Gobierno del Estado de México
 

Constancia de Alineamiento y Número oficial.

Consiste en emitir la autorización de alineamiento de construcción y número oficial de predio, conforme a las restricciones Federales, Estatales, Municipales y Plan Municipal de Desarrollo Urbano vigente.
Av. la Super No. Ext. Lote 3, 7A-7B, Manzana C 44 No. Int. , Col. Centro Urbano, C.P. 54700, Cuautitlán Izcalli, México
 

Costo

UMAS A
8.39
UMAS B
5.67
UMAS A
10% tarifa anterior
UMAS B
10% tarifa anterior
UMAS A
2.83
UMAS B
1.89
Adicional:
Variable. Hasta 15 metros lineales cuota equivalente a 8.39 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, metro excedente o fracción el 10% de la tarifa anterior y en caso de requerir inspección de campo se pagará una cuota adicional equivalente a 25.0 UMA según el Artículo 144 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito y Tarjeta de Débito.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Cajas de la Tesorería Municipal de Cuautitlán Izcalli.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Cuautitlán Izcalli
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando los particulares propietarios o poseedores de bienes inmuebles privados deseen conocer las medidas y colindancias así como las restricciones y número oficial para un predio de su propiedad.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Identificación oficial
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso a) del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

2. Formato de solicitud debidamente requisitada y firmado por el solicitante en su calidad de propietario o poseedor.
SI
1, Simple
Artículo 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

3. Boleta de pago de Impuesto Predial vigente.
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción I inciso a) del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

4. Croquis de geolocalización vía satelital legible (Google Maps) donde se indique el predio y el número de lotes a la esquina más próxima.
SI
NO
Artículo 8 fracción I inciso a) del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

5. Documento que acredita la propiedad o posesión del inmueble o traslado de dominio
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción II y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

6. En su caso Verificación de linderos catastral (cuando no existe frente a vía púbica y/o se presenten irregularidades).
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción I inciso a) del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Identificación oficial
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso a) del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

2. Formato de solicitud debidamente requisitada y firmado por el solicitante en su calidad de propietario o poseedor.
SI
1, Simple
Artículo 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

3. Acta constitutiva de la persona jurídica colectiva, debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio o en el Instituto de la Función Registral del Estado de México.
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso b) del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

4. Boleta de pago de Impuesto Predial vigente.
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción I inciso a) del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

5. Croquis de geolocalización vía satelital legible (Google Maps) donde se indique el predio y el número de lotes a la esquina más próxima.
SI
NO
Artículo 8 fracción I inciso a) del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

6. Documento que acredita la propiedad o posesión del inmueble o traslado de dominio
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción II y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

7. En su caso Verificación de linderos catastral (cuando no existe frente a vía púbica y/o se presenten irregularidades).
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción I inciso a) del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

8. Poder notarial o carta poder.
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso b) del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Boleta de pago de Impuesto Predial vigente.
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción I inciso a) del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

2. Identificación oficial
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso a) del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

3. Formato de solicitud debidamente requisitada y firmado por el solicitante en su calidad de propietario o poseedor.
SI
1, Simple
Artículo 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

4. Acta constitutiva de la persona jurídica colectiva, debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio o en el Instituto de la Función Registral del Estado de México.
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso b) del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

5. Croquis de geolocalización vía satelital legible (Google Maps) donde se indique el predio y el número de lotes a la esquina más próxima.
SI
NO
Artículo 8 fracción I inciso a) del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

6. Documento que acredita la propiedad o posesión del inmueble o traslado de dominio.
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción II y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

7. En su caso Verificación de linderos catastral (cuando no existe frente a vía púbica y/o se presenten irregularidades).
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción I inciso a) del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

8. Poder notarial o carta poder.
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso b) del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

