Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Documento que acredita la propiedad y o posesión del inmueble
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios; Artículo 182, Apartado ACGC004, ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México y Artículo 122 del Bando Municipal de Otumba.
Dichos documentos se utilizan para formar el expediente que queda a resguardo de la Dirección de Catastro.
2. Identificacion oficial vigente (INE) del representante juridico.
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios; Artículo 182, Apartado ACGC004, ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México y Artículo 122 del Bando Municipal de Otumba.
Dichos documentos se utilizan para formar el expediente que queda a resguardo de la Dirección de Catastro.
3. Recibo del pago del predio impuesto predial al año fiscal corriente
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios; Artículo 182, Apartado ACGC004, ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México y Artículo 122 del Bando Municipal de Otumba.
Dichos documentos se utilizan para formar el expediente que queda a resguardo de la Dirección de Catastro.
4. Documento que acredite la personalidad del solicitante
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios; Artículo 182, Apartado ACGC004, ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México y Artículo 122 del Bando Municipal de Otumba.
Dichos documentos se utilizan para formar el expediente que queda a resguardo de la Dirección de Catastro.