Gobierno del Estado de México
 

Inscripción al Catálogo de Contratistas y Prestadores de Servicios de S.A.P.A.S.A.

Consiste en la solicitud de inscripción del Catálogo de Contratistas y Prestadores de Servicios, para con ello ser considerados en los procedimientos de cotización y/o adquisición de bienes y/o arrendamientos y/o prestación de servicios de SAPASA.
Avenida Océano Pacífico No. Ext. 80 No. Int. , Col. Lomas Lindas, C.P. 52947, Atizapán de Zaragoza, México
 

Costo

COSTO
$861.00
COSTO
$861.00
COSTO
$431.00
COSTO
$431.00
COSTO
$431.00
Adicional:
Gaceta de Gobierno del Estado de México Tomo: CCXV No. 37 de Fecha 27/02/2023.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 27/02/2023 al 31/12/2023.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
40 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el interesado quiera ser considerado en los procedimientos de cotización, adquisición de bienes, arrendamientos o prestación de servicios de S.A.P.A.S.A. (La inscripción no garantiza la asignación de un contrato).

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud dirigida al titular de la Subdirección de Administración y Finanzas, solicitando alta en el padrón, en hoja membretada de la empresa y/o persona física, en el que especifique su ramo o giro, relacionando la documentación que anexa, manifestando bajo protesta de decir verdad que la misma es copia fiel de los originales, quedando a disposición del área para cotejo
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

2. Escrito donde manifieste el domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones, acreditado con su inscripción ante la Secretaria de Hacienda. en el caso de que el domicilio del solicitante se ubique fuera del estado, el señalamiento de un domicilio en la entidad mismo que servirá para practicar las notificaciones aún las de carácter personal, las que surtirán todos sus efectos legales mientras no señale otro distinto. incluir dirección electrónica, números de teléfono fijo y móvil
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

3. Copia Simple de Registro Patronal ante el IMSS.
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

4. Cédula de Identificación Fiscal actualizada
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

5. Acta de Nacimiento y CURP.
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

6. Manifestación escrita de no encontrarse en los supuestos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

7. Manifestación escrita de no encontrarse en los supuestos del artículo 12.48 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México.
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

8. Identificación Oficial pudiendo ser: Credencial INE, Pasaporte o Cédula Profesional
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

9. Copia certificada de los estados financieros (auditados en su caso) balance general y estado de resultados al cierre del ejercicio inmediato anterior, en papel membretado del contador público que los suscribe, incluyendo leyenda "bajo protesta de decir verdad manifiesto que las cifras contenidas en este estado financiero son veraces y contienen toda la información referente a la situación financiera y/o los resultados y afirmo que somos legalmente responsables de la autenticidad y veracidad de las mismas, asumiendo todo tipo de responsabilidad derivada de cualquier declaración en falso sobre las mismas"; anexando copia legible de la cedula profesional del contador público y copia de la constancia de inscripción en el registro de contadores públicos ante LA S.H.C.P
SI
1, Certificada
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

10. Copia Legible de la Declaración Fiscal Anual del ejercicio inmediato anterior, con acuse de recibo emitido por el SAT con cadena original y sello digital.
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

11. Datos interbancarios consistentes en: Clave Interbancaria, número de cuenta, Nombre del beneficiario, Teléfono, Correo Electrónico, Razón
Social, RFC, Banco Destino y número de Sucursal
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

12. Dos fotografías recientes tamaño infantil a Color del solicitante
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

13. Relación y documentación de la maquinaria y equipo disponible y las condiciones en que se encuentran, indicando si son propios o arrendados. relación de equipo de cómputo y programas de planeación y control de obra
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

14. Relación de personal permanente, copia de cédula profesional de c/u, indicando formación profesional y experiencia. tratándose de prestadores de servicios profesionales, las mitologías o tecnologías que aplican y, en su caso, las franquicias o las patentes sobre las que tienen derechos.
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