El ciudadano deberá ingresar la solicitud de Constancia de Alineamiento y Número Oficial a través del Área de Atención al Público, con el Formato Único de Solicitud, una vez que hayan cumplido con los requisitos determinados.
En caso de que se le haga un requerimiento, el ciudadano deberá solventarlo en un plazo no mayor a 3 días.
El ciudadano deberá acudir a las instalaciones, una vez notificada su orden de pago, realizar los trámites correspondientes y entregarla en el Área de Atención al Público.
Dependencia u organismo:
Municipio Cuautitlán Izcalli
Dirección general:
Dirección de Desarrollo Urbano e Infraestructura
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Desarrollo Urbano e Infraestructura
Titular de la unidad administrativa responsable:
Arq. Ana Luisa Cambrón Degollado
Cargo del titular:
Titular de la Dirección de Desarrollo Urbano e Infraestructura
Domicilio:
Av. la Super No. Ext. Lote 3, 7A-7B, Manzana C 44 No. Int. , Col. Centro Urbano, C.P. 54700, Cuautitlán Izcalli, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 58642500 Ext: 3001
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: desarrollo.urbano@cizcalli.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Constancia de alineamiento y número oficial y/o en su caso la Licencia de Uso de Suelo.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿Para qué sirve la Constancia de Alineamiento y Número Oficial en una obra nueva?
Al iniciarse una construcción deberá verificarse el trazo del alineamiento del predio con base en la constancia de alineamiento y número oficial, las medidas de la poligonal del terreno, así como la situación del predio en relación con los colindantes.
2. ¿Qué es la Constancia de Alineamiento y Número Oficial?
Es el documento expedido por los municipios, que tiene por objeto delimitar la colindancia de un inmueble determinado con respecto a la vía pública adyacente, así como precisar sus restricciones de construcción y el número oficial que le corresponde.
3. ¿Se puede pedir un alineamiento en casa duplex o edificio?
No se puede otorgar un alineamiento cuando la propiedad tiene colindancia con la vía pública.
Fundamento legal:
Lo anterior con fundamento en los artículos 115 fracciones II inciso a) y V inciso d) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 fracciones II y III, 7 y 11 fracción XI de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; 112, 113, 122, 123, 137 y 144 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2, 3, 12, 31 fracción IX, XXIV, 86, 87 fracción V, 96 Sexies fracciones III, VI y VII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1.1 fracción IV, 1.2, 1.4, 1.5 fracción I, 1.6, 5.2 fracción I incisos b) y e), fracción II incisos b), h) y p) y fracción III incisos a) y h), 5.5 fracción I, 1, 4, 5, 25, 26 fracción VI, 81, 82, 83, fracción II y III, 85, 86 fracciones I, del Bando Municipal 2023 de Cuautitlán Izcalli, Estado de México vigente; 1.1, fracción IV, 1.2, 1.3, 1.4, 1.5 fracción I, VII, X, XI y XII, 1.7, 1.8, 1.9, 1.10, del Libro Primero del Código Administrativo del Estado de México; 5.1, 5.2, fracción I, inciso d ), II, inciso b), g) y p), 5.6, 5.7, 5.10, fracciones VI, VII, VIII, IX, XIX y XXVI, 5.21, fracción I, 5.25, 5.35, 5.55 y 5.56 fracciones I, II, III, IV y V, del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México , artículo 4, fracción III, X, articulo 5, fracción VI, inciso a), articulo 20, fracciones I, II, III, IV, V,VI, VII, VIII IX Y X del Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, Artículos 3, 6, 21, 22 fracción I inciso e), 24, 25, 26 fracciones III y XXVI, 37 fracción I incisos c), d) y e), II fracciones a) y b) y III, 38 fracciones VI, VII, XI, XV, XVI, XXIII, XXIV, XXVI, XLIV, XLV y LII, del Reglamento de Organización Interna de la Administración Pública del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México. (2022-2024)
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Cumplimiento con los requisitos y el pago correspondiente al trámite realizado después de ingresar el expediente en la ventanilla de la Dirección General. El trámite de Constancia de Alineamiento y Número Oficial no se podrá llevar a cabo si el predio del solicitante no tiene al frente la vía pública y que las medidas y colindancias no coincidan con el predio.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando los particulares propietarios o poseedores de bienes inmuebles privados deseen conocer las medidas y colindancias así como las restricciones y número oficial para un predio de su propiedad.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
31/05/2023 01:40 pm



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