Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Ser una Escuela de nivel preescolar o primaria pública ubicada preferentemente en comunidades de alta o muy alta marginación en el territorio municipal.
NO
1, Simple
Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social EDOMEX: Nutrición Escolar publicadas en la Gaceta del Gobierno del Estado de México No. 21 del 29 de Enero de 2021
2. Presentar petición por escrito en hoja membretada de la institución educativa, dirigida al Director o Directora del Sistema Municipal DIF de Atizapán de Zaragoza, e ingresarla en la Oficialía de Partes del Sistema.
SI
1, Simple
Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social EDOMEX: Nutrición Escolar publicadas en la Gaceta del Gobierno del Estado de México del 31 de enero de 2023.
Numeral 8.1.1
3. Que las niñas, niños y adolescentes asistan a las escuelas públicas de educación básica del Estado de México ubicadas preferentemente en los municipios de alta y muy alta marginación o que formen parte de los planteles escolares que según la clasificación de la Secretaría de Educación Pública (SEP), pertenezcan a la modalidad indígena o de control del Consejo Nacional para el Fomento Educativo (CONAFE);
NO
1, Simple
Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social EDOMEX: Nutrición Escolar publicadas en la Gaceta del Gobierno del Estado de México del 31 de enero de 2023.
Numeral 8.1.1
4. Que presenten malnutrición o estén en riesgo de padecerla;
Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social EDOMEX: Nutrición Escolar publicadas en la Gaceta del Gobierno del Estado de México del 31 de enero de 2023.
Numeral 8.1.1
5. Que proporcionen la información para el llenado total de los campos del Formato de Registro de Posible Persona Beneficiaria;
Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social EDOMEX: Nutrición Escolar publicadas en la Gaceta del Gobierno del Estado de México del 31 de enero de 2023.
Numeral 8.1.1
6. Que los directivos del Plantel Escolar y las madres, padres, tutoras y tutores de las personas beneficiarias estén de acuerdo con la operación del programa;
Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social EDOMEX: Nutrición Escolar publicadas en la Gaceta del Gobierno del Estado de México del 31 de enero de 2023.
Numeral 8.1.1
7. Una vez recibida la notificación de aceptación al programa, deberá entregar en los 5 días hábiles posteriores y en el lugar que determine el SMDIF, copia de los siguientes documentos que conformarán el expediente de la persona beneficiaria y quedarán bajo el resguardo del SMDIF:
▪ CURP de la persona beneficiaria.
▪ CURP de la persona que se registró como responsable de la persona beneficiario.
▪ Formato de Registro de Posible Persona Beneficiaria (que arroja la plataforma).
NO
1, Simple
Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social EDOMEX: Nutrición Escolar publicadas en la Gaceta del Gobierno del Estado de México del 31 de enero de 2023.
Numeral 8.1.1
8. No estar dentro del padrón de las personas beneficiarias de otro programa alimentario escolar o de cualquier otra dependencia gubernamental; y
SI
NO
Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social EDOMEX: Nutrición Escolar publicadas en la Gaceta del Gobierno del Estado de México del 31 de enero de 2023.
Numeral 8.1.1
9. Los demás que determine la instancia normativa.
Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social EDOMEX: Nutrición Escolar publicadas en la Gaceta del Gobierno del Estado de México del 31 de enero de 2023.
Numeral 8.1.1