasaporte, etc..)
NO
1, Simple
Articulo 5.1 fracción VI, 18.20, 18.21 inciso E y 18.23 del Código Administrativo del Estado de México

3. Documento que acredite la propiedad o la posesión en concepto de propietario del inmueble o predio.
NO
1, Simple
Articulo 5.1 fracción VI, 18.20, 18.21 inciso E y 18.23 del Código Administrativo del Estado de México

4. Recibo de pago de impuesto predial al corriente; en su caso.
NO
1, Simple
Articulo 5.1 fracción VI, 18.20, 18.21 inciso E y 18.23 del Código Administrativo del Estado de México

5. Croquis arquitectónico a escala y debidamente acotado, señalando el área donde se va a trabajar
NO
1, Simple
Articulo 5.1 fracción VI, 18.20, 18.21 inciso E y 18.23 del Código Administrativo del Estado de México

6. Identificación oficial y carta poder en caso de no ser el propietario
NO
1, Simple
Articulo 5.1 fracción VI, 18.20, 18.21 inciso E y 18.23 del Código Administrativo del Estado de México

El interesado acude a la Dirección de Desarrollo Urbano a solicitar información para una licencia de construcción para barda perimetral. El personal del área le indica los requisitos y el proceso a seguir además del monto a pagar.
El personal verifica que la documentación sea la correcta. Si el solicitante cumple con todos los requisitos, se formula orden de pago por concepto de licencia de construcción para barda perimetral, para lo cual se le indica al solicitante que el pago se tendrá que efectuar en la Tesorería Municipal.
Una vez realizado el pago correspondiente se integra copia de la factura emitida por la Tesorería Municipal se crea un expediente mismo que queda en resguardo del área. Se le indica al solicitante que previa visita de verificación regrese en un plazo de tres días posteriores al pago, para que se haga entrega de la licencia de construcción para barda perimetral.
Se elabora la Licencia de construcción para barda perimetral y se le entrega al solicitante, firma acuse de recibido.
Dependencia u organismo:
Municipio Otumba
Dirección general:
Dirección de Desarrollo Urbano
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Desarrollo Urbano de Otumba
Titular de la unidad administrativa responsable:
ING DAVID LOZADA CORONEL
Cargo del titular:
Director de Desarrollo Urbano
Domicilio:
Plaza de la Constitución No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Centro, C.P. 55900, Otumba, México
Contacto:
Telefono1: ( 592 ) 92 2 23 44 Ext: 109
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: desarrollourbano.2022.2024@gmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Licencia de construcción para barda perimetral.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿Se tiene que avisar para colocar una barda dentro de mi propiedad?
Si, con la finalidad de establecer si existe alguna restricción.
2. ¿Puedes sacar una prórroga para este tipo de construcciones?
Si
3. ¿Es factible la construcción de una barda y posterior a ello colocar una techumbre?
No, ya que la barda es para delimitar y proteger su propiedad y al techar cambia su estatus y tendría que obtener otro tipo de licencia.
Fundamento legal:
Artículo 115 fracción V, inciso d) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Artículos 78 y 43 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México;
Artículos 1.1 Fracción IV, 1.7, 18.20 y 18.21 Fracción V del Código Administrativo del Estado de México;
Artículo 144, Fracción II, inciso D), del Código Financiero del Estado de México y Municipios;
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Se expedirá licencia de construcción para barda perimetral siempre y cuando se hayan cubierto todos los requisitos.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el titular pretende construir una barda que delimite un predio.
Trámites o servicios relacionados:
Última actualización:
21/05/2024 12:28 pm



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