Gobierno del Estado de México
 

Planos Manzaneros

Es la identificación gráfica de un inmueble en la cartografía catastral.
Plaza de la Constitución No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Centro, C.P. 55900, Otumba, México
Costo:
$ 259 pesos.
Adicional:
Fundamento Legal Artículo 166 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2023 al 31/01/2024.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Tesorería Municipal ,Otumba Estado de México.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Otumba
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Para la identificación de un inmueble dentro de una manzana a nivel catastral.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Documento que acredita la propiedad y o posesión del inmueble
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios; Artículo 182, Apartado ACGC004, ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México y Artículo 122 del Bando Municipal de Otumba.
Dichos documentos se utilizan para formar el expediente que queda a resguardo de la Dirección de Catastro.

2. Identificacion oficial vigente (INE)
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios; Artículo 182, Apartado ACGC004, ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México y Artículo 122 del Bando Municipal de Otumba.
Dichos documentos se utilizan para formar el expediente que queda a resguardo de la Dirección de Catastro.

3. Recibo del pago del predio impuesto fiscal al año fiscal corriente
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios; Artículo 182, Apartado ACGC004, ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México y Artículo 122 del Bando Municipal de Otumba.
Dichos documentos se utilizan para formar el expediente que queda a resguardo de la Dirección de Catastro.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Documento que acredita la propiedad y o posesión del inmueble
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios; Artículo 182, Apartado ACGC004, ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México y Artículo 122 del Bando Municipal de Otumba.
Dichos documentos se utilizan para formar el expediente que queda a resguardo de la Dirección de Catastro.

2. Identificacion oficial vigente (INE) del representante juridico.
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios; Artículo 182, Apartado ACGC004, ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México y Artículo 122 del Bando Municipal de Otumba.
Dichos documentos se utilizan para formar el expediente que queda a resguardo de la Dirección de Catastro.

3. Recibo del pago del predio impuesto predial al año fiscal corriente
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios; Artículo 182, Apartado ACGC004, ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México y Artículo 122 del Bando Municipal de Otumba.
Dichos documentos se utilizan para formar el expediente que queda a resguardo de la Dirección de Catastro.

4. Documento que acredite la personalidad del solicitante
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios; Artículo 182, Apartado ACGC004, ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México y Artículo 122 del Bando Municipal de Otumba.
Dichos documentos se utilizan para formar el expediente que queda a resguardo de la Dirección de Catastro.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Documento que acredita la propiedad y o posesión del inmueble
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios; Artículo 182, Apartado ACGC004, ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México y Artículo 122 del Bando Municipal de Otumba.
Dichos documentos se utilizan para formar el expediente que queda a resguardo de la Dirección de Catastro.

2. Identificación oficial vigente (INE)
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios; Artículo 182, Apartado ACGC004, ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México y Artículo 122 del Bando Municipal de Otumba.
Dichos documentos se utilizan para formar el expediente que queda a resguardo de la Dirección de Catastro.

3. Recibo del pago de predio impuesto predial al año fiscal corriente
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios; Artículo 182, Apartado ACGC004, ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México y Artículo 122 del Bando Municipal de Otumba.
Dichos documentos se utilizan para formar el expediente que queda a resguardo de la Dirección de Catastro.

4. Documento que acredite la personalidad del solicitante
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios; Artículo 182, Apartado ACGC004, ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México y Artículo 122 del Bando Municipal de Otumba.
Dichos documentos se utilizan para formar el expediente que queda a resguardo de la Dirección de Catastro.

El interesado acude a la dirección de catastro y solicita el plano Manzanero.
Se verifica que el inmueble se encuentre dibujado en la cartografia digital.
Si se encuentra en la cartografía dibujado se anexan los requisitos que el área solicita.
Si no existiera dibujado el inmueble se da fecha de salida en la agenda para que el personal técnico acuda a la ubicación del inmueble.
Una vez ubicado el inmueble se genera orden de pago para que el solicitante pase a la tesorería municipal a realizar el pago correspondiente.
Se le pide al interesado que regrese a la oficina de la Dirección de Catastro en un día hábil para recoger su plano manzanero.
Dependencia u organismo:
Municipio Otumba
Dirección general:
Dirección de Catastro
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Catastro de Otumba
Titular de la unidad administrativa responsable:
ARQ. PAOLA GALLEGOS LAZCANO
Cargo del titular:
Directora de Catastro
Domicilio:
Plaza de la Constitución No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Centro, C.P. 55900, Otumba, México
Contacto:
Telefono1: ( 592 ) 92 2 23 44 Ext: 106
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: otumba.catastro.2224@gmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Plano Manzanero.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Se puede hacer un deslinde?
No, solo se verifican las medidas.
2. ¿Qué pasa si no está ubicado el inmueble en la cartografía digital?
Se da fecha de salida, para que el personal técnico realice la visita en campo y pueda ubicar el inmueble.
3. ¿Qué datos debe de contener el plano manzanero?
Nombre del propietario, clave catastral, municipio, localidad, manzana en la que se encuentra, superficie.
Fundamento legal:
Artículo 166 Sección décima cuarta del Código Financiero del Estado de México y Municipios y;
Artículo 122 del Bando Municipal del Otumba.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Se brindará el servicio siempre y cuando el solicitante cumpla con todos los requisitos.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Para la identificación de un inmueble dentro de una manzana a nivel catastral.
Trámites o servicios relacionados:
Última actualización:
15/02/2023 02:38 pm



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