Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato de trámite debidamente llenada y pasar por Vo. Bo. Al Área de Plantas de tratamiento.
SI
NO
Artículos 1, 21, 48 fracción , 47 fracciones XV, XVI y XVII, 49 fracción XI, XII y XIII del Reglamento interno de OPERAGUA Izcalli O.P.D.M.
2. Análisis fisicoquímicos y cadena de custodia, originales del agua residual bajo la Norma NOM-002-SEMARNAT-1996.con vigencia a un año; el laboratorio responsable del análisis debe estar acreditado ante la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA). NOM-002-SEMARNAT-1996 Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano o municipal. DOF: 03/06/1998.
SI
NO
NOM-002-SEMARNAT-1996 Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano o municipal. DOF: 03/06/1998.
3. Copia de licencia de funcionamiento vigente o acuse de ingreso del año corriente.
NO
1, Simple
Artículo 117 fracción VII y VIII del Reglamento de la Ley del Agua para Estado de México y Municipios.
4. Copia de recibo del pago del agua al corriente
NO
1, Simple
Artículo 117 fracción VII y VIII del Reglamento de la Ley del Agua para Estado de México y Municipios.
5. Copia de identificación oficial vigente del dueño.
NO
1, Simple
Artículo 2.5 Bis fracción II del Código Civil del Estado de México.
6. Copia de la cédula de hacienda del Registro Federal de Causantes (RFC).
NO
1, Simple
Artículo 7.764 del Código Civil del Estado de México
7. Croquis de la ubicación de la industria o comercio dentro del Municipio
SI
NO
Artículos 1, 21, 22, 47 fracciones XV, XVI del Reglamento interno de OPERAGUA Izcalli O.P.D.M.
8. Carta poder especifica al trámite.
SI
NO
Art. 7.764 del Código Civil del Estado de México.
9. Escrito libre de petición de alta o renovación del registro de descargas de aguas residuales no domésticas.
SI
NO
Art. 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Art.118, 119 y 135 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.