Gobierno del Estado de México
 

LICENCIA DE USO DE SUELO

DOCUMENTO QUE AUTORIZA NORMAS DE USO Y APROVECHAMIENTO DE UN PREDIO, CONFORME AL PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO.
MERCADO BICENTENARIO, CALLE JOSE SOLANO ESQUINA CON 5 DE MAYO No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. CENTRO, C.P. 52700, Capulhuac, México
Costo:
$ 896.2 pesos.
Adicional:
SE CUANTIFICARÁ DE CONFORMIDAD CON EL ART. 144 FRACCIÓN VIII DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO, VIGENTE.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2021 al 31/12/2021.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
TESORERÍA MUNICIPAL
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Capulhuac
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
CUANDO SE PRETENDA CONOCER EL USO ESPECÍFICO DEL SUELO Y LAS NORMAS DE APROVECHAMIENTO QUE ESTABLECE EL PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato de solicitud de trámite y solicitud de licencia de uso de suelo, requisitados.
SI
NO
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.

2. Documento que acredite la propiedad o posesión del predio.
SI
1, Simple
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.

3. Recibo de pago de impuesto predial del año en que se haga la solicitud.
SI
1, Simple
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.

4. Croquis de localización con medidas y ubicación en la manzana (ortofoto)
SI
1, Simple
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.

5. Identificación oficial vigente.
SI
1, Simple
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.

6. Evaluación de Impacto Estatal para cualquier uso distinto al habitacional con más de 3,000 m2 de coeficiente de utilización o predios de más de 6,000 m2 de superficie.
SI
1, Certificada
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.

7. Dictamen de Giro para uso diferente al habitacional que requieran evaluaciones técnicas de factibilidad en materias de salubridad local.
SI
1, Simple
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.

8. Documento que acredite la personalidad del solicitante.
SI
1, Simple
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato de solicitud requisitado por el representante legal.
SI
NO
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.

2. Acta constitutiva.
SI
1, Simple
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.

3. Documento que acredite la propiedad o posesión del predio.
SI
1, Simple
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.

4. Documento que acredite la personalidad del promovente.
SI
1, Simple
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.

5. Identificación oficial vigente.
SI
1, Simple
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.

6. Croquis de localización con medidas y ubicación en la manzana (ortofoto)
SI
1, Simple
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.

7. Recibo de pago de impuesto predial del año en que se haga la solicitud.
SI
1, Simple
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.

8. Evaluación de Impacto Estatal para cualquier uso distinto al habitacional con más de 3,000 m2 de coeficiente de utilización o predios de más de 6,000 m2 de superficie.
SI
1, Certificada
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.

9. Dictamen de Giro para uso diferente al habitacional que requieran evaluaciones técnicas de factibilidad en materias de salubridad local.
SI
1, Certificada
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRA

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato de solicitud requisitado por representante legal.
SI
NO
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.

2. Documento que acredite la propiedad o posesión del predio.
SI
1, Simple
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.

3. Documento que acredite la personalidad del promovente.
SI
1, Simple
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.

4. Identificación oficial vigente.
SI
1, Simple
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.

5. Croquis de localización con medidas y ubicación en la manzana (ortofoto)
SI
1, Simple
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.

6. Evaluación de Impacto Estatal para cualquier uso distinto al habitacional con más de 3,000 m2 de coeficiente de utilización o predios de más de 6,000 m2 de superficie.
SI
1, Certificada
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.

7. Dictamen de Giro para uso diferente al habitacional que requieran evaluaciones técnicas de factibilidad en materias de salubridad local.
SI
1, Certificada
ART. 5.56, 5. DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART. 8 FRACCIÓN I Y II, 9, 10 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.

1._ PRESENTAR EN LA OFICINA DE DESARROLLO URBANO LOS REQUISITOS SOLICITADOS PARA TRAMITAR LA LICENCIA DE USO DE SUELO.
2._ LLENAR EL FORMATO UNICO DE SOLICITUD Y DE LICENCIA DE USO DE SUELO PARA INGRESAR SU TRAMITE A LA OFICINA.
3._3 DIAS HABILES PARA LA REVISION DEL EXPEDIENTE INTEGRADO Y EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS.
4._ EL USUARIO ENTREGA EL COMPROBANTE DE LA ORDEN DE PAGO Y SON 3 DIAS HABILES SIGUIENTES PARA LA ENTREGA DE LA LICENCIA.
Dependencia u organismo:
Municipio Capulhuac
Dirección general:
DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO
Unidad administrativa responsable:
DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO
Titular de la unidad administrativa responsable:
ARQ. ISMAEL YASOL FERREYRA NAVIDAD
Cargo del titular:
DIRECTOR
Domicilio:
MERCADO BICENTENARIO, CALLE JOSE SOLANO ESQUINA CON 5 DE MAYO No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. CENTRO, C.P. 52700, Capulhuac, México
Contacto:
Telefono1: ( 713 ) 1353782 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
LICENCIA DE USO DE SUELO
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿PARA QUÉ SIRVE?
PARA HACER DEL CONOCIMIENTO DEL SOLICITANTE, QUÉ USOS LE CORRESPONDE AL PREDIO DEL QUE SE SOLICITE LA LICENCIA, CONFORME AL PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO.
2. ¿PUEDO SOLICITAR UNA PRÓRROGA DE LA LICENCIA DE USO DE SUELO?
SÍ, PUEDO SOLICITARSE POR UNA SOLA VEZ POR UN PERIODO IGUAL AL DE LA LICENCIA ORIGINALMENTE OTORGADA.
3. ¿LA LICENCIA DE USO DE SUELO ES UNA AUTORIZACIÓN PARA CONSTRUIR?
NO, LA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN ES UN TRÁMITE INDEPENDIENTE.
Fundamento legal:
ARTÍCULO 8, 115 FRACCIÓN II, III INCISCO I, V INCISO D, E, F, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, VIGENTE.
ARTÍCULOS 122, 123, 137, 138 DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, VIGENTE.
ARTÍCULOS 2, 3, 12, 87 FRACCIÓN V, 96 SEXIES DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO, VIGENTE.
ARTÍCULOS 1.1 FRACCIÓN IV, 5.1, 5.5, 5.7, 5.10 FRACCIÓN VI, VII, VIII, IX, XIX, XXIII, XXIV, 5.55, 5.56, DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO, VIGENTE.
ARTÍCULOS 16, 1, 143 FRACCIÓN V, 144 FRACCIÓN VIII DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO, VIGENTE.
ART. 75 y 76 DEL BANDO MUNICIPAL, VIGENTE.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
-EL SOLICITANTE DEBERÁ ACREDITAR LOS DERECHOS SOBRE EL PREDIO.
-EL DOCUMENTO EXHIBIDO PARA ACREDITAR PROPIEDAD O POSESIÓN NO DEBERÁ PRESUMIR NINGÚN VICIO O CAUSA DE NULIDAD DEL MISMO.
-LAS DIMENSIONES DEL PREDIO DEBERÁN CORRESPONDER EN TODOS LOS DOCUMENTOS EXHIBIDOS.
-SE OTORGARÁ DE CONFORMIDAD AL PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
CUANDO SE PRETENDA CONOCER EL USO ESPECÍFICO DEL SUELO Y LAS NORMAS DE APROVECHAMIENTO QUE ESTABLECE EL PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO.
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Última actualización:
06/08/2021 12:08 pm



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