15. Curriculum Vitae y especialidades con que cuenta, anexando la documentación que demuestre su experiencia y especialidades y la relación de maquinaria y equipo con que cuenta.-incluir tres contratos con su fianza y acta de entrega
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

16. Cédula de registro del padrón de contratistas del gobierno del estado (SAOPID).
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

17. Constancia de registro en la cámara de la industria que le corresponda
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

18. Registro único de proveedores y contratistas (RUPC) del sistema COMPRANET (requisito indispensable para la contratación de obra pública con recursos federales)
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

19. EN CASO DE TRAMITAR UN TERCERO:
Además de lo solicitado en los puntos anteriores
Poder notarial suficiente de su representante legal.
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

20. Documento de identificación del representante pudiendo ser Credencial INE, Pasaporte vigente o Cédula Profesional
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud dirigida al titular de la Subdirección de Administración y Finanzas, solicitando alta en el padrón, en hoja membretada de la empresa y/o persona física, en el que especifique su ramo o giro, relacionando la documentación que anexa, manifestando bajo protesta de decir verdad que la misma es copia fiel de los originales, quedando a disposición del área para cotejo.
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

2. Escrito donde manifieste el domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones, acreditado con su inscripción ante la Secretaria de Hacienda. en el caso de que el domicilio del solicitante se ubique fuera del estado, el señalamiento de un domicilio en la entidad mismo que servirá para practicar las notificaciones aún las de carácter personal, las que surtirán todos sus efectos legales mientras no señale otro distinto. incluir dirección electrónica, números de teléfono fijo y móvil
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

3. Copia Simple de Registro Patronal ante el IMSS.
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

4. Cédula de Identificación Fiscal actualizada
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.

Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

5. Copia legible del acta constitutiva, y, en su caso, las actas de las reformas efectuadas; nombre del representante legal, acreditado con poder notarial debidamente protocolizado, mediante el cual la persona moral manifieste que su representante cuenta con facultades para celebrar contratos y actos de dominio suficientes para comprometer a su representada. anexando boleta de inscripción en el registro público.
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

6. Copia legible de actas de asamblea extraordinarias debidamente protocolizadas (en su caso) por modificación de capital, cambio de socios, cambio de objeto social, de domicilio fiscal, de poderes notariales
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

7. Manifestación escrita de no encontrarse en los supuestos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

8. Manifestación escrita de no encontrarse en los supuestos del artículo 12.48 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México.
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

9. Identificación Oficial del representante legal pudiendo ser: Credencial INE, Pasaporte o Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

10. Copia certificada de los estados financieros (auditados en su caso) balance general y estado de resultados al cierre del ejercicio inmediato anterior, en papel membretado del contador público que los suscribe, incluyendo leyenda "bajo protesta de decir verdad manifiesto que las cifras contenidas en este estado financiero son veraces y contienen toda la información referente a la situación financiera y/o los resultados y afirmo que somos legalmente responsables de la autenticidad y veracidad de las mismas, asumiendo todo tipo de responsabilidad derivada de cualquier declaración en falso sobre las mismas"; anexando copia legible de la cedula profesional del contador público y copia de la constancia de inscripción en el registro de contadores públicos ante LA S.H.C.P.
SI
1, Certificada
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

11. En caso de empresas de nueva creación original de los estados financieros parciales (balance general y estado de resultados del ejercicio actual, con cédula profesional del contador público, con leyenda y firmado por el representante y el contador.
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

12. Copia Legible de la Declaración Fiscal Anual del ejercicio inmediato anterior, con acuse de recibo emitido por el SAT con cadena original y sello digital.
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

13. Datos interbancarios consistentes en: Clave Interbancaria, número de cuenta, Nombre del beneficiario, Teléfono, Correo Electrónico, Razón
Social, RFC, Banco Destino y número de Sucursal.
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

14. Dos fotografías recientes tamaño infantil a Color del representante legal.
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

15. Relación y documentación de la maquinaria y equipo disponible y las condiciones en que se encuentran, indicando si son propios o arrendados. relación de equipo de cómputo y programas de planeación y control de obra.
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

