Gobierno del Estado de México
 

Permiso de Trabajos Menores de Construcción

El Permiso de Trabajos Menores de Construcción permite Construcciones de hasta veinte metros cuadrados; Bardas de hasta diez metros de largo y dos metros con veinte centímetros de altura; Impermeabilización y reparación de azoteas, sin afectar elementos estructurales; Reposición de pisos, ventanas, puertas, cortinas metálicas; Reparación de instalaciones hidráulicas, sanitarias y eléctricas; Limpieza, aplanados, pintura y revestimiento en fachadas. En estos casos deberán adoptarse las
medidas necesarias para no causar molestias en la vía pública; Construcciones provisionales para uso de oficinas, bodegas o vigilancia durante la edificación de
una obra y los servicios sanitarios correspondientes; Pozos y calas de exploración para estudios varios; Fosas sépticas y cisternas con una capacidad de hasta ocho metros cúbicos; Obras de jardinería; Apertura de vanos para la instalación de puertas y ventanas, sin afectar elementos estructurales y Obras urgentes para prevenir accidentes.
Av. la Super No. Ext. Lote 3, 7A-7B, Manzana C 44 No. Int. , Col. Centro Urbano, C.P. 54700, Cuautitlán Izcalli, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Cuautitlán Izcalli
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando la ciudadanía debe llevar a cabo un trabajo menor de construcción que no requiera la Licencia de Construcción.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Carta Poder en caso de no ser el titular
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso a) numeral 2 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

2. Documento que acredita la propiedad o posesión del inmueble (Escrituras públicas y resoluciones judiciales o administrativas inscritas en el Instituto de la Función Registral del Estado de México, que contengan los datos de su inscripción. La propiedad social se acreditará con los documentos previstos por la legislación agraria).
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso a) numeral 2 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México

3. En caso de bardas, marquesinas y portones exhibición de la Constancia de Alineamiento y Número Oficial en los casos posibles de restricciones de construcción y afectaciones a la vía pública adyacente
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso a) numeral 2 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México

4. Exposición fotográfica del lugar done se llevarán a cabo los trabajos
SI
NO
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso a) numeral 2 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México

5. Solicitud debidamente y firmada por el solicitante en su calidad de propietario o poseedor.
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso a) numeral 2 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

6. Identificación oficial del propietario o poseedor, y del representante legal, en su caso. (Credencial para votar en territorio nacional)
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso a) numeral 2 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Carta poder
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso a) numeral 2 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México

2. Documento que acredita la propiedad o posesión del inmueble (Escrituras públicas y resoluciones judiciales o administrativas inscritas en el Instituto de la Función Registral del Estado de México, que contengan los datos de su inscripción. La propiedad social se acreditará con los documentos previstos por la legislación agraria).
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso a) numeral 2 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México

3. En caso de bardas, marquesinas y portones exhibición de la Constancia de Alineamiento y Número Oficial en los casos posibles de restricciones de construcción y afectaciones a la vía pública adyacente.
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso a) numeral 2 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México

4. Exposición fotográfica del lugar done se llevarán a cabo los trabajos.
SI
NO
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso a) numeral 2 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México

5. Solicitud debidamente firmada por el solicitante en su calidad de propietario o poseedor.
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso a) numeral 2 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México

6. Identificación oficial del propietario o poseedor, y del representante legal, en su caso. (Credencial para votar en territorio nacional)
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso a) numeral 2 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Carta Poder en caso de nos ser el titular
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso a) numeral 2 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México

2. Documento que acredita la propiedad o posesión del inmueble (Escrituras públicas y resoluciones judiciales o administrativas inscritas en el Instituto de la Función Registral del Estado de México, que contengan los datos de su inscripción. La propiedad social se acreditará con los documentos previstos por la legislación agraria).
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso a) numeral 2 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México

3. En caso de bardas, marquesinas y portones exhibición de la Constancia de Alineamiento y Número Oficial en los casos posibles de restricciones de construcción y afectaciones a la vía pública adyacente.
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso a) numeral 2 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

4. Exposición fotográfica del lugar done se llevarán a cabo los trabajos
SI
NO
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso a) numeral 2 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

5. Solicitud debidamente firmada por el solicitante en su calidad de propietario o poseedor.
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso a) numeral 2 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México

6. Identificación oficial del propietario o poseedor, y del representante legal, en su caso. (Credencial para votar en territorio nacional)
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso a) numeral 2 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

