Gobierno del Estado de México
 

Denuncia Ciudadana o Sugerencia.

Consistente en la recepción de una denuncia en contra de algún Servidor Público de S.A.P.A.S.A. derivado de la acción u omisión de sus funciones o atribuciones, por la posible comisión de una falta administrativa.
Avenida Océano Pacífico No. Ext. 80 No. Int. , Col. Lomas Lindas, C.P. 52947, Atizapán de Zaragoza, México
Telefono1: ( 55 ) 10-83-67-00
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
45 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Por actos u omisiones de un Servidor Público del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, que presuman la comisión de una falta administrativa.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presencial: Presentarse en la oficina de la Unidad Especializada de Investigación dependiente de la Contraloría Interna, ubicada en Av. Océano Pacifico N°80, Lomas Lindas Atizapán de Zaragoza, deberá presentar dato, indicio y evidencias que permitan advertir la presunta comisión de una falta administrativa y/o Presentar escrito en formato libre, o en su caso el formato otorgado por el Organismo, señalando nombre, domicilio y teléfono, anexando evidencias e ingresarlo a través de la Unidad de Oficialía de partes.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículos 8 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.
Artículo 97 párrafo primero de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

2. Presentar identificación oficial, pudiendo ser: Credencial INE, Pasaporte o Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículos 8 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.
Artículo 97 párrafo primero de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

3. Vía telefónica
1. Realizar la denuncia vía telefónica al número 55 10 83 67 00 ext. 188
2. Realizar una descripción breve de los hechos.
3. Posteriormente acudir a ratificar la denuncia presentada telefónicamente en la oficina de la Unidad Especializada de Investigación dependiente de la Contraloría Interna.
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículos 8 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.
Artículo 97 párrafo primero de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presencial: Presentarse en la oficina de la Unidad Especializada de Investigación dependiente de la Contraloría Interna, ubicada en Av. Océano Pacifico N°80, Lomas Lindas Atizapán de Zaragoza, deberá presentar dato, indicio y evidencias que permitan advertir la presunta comisión de una falta administrativa y/o Presentar escrito en formato libre, o en su caso el formato otorgado por el Organismo, señalando nombre, domicilio y teléfono, anexando evidencias e ingresarlo a través de la Unidad de Oficialía de partes.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículos 8 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.
Artículo 97 párrafo primero de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

2. Presentar identificación oficial, pudiendo ser: Credencial INE, Pasaporte o Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículos 8 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.
Artículo 97 párrafo primero de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

3. Vía telefónica
1. Realizar la denuncia vía telefónica al número 55 10 83 67 00 ext. 188
2. Realizar una descripción breve de los hechos.
3. Posteriormente acudir a ratificar la denuncia presentada telefónicamente en la oficina de la Unidad Especializada de Investigación dependiente de la Contraloría Interna.
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículos 8 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.
Artículo 97 párrafo primero de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presencial: Presentarse en la oficina de la Unidad Especializada de Investigación dependiente de la Contraloría Interna, ubicada en Av. Océano Pacifico N°80, Lomas Lindas Atizapán de Zaragoza, deberá presentar dato, indicio y evidencias que permitan advertir la presunta comisión de una falta administrativa y/o Presentar escrito en formato libre, o en su caso el formato otorgado por el Organismo, señalando nombre, domicilio y teléfono, anexando evidencias e ingresarlo a través de la Unidad de Oficialía de partes.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículos 8 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.
Artículo 97 párrafo primero de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

2. Presentar identificación oficial, pudiendo ser: Credencial INE, Pasaporte o Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículos 8 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.
Artículo 97 párrafo primero de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

3. Vía telefónica
1. Realizar la denuncia vía telefónica al número 55 10 83 67 00 ext. 188
2. Realizar una descripción breve de los hechos.
3. Posteriormente acudir a ratificar la denuncia presentada telefónicamente en la oficina de la Unidad Especializada de Investigación dependiente de la Contraloría Interna.
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículos 8 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.
Artículo 97 párrafo primero de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

1.- El ciudadano o solicitante presenta la denuncia en la vía que más prefiera.
2.- En su caso, ratifica la denuncia presentada ante la Unidad de Investigación del Organismo.
3.- El ciudadano recibe copia simple de su denuncia.
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. Jaime Alejandro Vences Mejia
Cargo del titular:
Director del Organismo Público Descentralizado S.A.P.A.S.A.
Domicilio:
Avenida Océano Pacífico No. Ext. 80 No. Int. , Col. Lomas Lindas, C.P. 52947, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 10-83-67-00 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Copia simple de la denuncia
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
12 hora(s)
Duración del trámite o servicio:
45 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
12 hora(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Qué actos puede denunciar?
Acción u omisión de Servidores Públicos del Organismo.
2. ¿Qué información debe contener mi denuncia?
Señalar día, hora, lugar, descripción de los hechos y presentar elementos de prueba.
3. ¿Qué elementos de prueba puedo aportar a la denuncia?
Fotografías, videos, grabaciones telefónicas o documentos que acrediten la presunta responsabilidad del servidor público.
Fundamento legal:
Artículo 14, 16 párrafo primero, 109 fracción III, así como el artículo 113 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.
Artículos 90, 91, 92, 93, 94, 95 y 96 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas,
Artículos 1, 2, 3 fracción I, 42, 43, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 103 y 104 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios;
1,2, 7, 37, 106, 113, 114 Y 124 Código de Procedimiento Administrativos del Estado de México.
Artículos 54 fracciones I, II, III y IV del Reglamento Orgánico Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Atizapán de Zaragoza, México, conocido por las siglas S.A.P.A.S.A.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Si es sugerencia se concluye en el momento.
Si es denuncia, en caso que exista elementos suficientes se inicia la investigación.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Por actos u omisiones de un Servidor Público del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, que presuman la comisión de una falta administrativa.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
25/05/2023 02:21 pm



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