Gobierno del Estado de México
 

Registro de Reconocimiento.

Es el asentamiento del acto jurídico en virtud del cual, el que reconoce asume a favor del reconocido todos los derechos y obligaciones que se derivan de la filiación.
Av. 1 de Mayo No. Ext. 100 No. Int. , Col. Centro Urbano, C.P. 54700, Cuautitlán Izcalli, México
Costo:
$ 357 pesos.
Adicional:
Por asentamiento de actas de reconocimiento de hijos, son $357.00.
Artículo 142 fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2022 al 31/01/2023.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
En la caja de Tesorería Municipal que se encuentra en las Oficialías del Registro Civil dentro del horario de las 8:30 a 15:00 horas.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Cuautitlán Izcalli
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
40 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se quieren reconocer de un individuo como hijo o hija.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Impresión reciente de la Clave Única de Registro
de Población (CURP) del solicitante.
NO
1, Simple
Numeral QUINTO del Instructivo Normativo
para la Asignación de la Clave Única de
Registro de Población.

2. Solicitud de Registro, que otorga el Registro Civil,
la cual contendrá firma(s) y huella(s) de quien(es)
comparece(n).
SI
NO
Artículo 74 fracción I del Reglamento Interior del
Registro Civil del Estado de México.

3. Presencia del reconocedor, de el/la reconocido/a y
de quien otorga el consentimiento en los casos que
establece el Código Civil.
Artículo 74 fracción II del Reglamento Interior
del Registro Civil del Estado de México.

4. Identificación oficial vigente del reconocedor y de
quien deba otorgar el consentimiento.
SI
1, Simple
Artículos 3 fracción X y 74 fracción IV del
Reglamento Interior del Registro Civil del Estado
de México.

5. Copia certificada del acta de nacimiento de quien
va a reconocer y de quien va a ser reconocido/a.
SI
NO
Artículo 74 fracción III del Reglamento Interior
del Registro Civil del Estado de México.

6. Copia certificada de la sentencia judicial, del
testamento o de la escritura pública que declare el
reconocimiento, en caso de haberse llevado a cabo
el reconocimiento por cualquiera de estos medios.
SI
NO
Artículo 75 fracción II del Reglamento Interior
del Registro Civil del Estado de México.

7. En caso de que el reconocedor no cumple con la
edad exigida por el Código Civil para contraer
matrimonio se podrá realizar siempre y cuando esté
presente el consentimiento por parte de su madre,
padre o de ambos o de la persona quien ejerza la
patria potestad.
Artículo 75 fracción I del Reglamento Interior del
Registro Civil del Estado de México.

Presentarse en las oficinas del Registro Civil en Cuautitlán Izcalli.
Requerir la solicitud de registro y llenarla.
Se presenta la solicitud y los requisitos solicitados, en las oficinas del Registro Civil.
Se realiza la captura de los datos en la acta de reconocimiento y se imprime un previo de esta.
El solicitante revisa la impresión previa del acta de reconocimiento.
Estando correcta el acta de reconocimiento, se realiza la impresión de la misma en los formatos oficiales.
Se recaban las firmas del solicitante y del Oficial del Registro Civil.
Se entrega el acta al solicitante.
Dependencia u organismo:
Municipio Cuautitlán Izcalli
Dirección general:
Secretaría del Ayuntamiento
Unidad administrativa responsable:
Secretaría del Ayuntamiento
Titular de la unidad administrativa responsable:
Mtro. Miguel Ángel Gutiérrez Pilloni
Cargo del titular:
Secretario del Ayuntamiento
Domicilio:
Av. 1 de Mayo No. Ext. 100 No. Int. , Col. Centro Urbano, C.P. 54700, Cuautitlán Izcalli, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 58642526 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: secretaria.ayuntamiento@cizcalli.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Otras oficinas que prestan el servicio:
Oficina:
Registro Civil 02
Domicilio Bosques Americanos. "Centro Comunitario DIF" No. Ext. 35 No. Int. s/n, Col. Bosques del Alba,
C.P. 54700, Municipio Cuautitlán Izcalli, México
Municipios que atiende: Cuautitlán Izcalli
Titular de la oficina:
C. María Teresa Alvarado Nava
Cargo del titular:
Oficial del Registro Civil
Teléfonos:
5558932400 Ext N/A
Fax:
N/A
Correo electrónico:
registro.civil2@cizcalli.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 15:00 horas de Lunes a Viernes
Oficina:
Registro Civil 04
Domicilio Av. De la Unión No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Fraccionamiento Paseos de Izcalli,
C.P. 54740, Municipio Cuautitlán Izcalli, México
Municipios que atiende: Cuautitlán Izcalli
Titular de la oficina:
C. Roberto Liévano Albores.
Cargo del titular:
Oficial del Registro Civil
Teléfonos:
5558897444 Ext N/A
Fax:
N/A
Correo electrónico:
registro.civil4@cizcalli.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 15:00 horas de Lunes a Viernes
Oficina:
Registro Civil 03
Domicilio Cofre de Perote No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Unidad Habitacional Consorcio,
C.P. 54740, Municipio Cuautitlán Izcalli, México
Municipios que atiende: Cuautitlán Izcalli
Titular de la oficina:
C. Job Rueda Maldonado.
Cargo del titular:
Oficial del Registro Civil
Teléfonos:
5526279676 Ext N/A
Fax:
N/A
Correo electrónico:
registro.civil3@cizcalli.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 15:00 horas de Lunes a Viernes
Oficina:
Registro Civil 01
Domicilio Av. 1º de Mayo esq. Acambay "Centro Administrativo" No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Centro Urbano.,
C.P. 54700, Municipio Cuautitlán Izcalli, México
Municipios que atiende: Cuautitlán Izcalli
Titular de la oficina:
C. Carlos Alberto Rodríguez Padilla.
Cargo del titular:
Oficial del Registro Civil.
Teléfonos:
5558719664 Ext N/A
Fax:
N/A
Correo electrónico:
registro.civil1@cizcalli.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 15:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Acta de Reconocimiento.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
20 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
40 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
20 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Si el reconocedor es menor de edad y no el requisito de contar con
identificación oficial vigente con fotografía, que documento puede presentar?
Una constancia de identidad, expedida por la autoridad municipal competente.
2. ¿De qué otra forma se puede llevar acabo del reconocimiento?
Mediante sentencia judicial, testamento o escritura pública que declare el
reconocimiento.
3. ¿El registro de reconocimiento, se puede realizar en cualquier Oficialía del
Registro Civil?
No, se deberá efectuar en la misma Oficialía donde se registró el nacimiento,
donde se asentara por vía de anotación la correlación del acta de nacimiento con
la de reconocimiento.
Fundamento legal:
Artículos 3.19, 3.19 Bis. al 3.22 del Código Civil del Estado de México.
Artículos 74 al 75 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Cumplir con todos y cada uno de los requisitos para realizar el trámite.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se quieren reconocer de un individuo como hijo o hija.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
25/04/2023 05:55 pm



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