El ciudadano deberá ingresar la solicitud con los anexos correspondientes en la Oficialía de Partes de la Dirección de Desarrollo Urbano.
En caso de recibir algún requerimiento el ciudadano deberá presentar lo solicitado en un plazo de 3 días.
El ciudadano deberá acudir a la Oficialía de Partes para recoger su permiso en caso de que proceda.
Dependencia u organismo:
Municipio Cuautitlán Izcalli
Dirección general:
Dirección de Desarrollo Urbano e Infraestructura
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Desarrollo Urbano e Infraestructura
Titular de la unidad administrativa responsable:
Arq. Ana Luisa Cambrón Degollado
Cargo del titular:
Titular de la Dirección de Desarrollo Urbano e Infraestructura
Domicilio:
Av. la Super No. Ext. Lote 3, 7A-7B, Manzana C 44 No. Int. , Col. Centro Urbano, C.P. 54700, Cuautitlán Izcalli, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 58642500 Ext: 3001
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: desarrollo.urbano@cizcalli.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Permiso de Trabajos menores de Construcción
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿El Permiso de Trabajos Menores de Construcción genera derecho de propiedad?
No, no genera derecho alguno de propiedad o posesión del inmueble donde se realizarán los trabajos menores que refiere el Permiso.
2. ¿El Permiso de Trabajos Menores de Construcción sustituye la Licencia de Construcción?
No, el documento ha emitir no constituye licencia, autorización o permiso de construcción de los previstos en el artículo 18.20 del Código Administrativo del Estado de México.
3. ¿Pueden hacer visitar de verificación en el domicilio involucrado?
Si, La Dirección de Desarrollo Urbano tiene la facultad de practicar visita de verificación al inmueble de referencia, en términos de lo previsto en el articulo 128 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Fundamento legal:
Artículos 1 fracciones II Y II, 7 Y 11 fracción XI de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.
Artículos 112, 113, 122 y 123, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Artículos 2, 3, 12, 31 fracción XXIV Quáter, 96 Sexies fracciones III, VI y VII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Artículos 1.1 fracción IV, 1.2, 1.4, 1.5 fracción I, 1.6, 5.2 fracción I incisos b) y e), fracción II incisos b), h) y p) y fracción III incisos a), e), y h), 5.5 I, 5.6, 5.7 y 5.10 fracciones VI, VIII y XIX, 18.1, 18.24 y 18.21 fracción III inciso a) del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 1.1 fracción IV, 1.2, 1.4, 1.5 fracción I, 1.6, 5.2 fracción I incisos b) y e), fracción II incisos b), h) y p) y fracción III incisos a), e), y h), 5.5 I, 5.6, 5.7 y 5.10 fracciones VI, VIII y XIX, 18.1, 18.24, 18.21, 18.29, 18.30, 18.31 fracción III inciso a) del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 25 fracción I y 135 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 80, 81, 82, 83, 86 último párrafo del Bando Municipal 2023, de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, 38 fracción XV del Reglamento de Organización Interna de la Administración Pública del municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, 16 fracción XII Reglamento Interno de Desarrollo Urbano del municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México.
Artículos 3, 6, 21, 22 fracción I inciso e), 24, 25, 26 fracciones III y XXVI, 37 fracción I incisos c), d) y e), II fracciones a) y b) y III, 38 fracciones VI, VII, XI, XV, XVI, XXIII, XXIV, XXVI, XLIV, XLV y LII, del Reglamento de Organización Interna de la Administración Pública del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México. (2022-2024)
Criterios de resolución del trámite o servicio:
El permiso solo se emitirá cuando sean los siguientes trabajos: Construcciones de hasta veinte metros cuadrados; Bardas de hasta diez metros de largo y dos metros con veinte centímetros de altura; Impermeabilización y reparación de azoteas, sin afectar elementos estructurales; Reposición de pisos, ventanas, puertas, cortinas metálicas; Reparación de instalaciones hidráulicas, sanitarias y eléctricas; Limpieza, aplanados, pintura y revestimiento en fachadas. En estos casos deberán adoptarse las
medidas necesarias para no causar molestias en la vía pública; Construcciones provisionales para uso de oficinas, bodegas o vigilancia durante la edificación de
una obra y los servicios sanitarios correspondientes; Pozos y calas de exploración para estudios varios; Fosas sépticas y cisternas con una capacidad de hasta ocho metros cúbicos; Obras de jardinería; Apertura de vanos para la instalación de puertas y ventanas, sin afectar elementos estructurales y Obras urgentes para prevenir accidentes o en ejecución de medidas de seguridad. Se debe dar cumplimiento de la totalidad de requisitos según formato de ventanilla; la documentación debe coincidir entre si y no debe presentar incongruencias
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando la ciudadanía debe llevar a cabo un trabajo menor de construcción que no requiera la Licencia de Construcción.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
19/05/2023 05:47 pm



Arriba