16. Relación de personal permanente, copia de cédula profesional de c/u, indicando formación profesional y experiencia. tratándose de prestadores de servicios profesionales, las mitologías o tecnologías que aplican y, en su caso, las franquicias o las patentes sobre las que tienen derechos.
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

17. Curriculum Vitae de la empresa y especialidades con que cuenta, anexando la documentación que demuestre su experiencia y especialidades y la relación de maquinaria y equipo con que cuenta.-incluir tres contratos con su fianza y acta de entrega.
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

18. Cédula de registro del padrón de contratistas del gobierno del estado (SAOPID).
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

19. Constancia de registro en la cámara de la industria que le corresponda
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

20. Registro único de proveedores y contratistas (RUPC) del sistema COMPRANET (requisito indispensable para la contratación de obra pública con recursos federales)
SI
1, Simple
Artículos 71, 72 y 73 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y Municipios.
Artículo 116 del Código Administrativo del Estado de México

1.- El solicitante presentará ante el Departamento de Adquisiciones la documentación que solicitada.
2.- Personal del área de Adquisiciones, realizará la revisión y cotejo de la documentación presentada.
3.- En caso de no existir inconveniente, se turnará al solicitante al área de cajas para realizar el pago del trámite.
4.- Realizado el pago, el solicitante regresará al Departamento de Adquisiciones a fin de que se integre su expediente, y se elabore la Cédula respectiva, para su firma.
5.- El departamento de Adquisiciones, notificará al solicitante cuando haya firmado el Subdirector de Administración y Finanzas, la cédula respectiva para que pase a recogerla.
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. Jaime Alejandro Vences Mejia
Cargo del titular:
Director del Organismo Público Descentralizado S.A.P.A.S.A.
Domicilio:
Avenida Océano Pacífico No. Ext. 80 No. Int. , Col. Lomas Lindas, C.P. 52947, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 10-83-67-00 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Cédula de inscripción en el Catálogo de Contratistas y Prestadores de Servicios de S.A.P.A.S.A.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
Duración del trámite o servicio:
40 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿En caso de la ampliación de la actividad comercial, debo actualizar mi cédula de contratista?
No, solo cuando se realice el trámite de renovación de cédula.
2. Debo estar inscrito para participar en eventos de Licitación Pública, Invitación Restringida o Adjudicación Directa.
En cuanto a los casos de Invitación Restringida y Adjudicación Directa se da prioridad a los Proveedores y prestadores de servicios que cuenten con registro vigente, en el caso de Licitación Pública se convoca al público en general sin conceder prioridad alguna.
3. ¿En caso de extravió de mi Cédula, puedo solicitar una reposición?
Es posible expedir una reposición en caso de extravió o deterioro, la cual no tiene costo, debe ser solicitada por escrito dirigida al titular de la Coordinación de Adquisiciones y Licitaciones de S.A.P.A.S.A.; por la persona que cuente con la facultades para ello.
Fundamento legal:
Artículos 20, 21 de Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios y su Reglamento.
Artículos 2 fracción III. 19, 20, 21, 22, 23, 29 y 32 del Reglamento de Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios.
Artículos 71, 72 y 73 del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 77 fracciones I y II del Reglamento Orgánico Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Atizapán de Zaragoza, México, conocido como S.A.P.A.S.A.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Será procedente la inscripción en el Padrón de Contratista y Prestadores de Servicios de S.A.P.A.S.A. una vez cumplidos la totalidad de los requisitos.
No se concederá Cédula de inscripción en el Catálogo Contratistas y Prestadores de Servicios de S.A.P.A.S.A., si no se cumplen la totalidad de requisitos.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el interesado quiera ser considerado en los procedimientos de cotización, adquisición de bienes, arrendamientos o prestación de servicios de S.A.P.A.S.A. (La inscripción no garantiza la asignación de un contrato).
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
25/05/2023 02:25 pm



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